Fernando Faces
Perspectivas económicas: España 2025
Madrid/El Boletín Oficial del Estado publicó ayer el Real Decreto-ley aprobado el viernes por el Consejo de Ministros, que articula medidas urgentes de "protección de consumidores en materia de cláusulas suelo". La publicación de la norma implica que desde ahora están en vigor las medidas adoptadas por el Ejecutivo después de que la Justicia europea cancelara la validez de estas cláusulas hipotecarias, así como las condiciones para llevar a cabo las reclamaciones de devolución del importe pagado de más a los bancos. Esto es, desde mañana, primer día hábil, ya se podrá reclamar a las entidades la devolución del cobro indebido.
Aún así, el Real Decreto da a las entidades de crédito a poner en marcha en el plazo máximo de un mes a contar desde la entrada en vigor del decreto las medidas necesarias para dar cumplimiento a esta vía extrajudicial.
La nueva norma contempla la posibilidad de iniciar acciones judiciales pero establece también un mecanismo extrajudicial para que bancos y consumidores puedan llegar a un acuerdo sin necesidad de iniciar una reclamación en los juzgados. Además, da tres meses a los bancos para llegar a un acuerdo con el consumidor para resolver las reclamaciones. La vía judicial quedará abierta en el caso de que el cliente no quede satisfecho con la oferta de su banco.
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