"Si hay violencia de género, debe prohibirse la custodia compartida"
maría dolores lozano. presidenta de la asociación española de abogados de familia
Letrados, jueces y fiscales de toda España participan hoy en una jornada sobre Derecho de Familia que se celebra en el Parador Hotel Atlántico
Cádiz/¿Qué ocurre si no se paga la pensión de alimentos de los hijos menores? ¿Y si se deja de mantener a los mayores de edad que ni estudian ni trabajan? ¿Qué pasa cuando un progenitor incumple el régimen de visitas? ¿Y cuando uno de ellos traslada de manera ilícita a un menor a otro país? Sobre todas estas cuestiones y muchas otras debatirán mañana en Cádiz letrados, jueces y fiscales de toda España en la Jornada de Derecho de Familia organizada por la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y el Colegio de Abogados de Cádiz que encabeza el decano Pascual Valiente Aparicio, bajo la coordinación de Elda Folgar.
"Trataremos temas de actualidad como el de la vivienda familiar, que suele ser el bien más preciado. A veces hay problemas económicos que hacen muy difícil liquidarla o que se la quede uno u otro cónyuge", explica María Dolores Lozano, presidenta de esta asociación que aglutina a 1.800 profesionales de todo el país. "También debatiremos sobre la custodia compartida o la individual, la pensión compensatoria y la alimenticia y las perspectivas jurisprudenciales", añade. Entre los participantes estarán el juez decano de Cádiz, Pablo Sánchez Martín, y el magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Algeciras, Víctor Moreno Velasco.
"Antes, el derecho de uso de la vivienda familiar siempre era para quien tenía la custodia del menor. Ya no existe ese automatismo. Con la compartida, el juez debe determinar a quién de los dos progenitores se lo otorga, si se vende a un tercero o si se establece un uso temporal como casa-nido de las que los progenitores entran y salen", explica la letrada.
Lozano entiende que el Derecho de Familia se ha ido adaptando a la evolución de la familia española, "sobre todo desde 1981, a partir de la Ley del Divorcio, adecuándose a la nueva legislación derivada de las nuevas situaciones, como las leyes de parejas estables en cada comunidad autónoma, la adopción por parte de parejas homosexuales, el matrimonio de personas del mismo sexo o la maternidad subrogada, que es un problema que preocupa muchísimo. De hecho, hoy hay en marcha varios proyectos de modificación, como la del Código Civil para introducir el uso de la vivienda familiar en caso de custodia compartida".
La maternidad subrogada es otro de los asuntos que se analizarán en el Parador Hotel Atlántico. "Es un tema muy complicado que levanta muchas divergencias entre abogados, jueces, catedráticos y asociaciones de diversa índole. Porque depende del país donde nazcan esos niños por esa técnica de reproducción asistida. Digamos que es un asunto en stand by", dice Lozano.
Las pensiones alimenticias a los llamados ni-nis serán también motivo de análisis. "Cuando hay un mayor de edad que ni estudia ni trabaja, no puede estar viviendo de la pensión de alimentos de un progenitor que no puede afrontarla. A quienes primero ha afectado la crisis económica ha sido a las familias. La pérdida del empleo y el cierre de pequeñas empresas han llevado a no poder pagar las hipotecas y a la pérdida de la vivienda. Si además el hijo mayor de edad no actúa adecuadamente para incorporarse al mundo laboral...".
Y como no, se hablará de violencia de género en el ámbito familiar y de su interacción con la custodia compartida, como en el caso de Juana Rivas. "La violencia de género es una lacra social que hay que erradicar desde la aplicación de una ley aprobada por unanimidad. Tenemos que ser muy contundentes a la hora de proteger a las víctimas, sobre todo a los niños. Debería haber una prohibición expresa de la custodia compartida. Y que el régimen de visitas que le corresponde al padre sea tutelado y supervisado por los servicios sociales o por los de los puntos de encuentro", propone.
"En el caso de Juana Rivas, son los tribunales italianos quienes tienen la competencia para determinar las medidas de guardia y custodia respecto de los niños. Y España y cualquier otro país miembro de la Unión Europea está obligada al cumplimiento de los reglamentos comunitarios que sobre la materia están en vigor. Y hay un reglamento que regula el retorno en el caso de que uno de los progenitores haya modificado unilateralmente la residencia de los niños en el país que estaba residiendo. No se puede trasladar a un niño sin el conocimiento del otro progenitor o sin autorización judicial", concluye.
Lozano asegura que "el mayor problema es que no hay una especialización de la judicatura y de la abogacía en todos sitios. No en todas las ciudades hay un Juzgado de Familia que responda rápidamente y con seguridad jurídica en estos procesos. La especialización es una garantía para el ciudadano; acudir a un abogado de familia especializado en normas procesales y de derecho internacional privado, hará que el asunto se resuelva de forma adecuada".
También te puede interesar