Anticorrupción pide un nuevo informe a la prisión antes de pronunciarse sobre la suspensión de la pena a Barberá
el caso de los ERE
Al igual que se planteó con el ex presidente Griñán, los fiscales quieren que los servicios médicos valores si el ex alto cargo "puede o no seguir las revisiones y el tratamiento prescrito" en prisión
La Audiencia pide informe a la Fiscalía sobre la revisión de la condena a los ex altos cargos por la reforma de la malversación
La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado a la Audiencia de Sevilla que se recabe un informe a los servicios médicos penitenciarios de la cárcel de Sevilla antes de pronunciarse sobre si debe suspenderse el ingreso en prisión del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá -que fue condenado a siete años y un día de prisión por el caso de los ERE-, debido a la enfermedad que padece.
En un escrito remitido a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, los fiscales delegados de Anticorrupción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra, han pedido, al igual que hicieron en el caso del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán que, antes de pronunciarse sobre la suspensión de la pena planteada, que se recabe un informe de los servicios médicos penitenciarios de la prisión de Sevilla para que estos profesionales valoren si "conforme a su experiencia en internos con padecimientos iguales o similares, el penado pudiera ser sujeto del régimen y tratamiento penitenciario, esto es, si puede o no seguir las revisiones y pautas del tratamiento prescrito y por tanto conllevar su enfermedad estando cumpliendo una pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario".
Los fiscales han respondido de esta forma ante la petición de la Audiencia de Sevilla que les dio traslado del informe médico forense del Instituto de Medicina Legal (IML) de Cádiz de fecha 16 de febrero de 2023 para que se pronunciaran sobre la solicitud de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad realizada por la defensa de Barberá.
El letrado de Barberá solicitó la suspensión en base al artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.
El ex viceconsejero de Empleo Agustín Baberá fue citado a principios de febrero para su reconocimiento por un médico forense, después de que la Audiencia de Sevilla decidiera suspender su ingreso en prisión mientras se tramitaba la petición de su defensa de paralizar su ingreso en prisión, debido al cáncer que padece.
Agustín Barberá, que fue condenado a siete años y un día de prisión por el caso de los ERE, y el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán son los dos únicos ex altos cargos que fueron condenados a penas privativa de libertad que no han ingresado en prisión por motivos de enfermedad. En el caso de Griñán, la médico forense aconsejó que no entre en la cárcel hasta que no "remita" su cáncer de próstata y así lo decidió el tribunal mientras recibe el tratamiento.
El 22 de diciembre de 2022, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla dio un plazo de diez días a los ex altos cargos para su ingreso voluntario en prisión, pero en el caso de Agustín Barberá la medida se suspendió. El tribunal desestimó el recurso presentado por la defensa de Barberá pero decidió suspender su ingreso en prisión hasta que se tramite la suspensión de la ejecución de la pena solicitada por su abogado en base al artículo 80.4 del Código Penal -que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables-.
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