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El Comité de Árbitros reconoce el grave error en el penalti

El juez procesa a otros seis ex altos cargos por el ERE de Surcolor

Caso de los ere

Sienta en el banquillo a 16 personas, entre ellas el ex consejero de Empleo Antonio Fernández, los ex directores generales de Trabajo, Antonio Rivas y el conseguidor Juan Lanzas.

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Jorge Muñoz

07 de octubre 2016 - 08:16

Acaba la instrucción de la tercera pieza separada de la macrocausa de los ERE. El juez de refuerzo Álvaro Martín ha dictado un nuevo auto en el que ha decidido procesar a 16 personas, entre ellas seis ex altos cargos de la Junta de Andalucía, a los que atribuye la presunta autoría de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro continuado de malversación de caudales públicos, en relación con las ayudas que por importe de 2.340.137,38 euros recibió la empresa Surcolor-Surcolor Óptica en 2006 y en las que fueron incluidas dos intrusos, uno de los cuales es concuñado del que entonces era delegado provincial de Empleo en Sevilla Antonio Rivas.

En el auto, el juez sienta en el banquillo al ex consejero de Empleo de la Junta Antonio Fernández, al que fuera ex viceconsejero Agustín Barberá, a los ex directores de Trabajo Francisco Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera, y al ex delegado de Empleo Antonio Rivas, así como al ex sindicalista y conseguidor de los ERE Juan Lanzas Fernández. Completan la lista dos representantes de Surcolor, dos directivos de la consultora Vitalia, que gestionó la póliza, un representante sindical de la empresa, un abogado, un testaferro de Lanzas, y los dos intrusos.

Por el contrario, el juez archiva la causa contra los ex directores de Finanzas de IDEA Juan Francisco Sánchez García y Antonio Diz-Lois, al considera que no hay constancia de que "supieran de las irregularidades de las ayudas al amparo de las cuales se ordenaba el mismo". El juez da un plazo de 15 días a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones particulares para que formulen su escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

El magistrado explica que en el año 2005 Surcolor y Surcolor Óptica tenían 45 trabajadores e iniciaron en marzo un ERE para la extinción de la totalidad de los puestos de trabajo por causas "económicas y cierre de la actividad", pero el ERE fue archivado al no subsanar los defectos detectados por la delegación provincial de Empleo. La empresa optó entonces por despidos individuales, que tuvieron lugar entre junio de 2006 y abril de 2007, y que afectaron a 24 trabajadores de ambas empresas y para el pago de las indemnizaciones se comprometieron a contratar una póliza de seguro.

Dice el instructor que a pesar de la "ausencia de solicitud formal de ayuda", la Junta tramitó un único expediente para ambas empresas para la concesión de una ayuda sociolaboral a favor de los trabajadores, que sería abonada en un 85% por la Junta y el 15% restante por la empresa. En el ERE se incluyó finalmente a 26 personas, entre ellas dos intrusos, dos personas que "nunca habían trabajado para la empresa y que no formaban parte del listado de personas para las que se proponía la extinción de los puestos de trabajo".

Los dos intrusos eran Juan Manuel López Espada, militante del PSOE y esposo de una concejal del PSOE en el Ayuntamiento de Camas, y José Antonio Márquez Sánchez, concuñado del delegado Antonio Rivas. Estos intrusos, "prevaliéndose de su relación personal" con Rivas, lograron que le concertaran una cita con el director de Trabajo Javier Guerrero, al cual entregaron la documentación personal para su inclusión. Una vez contratada la póliza, Surcolor dejó de atender el pago de la parte que le correspondía.

En el auto, el magistrado procesa al ex consejero de Empleo Antonio Fernández, al estimar que comprometió el abono por parte de la Junta de una prima de 2.340.137,38 euros, "conociendo que ello se llevaba a cabo pese a no existir solicitud de concesión, no haberse suscrito protocolo de colaboración con la empresa, no haberse firmado convenio de colaboración con IDEA para la materialización del pago y no haberse comprobado que los trabajadores despedidos lo hubieran sido legalmente". También subraya que Fernández autorizó la contratación de la póliza “a sabiendas” de que iban a ser incluidos dos intrusos, personas "próximas" a Antonio Rivas.

