La propuesta de Acuerdo Regulador del Ayuntamiento de Cádiz, por encima de la Ley de Presupuestos
Intervención advierte de que los límites de subidas fijados en la norma estatal se superan ampliamente en el documento que se debatirá en Pleno el próximo día 8
Esta puntualización se suman a las consideraciones lanzadas por la Secretaría a varios extremos del acuerdo entre gobierno local y sindicatos
Un apunte fundamental sobre el documento pactado entre el equipo de gobierno y los sindicatos es el que realiza la Intervención respecto a su traducción en materia económica. Recuerda este departamento que la Ley de los Presupuestos Generales del Estado (LPGE) establece que en el año 2023 “las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 2,5% respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2022”, salvo aquellas “adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo”.
Y a tenor de esto, afirma Intervención que “la aplicación de todos los complementos y de las adecuaciones retributivas previstas en el acuerdo regulador de forma generalizada a toda la plantilla excedería de los conceptos de singular y excepcional, tendría un impacto del 7,70 % de incremento respecto a 2022 (y un incremento adicional en 2024 y 2025, de 2,6 millones de euros) según los cálculos antes expresados, y superaría los límites reseñados en el artículo 19 de la LPGE establecidos en el 2,5 %, e incluso el de 1 % adicional al que podría llegarse de acuerdo con la previsión de máximos contemplada en la LPGE”.
Una contundente aseveración a la que se añade otra: “En todo caso, la aplicación de complementos y de las adecuaciones retributivas previstos en la propuesta de acuerdo regulador, sólo podrá efectuarse tras la pertinente resolución administrativa, en la que se acredite el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes, y el respeto de los límites establecidos en cada momento por la legislación básica del Estado”.
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