Solo Cádiz y Jaén pasan por completo al nivel 0 de alerta frente a la Covid

Niveles alerta Covid Andalucía

El nivel de alerta de cada municipio decreta el aforo y los horarios que pueden tener las distintas actividades

En el nivel 0 de alerta Covid no hay restricciones de aforos ni de horarios de ningún tipo

Solo Cádiz y Jaén pasan por completo al nivel 0 de alerta frente a la Covid
R. D.

30 de septiembre 2021 - 17:27

Las provincias de Cádiz y Jaén son las dos única provincias de Andalucía que pasan por completo a nivel 0 de alerta sanitaria por coronavirus, mientras que el resto de provincias se alternan las zonas que bajan al conocido como nivel bajo de riesgo o se mantienen en el nivel 1 a partir de las 00:00 de este viernes 1 de octubre.

Así lo han acordado los comités territoriales de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto en las reuniones telemáticas celebradas este jueves, que han establecido las medidas vigentes por municipios durante los próximos siete días.

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, anunció, tras presidir la reunión del Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto de Andalucía, el conocido como comité de expertos, que todos los distritos sanitarios de Andalucía que estén en "riesgo bajo" o Nivel 0 podrán recuperar la normalidad, por lo que dejarán de existir en esas zonas los límites de aforos y de horarios en comercios, hostelería y actividades de todo tipo.

Nivel de alerta sanitaria por provincias en Andalucía

Niveles de alerta Covid en Sevilla

Niveles de alerta Covid en Huelva

Niveles de alerta Covid en Cádiz

Niveles de alerta Covid en Córdoba

Niveles de alerta Covid en Jaén

Niveles de alerta Covid en Málaga

Niveles de alerta Covid en Granada

Niveles de alerta Covid en Almería

Medidas y aforos en el nivel 1 de alerta

El nivel 1 de alerta por Covid en Andalucía convierte a las zonas en las que se declara en los de menor escala de riesgo de Andalucía, hasta que se consiga alcanzar la nueva normalidad.

Esta decisión conlleva una flexibilización en algunas medidas, restricciones y limitaciones de aforos que se resumen de la siguiente manera:

Se permite un máximo de 40 personas en velatorios en espacios al aire libre y de 30 en espacios cerrados, mientras que la participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 70 personas, entre familiares y allegados.

Las ceremonias civiles podrán realizarse en todo tipo de instalaciones con el aforo máximo del 75%, que permita mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros en espacios cerrados y al aire libre.

Las celebraciones podrán contar con el 75% de aforo y 250 personas (8 por mesa) en interior. 100% de aforo y 500 personas (10 por mesa) en exterior. Consumo en barra y actuaciones musicales. Baile sólo en exterior, con cierre a las 03:30.

En el interior de los salones de celebraciones se deberá respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas (hasta 8 personas), con un máximo de 250 personas en espacios cerrados. En exteriores podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas (hasta 10 personas), con un máximo de 500 personas.

Está permitido el servicio y consumo en barra, el buffet, las pequeñas actuaciones musicales y el baile en exterior con mascarilla.

Los bares y restaurantes no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local (hasta 8 personas por mesa), mientras sí podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas en terrazas al aire libre (hasta 10 personas por mesa).

Está permitido el servicio y consumo en barra, el buffet, las pequeñas actuaciones musicales y el baile en exterior con mascarilla

Para las atracciones con asientos se permite un 75% aforo; sin asientos; 2/3 de aforo si hay distancia de 1,5 metros o 1/3 si no. Las verbenas y romerías siguen estando desaconsejadas.

En los espacios culturales (cines, teatros o auditorios) se permite un máximo del 85% de aforo, mientras que en museos y sala de exposiciones se reduce al 80% para cada sala. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía.

Los espectáculos taurinos pueden reunir un 75 % de aforo y una localidad de separación. Grupos de 6 personas.

En hoteles, alojamientos turísticos, campings y zonas de pernocta de autocaravanas se establece que la ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 100% de su aforo en zonas comunes exteriores y 75% en zonas comunes interiores; las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 25 personas.

Se permite la docencia presencial, con medidas de flexibilización en FP y educación especial. 85% de aforo en academias, con hasta 25 personas por aula

En instalaciones deportivas convencionales y no convencionales, incluidos gimnasios, la orden establece en el nivel 1 un límite de aforo para la práctica físico-deportiva del 85% al aire libre, y del 75% en los espacios e instalaciones deportivas convencionales o no convencionales interiores, entre otros.

Comercios, mercadillos y transporte público pueden ocuparse al 100% de su aforo, en estos últimos el aforo se reduce al 75% para los viajeros que van de pie.

El ocio infantil puede tener ocupado el 50% de aforo en interior y 60% en exterior, con grupos de 20 niños. Recomendado mantener las burbujas de convivencia escolar. En los parques infantiles se permite una persona por cada 4 metros cuadrado y grupos de hasta 25 personas.

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