Los agricultores con multas sin pagar no tendrán ayudas del Acuerdo por Doñana
Transición Ecológica quiere evitar la amnistía fiscal a los infractores hasta que las subsanen
La Orden obliga al beneficiario al mantenimiento de la superficie destinada a la reforestación
El Gobierno habilita los primeros 28 millones para renaturalizar 400 hectáreas de Doñana
Los agricultores que tengan una sanción pendiente no podrán acceder a las ayudas de la Orden del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) para la concesión de las subvenciones contenidas en el denominado Acuerdo por Doñana firmado entre la Junta de Andalucía y el Gobierno central hace poco más de un año. Así se constata en el artículo 6 del texto consultado por este periódico. En él se cita textualmente que “las actuaciones no podrán ejecutarse en espacios sobre los que recaiga algún tipo de sanción por infracciones urbanísticas en materia de medio ambiente o en materia de dominio público hidráulico antes de la propuesta de resolución definitiva”.
La ministra Sara Aagesen en su visita al Parque Nacional de Doñana y a Sevilla donde el pasado viernes y sábado mantuvo una serie de reuniones con alcaldes, agricultores, sindicatos y con el presidente de la Junta y tres consejeros de su equipo de Gobierno, señaló que estas ayudas estarían abiertas tanto a quienes han regularizado su situación, como a aquellos que se quedaron fuera del denominado Plan de la Fresa (ahora en pleno proceso de modificación) y continuaron utilizando el agua del acuífero para regar sus parcelas.
Son a estos a quienes están destinadas unas ayudas que, en una primera convocatoria llegarán a movilizar unos 28 millones de euros. Si se tiene en cuenta que la aportación del Gobierno central eran 70.000 euros por hectárea, las beneficiadas por esta línea de subvenciones serían unas 400. Pese a que únicamente se requiere que los beneficiados “sean titulares de los derechos reales sobre los terrenos objeto de ayuda, así como aquellas personas que sean titulares de una explotación inscrita en los registros correspondientes” (artículo 2 de la Orden), la existencia de estas sanciones previas determinará su exclusión, al menos temporal, de este tipo de ayudas. Dicho de otro modo; nos agricultores con sanciones pendientes, no podrán acceder al cobro de las mismas, hasta que satisfagan en su totalidad la cuantía de las mismas.
El artículo 6 del texto publicado el pasado sábado, continúa afirmando que “la prohibición subsistirá mientras concurran las circunstancias, prohibiciones y efectos que, en su caso, determine la resolución por la que se sanciona al beneficiario”.
Sin amnistía
Se descarta así, al menos en parte (los titulares de explotaciones que riegan de manera ilegal sí pueden acogerse) la posibilidad de que la Orden se interprete como una suerte de amnistía fiscal, una de las críticas más serias al proceso de renaturalización que el Acuerdo por Doñana quiere llevar a cabo para terminar con esos terrenos irregulares. Hay que tener en cuenta que esas ayudas están encaminadas al abandono definictivo de los cultivos, no a su continuidad.
Hay que tener en cuenta que no sólo se podrán acoger a esas ayudas para abandonar los cultivos los que no tienen regularizada su situación, sino también aquellos que, por cualquier otra razón deseen abandonar la producción de las mismas. A pesar de que ya estaba acordado entre ambas administraciones, en el articulado también se destaca que “las subvenciones no podrán ser en ningún caso superiores a 100.000 euros por hectárea como máximo” y se añade que “la prima anual por hectárea se pagará durante un periodo máximo de 12 años a partir de la fecha de concesión de las ayudas”.
También se descarta de una manera expresa las actuaciones destinadas a la plantación de “árboles de cultivo corto; árboles de navidad; de crecimiento rápido para la producción de energía; especies no autóctonas de la zona de actuación e inversiones en forestación que no sean coherentes con los objetivos climáticos y medioambientales de conformidad con los principios de gestión forestal sostenible”.
La selección de especies que se vayan a plantar en las zonas afectadas, “evitarán la reforestación inadecuada de hábitats sensibles como las turberas y los humedales y efectos negativos en zonas de acto valor ecológico y zonas donde se practica una agricultura de alto valor natural”. Al mismo tiempo, la selección de esas especies tendrá en cuenta “la capacidad de adaptación al cambio climático y a los desastres naturales y el posible carácter invasivo de las especies en condiciones locales”.
El cuidado del cumplimiento de estas cláusulas recae sobre el beneficiario de las ayudas, quien “estará obligado a proteger y cuidar el bosque al menos durante el periodo para el que se pague la prima anual por hectárea”. Estas obligaciones incluyen “cuidados silvícolas, aclareos o pastoreo con el fin de garantizar el crecimiento futuro del bosque, regular la competencia con la vegetación herbácea y evitar la acumulación de maleza fácilmente inflamable”.
Todas ellas entrarán en un proceso de valoración en el que se podrá alcanzar un máximo de cien puntos, de los que la mitad serán criterios estratégicos centrados en la recuperación de la funcionalidad ecológica del entorno y la otra mitad para la calidad técnica de las actuaciones planteadas. La puntuación mínima para poder acceder a las ayudas será de 50 puntos. Serán seis los meses que dispone la administración para resolver y notificar la resolución de dichas ayudas, a partir de la publicación del extracto de dicha convocatoria”.
Segunda Orden
También se publicó la Resolución para la realización de proyectos que contribuyan a la mejora ambiental en el ámbito agropecuario y forestal y a contribuir al desarrollo territorial sostenible en el espacio natural de Doñana. A ésta, dotada con 11,5 millones de euros, pueden concurrir a las ayudas entidades pertenecientes al sector agrícola, ganadero o forestal; las no lucrativas con personalidad jurídica propia del ámbito agrícola, ganadero o forestal; así como las universidades públicas o institutos universitarios que estén inscritos en el registro de universidades, centros y títulos, entre otras.
Los productores cuyas fincas se encuentren dentro del entorno del Parque Nacional de Doñana disponen hasta el 15 de enero para presentar la documentación para solicitar la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el ámbito agrario y forestal, para contribuir al desarrollo territorial sostenible. Estará centrada en los 14 municipios afectados por el Acuerdo por Doñana se pueden presentar proyectos hasta el 12 de julio.
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