Alaya sospecha que la Junta "ideó un sistema" para eludir el control de la UE

La juez cree que se concedieron ayudas directas por importe superior a 200.000 euros sin informar a la Comisión Europea · Advierte que se ha podido causar "responsabilidad" a España como Estado miembro

La juez Mercedes Alaya llega a los juzgados de Sevilla.
La juez Mercedes Alaya llega a los juzgados de Sevilla.
Jorge Muñoz / Sevilla

15 de febrero 2012 - 05:04

La juez Mercedes Alaya, que investiga las presuntas irregularidades en las ayudas públicas a los ERE, ha dado un nuevo avance en la investigación al apuntar en un nuevo auto que la Junta de Andalucía podría haber "ideado un sistema" para eludir los mecanismos de control de la Comisión Europea y, en ese caso, se podría incluso genera una "responsabilidad para España" como Estado miembro.

Esta apreciación de la magistrada ya fue anunciada en otro auto dictado el 27 de enero, en el que la instructora ordenó a la Junta que le entregara las comunicaciones realizadas a la Comisión Europea a la hora de conceder ayudas directas a empresas superiores a 200.000 euros en tres ejercicios fiscales o a 100.000 euros en el caso del sector de transportes, ya que las mismas pueden influir sobre la competencia y el comercio intracomunitario.

La representación jurídica de la Junta recurrió ese auto alegando que las denominadas "ayudas de mínimis" -las de cuantía inferior a 200.000 euros- no requieren esa comunicación previa a la comisión europea, pero aunque la magistrada afirma que "resulta más que dudosa la aplicación de este régimen de exención de notificación y autorización previa a gran parte de las ayudas otorgadas" por la Administración autonómica. La juez analiza los distintos reglamentos que regulan ese tipo de subvenciones y considera que no pueden aplicarse a las ayudas de la Junta porque les faltan dos requisitos esenciales. El primero consiste en que se "haya recibido una solicitud de ayuda del beneficiario". En segundo lugar, la juez señala que el régimen de exención de notificación previa no sería aplicable porque dicho marco normativo "no excluye sino que muy al contrario exige expresamente el deber de información de la concesión de tales ayudas a la Comisión Europea". La magistrada insiste en que las ayudas que se investigan y que fueron concedidas en virtud del acuerdo marco de 17 de julio de 2001 "se otorgaron discrecionalmente" por la Junta, sin haber recibido una solicitud de ayuda.

La instructora llega a la conclusión, en esta fase de la investigación, de que las ayudas concedidas, "no sólo podrían estar huérfanas de las más elementales normas procedimentales al encubrir verdaderas subvenciones mediante las llamadas transferencias de financiación a fin de eludir el control" de la Intervención General de la Junta, sino que además "podría haber sido un sistema ideado para eludir los mecanismos de control comunitarios". Para ello, concedió en su mayoría ayudas "por encima del umbral de mínimis" e incumplió las "condiciones de publicidad e información" para aquellas ayudas que, "superando la cuantía mínima, podrían quedar exentas del requisito de comunicación y autorización previa". Ese incumplimiento, concluye el auto, "podría general responsabilidad para España como Estado miembro".

La juez acuerda "ampliar" la petición que realizó a la Junta en su resolución de 27 de enero y, en concreto, da un plazo de diez días a la Administración andaluza para que aporte las publicaciones de las ayudas directas a empresas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) desde el año 2001. También solicita al Ministerio de Exteriores las comunicaciones que haya podido recibir de la Junta sobre las ayudas directas exentas.

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