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La Audiencia Nacional (AN) ha denegado el derecho de asilo a un transexual que pidió la protección del Estado español en base a esa "condición". El solicitante, de origen colombiano, realizó dicha solicitud el 24 de marzo de 2011. Se encontraba entonces en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Algeciras. La solicitud fue presentada justo después de que el Juzgado de Instrucción número 1 de Granada decretara, sólo cinco días antes (el 19 de marzo), su internamiento en el CIE para su posterior expulsión del país.
De esta forma, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional rechazó las alegaciones presentadas por el procesado contra las dos resoluciones anteriores del Ministerio del Interior -emitidas el 29 y 31 de marzo del pasado ejercicio- que coincidían en desestimar su petición de asilo en España.
La solicitud de asilo del ciudadano colombiano se basaba, según recoge el dictamen de la Audiencia Nacional, en que su "integridad física corre peligro" en su país de origen por una razón muy concreta: debido a su "condición de transexual".
Y es que, según expuso el solicitante, en su localidad natal (Barrancabermeja) "no aceptan a las personas de su condición".
Durante su adolescencia, explicaba en su solicitud, sufrió "malos tratos y humillaciones" por parte de los vecinos. La Policía hace "caso omiso" de las denuncias y de lo que ocurre. Y en su pueblo incluso llegaron a matar a un travestido.
El 29 de marzo de 2011, las pretensiones del colombiano merecieron una respuesta del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Esa institución informó de que la solicitud debía ser admitida a trámite debido a la gravedad de sus manifestaciones y también por el temor que tenía el transexual que pedía asilo a convertirse en víctima de algún grupo de "limpieza social" en su país.
Pero el Ministerio del Interior rechazó la petición de asilo. "La solicitud se ha presentado teniendo incoada una orden de expulsión del territorio nacional, lo que implica el carácter fraudulento de la misma, al querer utilizar la vía del asilo para obviar la normativa general en materia de Extranjería", estimó entonces el ministerio.
Contra ese dictamen presentó el transexual un recurso ante la Audiencia Nacional. La respuesta ha llegado ahora, cuando la Sala de lo Contencioso ha alcanzado una conclusión similar a la del Ministerio del Interior.
"Todo parece indicar que con la solicitud de asilo, promovida el 24 de marzo de 2011, el recurrente pretende evitar las consecuencias de la orden de internamiento acordada mediante auto del Juzgado de Instrucción", explican los jueces.
La resolución de la Audiencia Nacional añade que el solicitante no aportó datos personales, "ni siquiera indiciariamente", de que fue perseguido por su orientación sexual o de que haya "fundados motivos" de que vaya a serlo.
El tribunal recalca, por otra parte, que no fueron ofrecidos elementos que permitan concluir que existe una desprotección del colectivo por parte de la policía y del Estado colombiano. Y que, además, el transexual solicitó el asilo cinco días después de la orden del juzgado de Granada, a pesar de que entró en España en mayo del año 2000.
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