Chamizo cree que la Junta vulneró preceptos legales con el Plemca

El Defensor del Pueblo Andaluz envía una carta al consejero de Empleo en la que también "recomienda" dictar resolución expresa de las solicitudes no contestadas

Imagen de la sede del Plemca en Cádiz, clausurada ya desde hace tiempo.
Imagen de la sede del Plemca en Cádiz, clausurada ya desde hace tiempo.
F. Rufo / Cádiz

18 de julio 2008 - 05:01

Cuatro años después de su suspensión, el conocido como Plemca (Plan Especial de Empleo para Cádiz) vuelve a ser noticia. A raíz de la queja presentada por el presidente del Colegio de Graduados Sociales de la provincia, José Blas Fernández, el Defensor del Pueblo Andaluz, José Chamizo, ha recomendado a la Consejería de Empleo que resuelva todos los expedientes que se presentaron entre finales de 2003 y el 4 de agosto de 2004, día en el que se publicó en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA) la suspensión de este dispositivo.

En la carta remitida el pasado martes día 15, Chamizo dirige la recomendación a Empleo en los siguientes términos: "Que se proceda a dictar resolución expresa a las solicitudes dirigidas al Consorcio para la Promoción del Empleo en la provincia de Cádiz presentadas desde finales de 2003 hasta el 4 de agosto de 2004, por las que se reclama la concesión de ayudas para el fomento del empleo al amparo de las ayudas contempladas en el Plan Especial de Empleo en la Provincia de Cádiz, convocadas por el Consorcio".

Pero, además, el Defensor del Pueblo entiende "vulnerados" varios preceptos: el artículo 41 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea; el artículo 31 del Estatuto de Autonomía de Andalucía; y los artículos 3 y 42 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Concretamente el artículo 42 de esta última Ley señala: "La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación".

El escrito de Chamizo dirigido a Empleo manifiesta que "uno de los deberes irrenunciables de la Administración es resolver expresamente cuantas reclamaciones se presenten ante ella". Asimismo, el escrito concluye que "la legítima utilización de diversas estrategias a la hora de proceder al fomento del empleo en ningún caso puede legitimar el hecho de que la Administración, sin realizar un previo aviso de sus intenciones de modificar la línea de ayudas y sin resolver las solicitudes presentadas conforme a la normativa vigente en la fecha de su entrada en registro, proceda a denegar por vía de hecho las ayudas publicadas en un boletín oficial. Ello resulta claramente contrario a los mencionados principios de seguridad jurídica, buena administración, buena fe y confianza legítima". Desde Empleo se ha declinado realizar declaraciones ya que, según fuentes de esta Consejería, aún no disponían del escrito de Chamizo.

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