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La fiscalización de la vivienda de los altos cargos andaluces también sustituye el control previo

El Consejo de Gobierno ha incluido 18 acuerdos que cambian el procedimiento a un control financiero permanente

La Intervención considera que el nuevo modelo no supone más riesgos en la detección de las irregularidades

La Junta tiene 133 inmuebles sin usar, aunque cuenta con un plan de ventas

La sede central de la Consejería de Hacienda en Sevilla. / Juan Carlos Muñoz
R. A.

20 de octubre 2024 - 13:05

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía suma 18 acuerdos para el cambio del control previo por el control financiero permanente, dos modalidades de fiscalización del gasto que ejerce la Intervención General de la Junta de Andalucía. Esta semana se ha producido el último en este sentido. En la reunión del pasado martes, día 15, decidió incorporar dos nuevos expedientes de gasto al nuevo modelo: las subvenciones de la Consejería de Empleo para la inserción laboral y el fomento de la contratación, programa Emplea-T, y las bases reguladoras de las subvenciones para competitividad y digitalización del sector comercial y artesano.

Estos programas se añaden al medio centenar de expedientes de gastos que el 13 de febrero estableció el Consejo de Gobierno como materia que pasaría del control previo a la fiscalización permanente. Entre otros aspectos incluía la contratación de emergencia del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y el gasto en vivienda y alojamiento de los altos cargos, destaca un análisis realizado por Europa Press. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) este concepto aparece descrito como "indemnizaciones específicas por gastos de vivienda y alojamiento previstas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2000". 

En la contabilidad de la Intervención de la Junta entre las retribuciones de los altos cargos se incluye un subapartado denominado retribuciones en especie, que describe como "atender determinadas remuneraciones en especie de altos cargos, que tengan carácter individual". La Memoria Explicativa que firmaba la interventora María Antonia González del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 febrero incluía la relación de iniciativas del órgano colegiado al respecto, que entonces sumaba 11 en el período comprendido entre octubre de 2020 y diciembre de 2023, según la información consultada por la agencia Europa Press.

El primer acuerdo en ese sentido lo adoptó el 6 de octubre de 2020, según este informe, que relata que afectaba a determinados gastos y actualizó la relación de gastos, órganos y servicios sometidos a ese régimen de control. Ese acuerdo lo modificó el 4 de noviembre. El 29 de diciembre de ese 2020 estableció sustituir la fiscalización previa de las subvenciones concedidas en sanidad, de apoyo a agricultores, ganaderos y pymes agroalimentarias ante el Covid por el control financiero permanente.

A éste seguirá el acuerdo de 30 de marzo de 2021 de cambio de modalidad de control de las ayudas al sector equino y vitícola afectados por la situación generada por el coronavirus. En abril, noviembre y diciembre de 2022 habrá cuatro acuerdos del Gobierno andaluz sobre, entre otros temas, las ayudas a entidades asociativas en zonas desfavorecidas o los expedientes de gastos de determinadas subvenciones.

En 2023 se contabilizan cinco acuerdos de relevo al control financiero permanente, para asuntos como las ayudas a autónomos y el programa del Bono Social. En 2024 se cuentan los acuerdos de 13 de febrero, que incluye esa relación detallada de 50 expedientes de gasto; de 9 de julio (subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo); de 30 de julio (subvenciones a entidades privadas para atender fines sociales con cargo al 0,7% del IRPF e Impuesto sobre Sociedades); de 14 de mayo (subvenciones a Entidades Locales Autónomas y Bono Carestía) y el último de 15 de octubre.

La Intervención no aprecia que el nuevo modelo suponga más riesgos 

La interventora María Antonia González, en su memoria anexa el acuerdo de 15 de febrero para pasar a la Alhambra y el Generalife de Granada a control financiero permanente, argumentaba en ese sentido que "el control financiero tiene un alcance material más amplio que la fiscalización previa, por lo que el nuevo régimen de control no supone riesgos en la detección de posibles incumplimientos de la normativa".

El Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía describe el control financiero permanente como el ejercicio de cuatro modalidades de auditorías: de cumplimiento, financiera, operativa y de programas. La alternativa al control financiero permanente es el control previo, que se ejecuta con la fiscalización previa, informes previos de las modificaciones presupuestarias y la comprobación material del gasto.

La Ley de Hacienda andaluza describe el control financiero como "un control posterior" sobre el funcionamiento de un organismo público, en el aspecto económico-financiero, "se ajusta al ordenamiento jurídico y a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, economía y buena gestión financiera". De los cuatro procedimientos del control financiero permanente, la auditoría de cumplimiento verifica que los actos, operaciones y procedimientos de gestión han sido conforme a las normas, disposiciones y directrices de aplicación.

La auditoría financiera evalúa que "la contabilidad y las cuentas anuales, estados y demás informes de gestión expresan fielmente la situación patrimonial y el resultado de la gestión de acuerdo a normas y principios contables de aplicación". La auditoría operativa comprobará que "los procedimientos aplicados aseguran de manera razonable el cumplimiento de la normativa aplicable y la consecución de la eficacia, eficiencia y economía en la gestión de los recursos públicos".

La auditoría de programas verifica que "los sistemas y procedimientos de seguimiento de objetivos aseguran una adecuada calidad en los informes sobre consecución de objetivos, así como del cumplimiento de los objetivos asignados a los centros gestores del gasto". La Ley de Hacienda establece el control financiero permanente para las agencias de régimen especial (Servicio Andaluz de Empleo), agencias públicas empresariales (Trade o RTVA), las sociedades mercantiles del sector público andaluz (Cetursa Sierra Nevada), los consorcios y otras entidades, así como las personas beneficiarias de subvenciones, o los ingresos del Presupuesto.

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