Archivado el caso Alumbrado
El juez considera que Germán Molina, principal implicado como director de Alumbrado Público, no cometió delito
Cádiz/El Juzgado de Instrucción número 2 de Cádiz ha archivado provisionalmente el caso Alumbrado, un procedimiento judicial que ha investigado supuestas irregularidades cometidas por el Ayuntamiento de Cádiz durante el gobierno del PP en relación a la adjudicación de contratos del alumbrado público, en concreto, los referidos al concurso público para la gestión del Servicio de Conservación y Mantenimiento de dicho suministro en 2008.
El juez Miguel Ángel López Marchena ha decretado el sobreseimiento de esta causa al considerar que Germán Molina, el ex director de Alumbrado Público del Consistorio gaditano por el Partido Popular y principal implicado en esta trama, no ha incurrido en ninguna infracción penal mientras ocupaba este cargo: ni prevaricación, ni fraude en la contratación, ni falsedad en documento, ni malversación de caudales públicos, ni cohecho.
Para el magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 2 "las investigaciones han puesto de manifiesto que, más allá de las posibles irregularidades administrativas [...] no ha quedado acreditado que haya existido voluntad de falsear". Según el auto, "la forma de proceder del señor Germán puede cuestionarse pero no desde el punto de vista penal".
El caso Alumbrado surge a partir de la denuncia formulada en 2009 por Juan José López Gallardo, el que fuera gerente de la empresa Imepasi. El ex directivo, cesado en su puesto, presentó una querella ante la Fiscalía por hipotéticos amaños en la concesión de los contratos del alumbrado público y la adjuntó con cinco grabaciones en las que se recogían supuestamente cómo empresarios y representantes públicos alteraban los baremos de asignación de las puntuaciones del concurso de contratación, convocado el 15 de octubre de 2008.
Juan José López Gallardo fue primero denunciante, si bien acabó siendo imputado en este proceso. No obstante, el juez López Marchena ha estimado que tampoco "no constan motivos para proseguir actuaciones penales contra él".
El auto que archiva de manera provisional el caso Alumbrado expone que "de las diligencias practicadas, no consta que Germán Molina realizara una alteración de los criterios recogidos en el pliego de condiciones con la finalidad de favorecer a una empresa", Cytel, para que ésta acometiese los trabajos de instalación del alumbrado en la avenida Guadalquivir, en concreto, entre la calle Amiel y la avenida Guadalete. El magistrado razona que "las supuestas irregularidades administrativas que pudieran haberse cometido, según los investigadores, no pueden ser merecedoras de un reproche penal".
Respecto a las obras de mejora del alumbrado público de la avenida Guadalquivir en su fase 2, López Marchena señala que la actuación de Germán Molina como funcionario público no se aparta de los criterios que deben regir su conducta. "No se aprecian pues elementos para sostener que Molina realizara una propuesta para que la misma fuese aprobada por la Mesa de Contratación con la finalidad de favorecer a una empresa, Etralux, que al final resultó adjudicataria".
El auto de sobreseimiento recoge que "las supuestas irregularidades administrativas que se habrían cometido, en todo caso, en la fase de ejecución del contrato no se integran en tipo penal alguno, el cauce para denunciarlas es la jurisdicción Contenciosa".
Otras pesquisas policiales fueron encaminadas a esclarecer si se emitieron o no facturas falsas para justificar unas obras en la avenida del Perú, unos trabajos que fueron adjudicados a una empresa supuestamente amiga de Germán Molina. En este proyecto -indica el auto- surgieron "obras urgentes" que el ex responsable del Alumbrado Público decidió otorgar a la entidad Imepasi, la cual terminó subcontratando los trabajos a otra empresa, Cytel. Según el criterio de López Marchena, "no ha quedado acreditado, más allá de las posibles irregularidades administrativas, la realidad de ninguna factura falsa que haya sido presentada al Ayuntamiento de Cádiz. Los sobrecostes en las obras públicas están a la orden del día y no por ello implica que se cometan actos de naturaleza delictiva".
En relación a los posibles cambios de los criterios de baremación en el concurso público de 2008, el auto de sobreseimiento explica que "la policía se centra en considerar que en todos los concursos anteriores se habría aplicado la fórmula de la regla de tres a efectos de determinar la mejor oferta económica". Sin embargo, "en los concursos de 1996, 2002 y 2004 no se había seguido la regla de tres pura y simple". La resolución del juez especifica también que la empresa Etralux, en teoría sancionada y excluida del concurso, sí podía participar en él (como finalmente hizo), pues no había constancia de los expedientes contra ésta.
El titular de Instrucción 2 ha archivado el caso Alumbrado respecto a todos los investigados en esta causa. Además de exculpar a Germán Molina y López Gallardo, el juez no ve indicios para abrir un proceso judicial contra Félix Merchán, Agustín Francisco Álvarez, Pedro Manuel Serrano y José Blas Fernández.
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