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Andalucía es la cuarta región que más litiga con el Estado en el TC

Cataluña acapara uno de cada tres conflictos entre el Gobierno central y las comunidades autónomas

A. Martín

23 de julio 2017 - 02:35

Sevilla/Aunque la confrontación entre el Estado y la Junta se ha elevado desde que Mariano Rajoy ocupa La Moncloa, Andalucía no es precisamente la comunidad que más trabajo ha dado a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC). Desde su fundación, esta magistratura ha resuelto un total de 1.678 controversias entre la administración central y los gobiernos autonómicos. Así se recoge en último Boletín de Conflictividad entre el Estado-comunidades autónomas, que recoge las cifras acumuladas hasta el tercer trimestre del pasado año.

Un tercio de los conflictos planteados ante el Constitucional se refieren a desacuerdos entre el Gobierno central y la Generalitat de Cataluña. Concretamente, el Alto Tribunal ha recibido 566 impugnaciones relacionadas con la administración catalana, de las que 54 estaban pendientes de sentencia al cierre del barómetro. A continuación se sitúan País Vasco (283 conflictos) y Galicia (130), uno más que Andalucía (129).

La mayor parte de los controversias fueron planteadas por el Ejecutivo andaluz, que interpuso un total de 92 impugnaciones, frente a las 37 d el Estado. De ellas quedaban 17 pendientes de sentencia al cierre del boletín.

El número de recursos por resolver se ha acrecentado en los últimos seis años, fruto de la conflictividad suscitada por las medidas de ajuste emprendidas por el Gobierno central y el desafío soberanista catalán. Así, el Constitucional tenía sin resolver un total de 135 controversias hasta el 30 de septiembre del año pasado.

Desde el Alto Tribunal se han emitido numerosas quejas sobre el abuso del recurso a esta instancia para resolver diferencias políticas. Y no sólo en las relativas a las relaciones entre el Estado y las autonomías. Un ejemplo de ello fue la reciente sentencia sobre la composición de la mesa del Parlamento andaluz, en la que el TC declaró inconstitucional la exclusión de una parlamentaria del Partido Popular pero incidió en el fallo que no le correspondía "determinar cuál es la solución más adecuada" para cumplir el reglamento de la Cámara autonómica.

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