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El Comité de Árbitros reconoce el grave error en el penalti

La Audiencia confirma la sentencia por estafa contra Jenaro Jiménez

El empresario gaditano que huyó a Paraguay fue condenado a dos años de prisión

Jenaro Jiménez.
Melchor Mateo / Cádiz

12 de junio 2012 - 01:00

La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia de dos años de prisión contra el empresario gaditano Jenaro Jiménez por estafa contra el que entonces era su cuñado. El Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz condenó también a Jiménez a indemnizar con 47.000 euros más los intereses que correspondan a su ex familiar, precisamente la cuantía que se le estafó por la señal de un piso que nunca obtuvo.

Jenaro Jiménez fue el empresario que simuló su muerte en aguas de Tarifa, cuando lo que hizo realmente fue marchar a Paraguay, donde vivió 16 meses bajo la identidad falsa de Álvaro Domecq. Dos días antes de esta desaparición recibió 47.000 euros de su ex cuñado en concepto de un piso en la avenida Marconi correspondiente a un edificio que había construido una de las empresas de Jiménez, Emblematic Houses. Este pidió que el cheque se pusiera a su nombre y no de la empresa.

Dos días después desapareció y con él el dinero de los 47.000 euros, del que nunca se tuvo rastro. Además, había un problema añadido y es que ese piso ya había sido vendido a otra persona. De hecho, 30.000 de esos 47.000 euros se iban a destinar para devolver la señal a la otra compradora. Al final el ex cuñado se vio sin dinero y sin piso, ya que no se pudo resolver el contrato con la anterior propietaria.

La defensa de Jenaro Jiménez presentó un recurso contra la sentencia primera basándose en cuatro aspectos. El primero de ellos es que se produjo un error en la apreciación de la prueba respecto a los hechos probados. Efectivamente en el juicio Jenaro aseguró que los 47.000 euros se los entregó a un socio y presentó a un testigo de la entrega, o que al menos vio que le había dado un sobre.

Para la Audiencia Provincial "el elemento nuclear" es si hubo engaño o no para determinar que se produjo una estafa. El tribunal no tiene dudas. Jenaro justificó el que el talón estuviera puesto a su nombre con el objetivo de agilizar los trámites y pagar tasas e impuestos para iniciar la obra. Y claro que lo cobró en la ventanilla del banco, pero ni pagó tasa e impuesto alguno ni devolvió los 30.000 euros a la primera compradora.

Después ocultó a su ex cuñado que la vivienda había sido vendida a otra persona ni le comentó de dónde iba a sacar los metros de más que necesitba su ex familiar. Además también había engañado a su socio con la fecha de la firma para tener tiempo para cobrar el cheque. A todo ello se le une la gran cantidad de seguros de vida que había contratado desde poco tiempo atrás. Jenaro "denota que ya tenía planificada su marcha aparentando su muerte", a juicio del Tribunal.

La Audiencia Provincial tampoco acepta la petición de la defensa de que lo que se ha producido es el incumplimiento de un contrato civil ni que en vez de estafa ha habido una apropiación indebida porque, entre otras cosas, para que concurra este delito no hay engaño previo.

Tampoco tiene éxito al pedir que la pena no debe exceder de un año, pero por el volumen de lo estafado considera que la pena está bien puesta. Sólo obtuvo éxito en el pago de las costas. En vez del cien por cien se ha quedado en un 50%.

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