Condenado a 7 años de inhabilitación el alcalde de Puerto Serrano, de IU

Pedro Ruiz estaba acusado de conceder una licencia municipal para construir un edificio de viviendas pese a que el proyecto contaba con un informe negativo del Servicio de Asistencia a Municipios

Pedro Ruiz, alcalde de Puerto Serrano, que compareció como acusado en el Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez.
Pedro Ruiz, alcalde de Puerto Serrano, que compareció como acusado en el Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez.
Redacción / Cádiz

28 de julio 2012 - 05:01

El Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez ha condenado a siete años de inhabilitación al alcalde de Puerto Serrano, Pedro Ruiz Peralta, de IU, que fue acusado de conceder licencia municipal para construir un edificio de viviendas pese a que existía un informe negativo sobre ese proyecto emitido por el Servicio de Asistencia a Municipios. Ruiz argumenta que únicamente le movió el interés público a la hora de autorizar la construcción del edificio, pero eso no le ha librado de una condena. La sentencia incluye una multa de un año con una cuota diaria de ocho euros.

La resolución no es firme. Cabe recurso contra ella ante la Audiencia Provincial de Cádiz y es previsible que Pedro Ruiz lo presente en cuanto le sea comunicada la sentencia.

El asunto penal que ha sido juzgado en Jerez se remonta a 2007, cuando la Fiscalía de Cádiz decidió presentar ante el Juzgado de Guardia de Arcos una denuncia contra el alcalde de Puerto Serrano porque consideraba que existían indicios de que había cometido un delito de prevaricación urbanística al autorizar la construcción en esa localidad de un edificio de 33 viviendas.

El entonces fiscal de Medio Ambiente, Ángel Núñez, explicaba en el escrito de denuncia que en julio de 2005, Ruiz Peralta había concedido licencia para levantar el inmueble en contra de lo indicado por un informe del Servicio de Asistencia a Municipios y también pese a que el secretario accidental del Ayuntamiento le había advertido de esa circunstancia.

Los hechos que relataba el fiscal en su escrito al Juzgado se remontaban a septiembre de 2004, cuando la promotora Solabama solicitó al Ayuntamiento de Puerto Serrano una licencia para demoler las construcciones existentes en una parcela ubicada en la avenida de Cádiz y en la plaza Diamantino de esa localidad y para construir allí un edificio plurifamiliar entre medianeras para 33 viviendas.

El 14 de septiembre de ese mismo año, explicaba la Fiscalía, el Ayuntamiento de Puerto Serrano remitió al Servicio de Asistencia a Municipios (SAM) de la Diputación un ejemplar del proyecto básico que le habían presentado. Lo hizo para que el SAM emitiese el preceptivo informe técnico para el expediente de licencia de obras.

Sin esperar esos informes, relataba el fiscal, el 23 de noviembre, el alcalde de Puerto Serrano dictó una resolución que concedía una autorización provisional a Solabama para iniciar las obras "hasta la emisión de los preceptivos informes" del SAM. Pero el 13 de diciembre de 2004, el SAM emitió un informe negativo a la concesión de licencia: el proyecto, argumentaba, infringía el planeamiento vigente en varios aspectos.

El SAM emitió un nuevo informe negativo el 8 de julio de 2005, detallaba el fiscal. Pese a ello, indicaba, el 15 de julio de 2005, el alcalde de Puerto Serrano concedió licencia de obra mayor a Gesconsa. El secretario accidental del Ayuntamiento hizo constar entonces que existía un informe negativo del SAM y que, por tanto, no procedía conceder la autorización solicitada.

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