El juez reprocha a Antonio Rivas que no impusiera, "como máxima autoridad laboral obligada a velar por la legalidad, que los despidos que afectan a más de diez trabajadores de una plantilla inferior a 100, como era el caso de Surcolor, se realizase mediante el preceptivo ERE, y además "consiguió" que se concediera la ayuda a los dos intrusos, que percibieron 131.398,30 euros en el caso de Juan Manuel López Espada, y de 60.210,48 euros a su concuñado. "De esta forma, la Junta de Andalucía, además de asumir arbitrariamente a través de la activa participación de Rivas obligaciones que eran de la empresa, asumió también la cobertura de personas ajenas a esa misma empresa por el hecho de ser amparadas por Rivas”.

En cuanto a la participación de Juan Lanzas, el juez considera que se encargó de conseguir la financiación de la Junta y la intervención de Vitalia y Estudios Jurídicos Villasís, y por la "influencia" que ejerció sobre Guerrero logró que se autorizara la póliza para 26 ex trabajadores, en la que hubo un sobrecoste de 367.000 euros y una comisión del 16,9%. Lanzas, dice el juez, "tuteló" la inclusión de los dos intrusos, pues "al darse cuenta los empresarios de la existencia de los intrusos, Lanzas, de acuerdo con Estudios Jurídicos Villasís y con Antonio Rivas les informó de que se había unido a trabajadores ajenos a Surcolor y Surcolor Óptica conforme a una práctica habitual en este tipo de expedientes".

El juez considera que los dos representantes de Surcolor, Antonio Manuel Bustamante León y Manuel Rafael Castilla Bustamante, presidente y consejero delegado, respectivamente, "se beneficiaron ilícitamente de ayudas por parte de la Junta de Andalucía", para o cual contactaron con el ex sindicalista y conseguidor Juan Lanzas, "el cual se ofreció como interlocutor con la Junta para lograr financiación", mediando con el delegado de Empleo Antonio Rivas, quien “comprometió la ayuda de la Junta" que, según considera el magistrado, "no iba destinada a los trabajadores, sino a la empresa, para que ésta pudiera responder de los compromisos alcanzados" con los trabajadores en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Cemac). La empresa sólo pagó 432.000 euros –el 15,6%- del total de la póliza, que ascendió a esos 2,6 millones.

El conseguidor de los ERE Juan Lanzas recibió a cambio una comisión "por su intermediación" de 118.752,64 euros, una cantidad que recibió a través del testaferro Juan Francisco Algarín Lamela mediante la emisión de facturas falsas, "que no correspondían a ningún trabajo efectivamente realizado".

El juez estima que los hechos pueden ser constitutivos de un delito continuado de prevaricación porque entiende que se han vulnerado "de modo palmario criterios como el de servicio prioritario a los intereses generales; el sometimiento pleno a la ley y al derecho; y la absoluta objetividad en el cumplimiento de sus fines". Así, considera que en este caso se halla el "concurso de una pluralidad de autoridades y funcionarios públicos que, mediante un concierto expreso o tácito, han dictado una pluralidad de resoluciones contrarias a derecho del modo más grosero, por su abierta oposición a los procedimientos ordinarios de concesión de ayudas y subvenciones, sin que se les pueda dar una explicación mínimamente razonable, si no es la de pretender eludir dichos procedimientos", añade el juez, que precisa que esta conducta se prolongó en el tiempo entre los años 2006 y 2010.Y sobre el delito de malversación advierte que se aprecia en este caso una "pluralidad de autoridades o funcionarios que han dispuesto de fondos públicos, originalmente destinados a ayudas y subvenciones, con ausencia del procedimiento correspondiente, sin atender a los fines propios para los que estos fondos estaban destinados y con beneficio para terceros ajenos a los fines específicos de esos fondos".

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