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Nueva ordenanza
Cádiz/Para circular en patinete eléctrico se requiere una edad mínima de 15 años, aunque los menores pueden hacerlo siempre que vayan acompañados de sus padres o tutores, pero no montados en ellos, obviamente.
El casco es obligatorio sólo para los menores de 18 años, aunque recomendable para los mayores de esa edad. Cuando se conduzca por la noche deben llevar elementos reflectantes.
Como conductores de cualquier otro vehículo, los de VMP están sujetos a las mismas prohibiciones respecto al móvil, los auriculares o el consumo de drogas o alcohol.
Como principio general, los patinetes eléctricos, sea cual sea su potencia, no pueden circular por aceras, plazas, parques, jardines o cualquier otro espacio público peatonal, salvo en zonas ciclables o compartidas, como el Paseo Marítimo, a una velocidad máxima de 10 km/h.
El territorio legal de los VMP son las vías ciclistas, ya sean carriles o aceras bici –los primeros están a la altura de la calzada y las segundas, a las del acerado– a menos de 20 km/h o de 10 km/h, respectivamente, las calzadas de vías con limitación a 20 km/h o por vías donde esté señalado expresamente.
Para quienes infrinjan esta norma hay previstas sanciones que pueden llegar a los 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, e incluso la inmovilización y retirada del vehículo, que se podrá recuperar a través de un trámite parecido al de la grúa. Las multas relacionadas con la conducción pueden llegar hasta los 1.000 euros, en el caso de circular bajo los efectos del alcohol.
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