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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, tiene previsto presentar en el mes de octubre en el Consejo de Ministros una ley de reforma procesal en el que se le quiere dar un protagonismo a la mediación y la resolución de conflictos.
Campo entiende que “si queremos que la Justicia sea útil, es obligado acudir a los instrumentos alternativos a la resolución judicial”. De hecho, se muestra seguro de que “con la potenciación de estos medios alternativos y complementarios para resolución del conflictos, se cumple la máxima de la Ilustración y del proceso codificador: antes de entrar en el templo de la Justicia, se ha de pasar por el templo de la concordia”.
El ministro pone como ejemplo el que en los juzgados civiles y mercantiles se pidieran a las partes, con carácter previo al litigio, que intenten negociar y pactar entre sí o por la mediación de una tercera persona: “Si a ello le añadimos incentivos económicos y procesales para la negociación, el resultado será que gran parte de los asuntos nunca llegarían a juicio. El conflicto se resuelve antes, de manera más ágil y efectiva”. Así, cree que el resultado sería menos gravoso para la Administración de Justicia “pero, sobre todo, más rápido y satisfactorio para el ciudadano”.
La filosofía del ministro gaditano es que a través del fortalecimiento de la solución negociada de conflictos se conecta también con un modelo concreto de sociedad, “aquella que privilegia el acuerdo sobre el conflicto. El diálogo sobre la confrontación y la crispación”.
Además de todo ello, el ministro cree que contribuye a propiciar la participación de la ciudadanía en el sistema de Justicia y a desatascar los juzgados: “Impulsa reformas en las leyes procesales tendentes a la agilización y eficiencia de los trámites y, en último lugar, el uso de nuevas tecnologías de la información y la comunicación en el servicio público de Justicia”.
Campo también señala que “otro de los cambios paradigmáticos que se avecina” es la de los concursos de acreedores. Para ello da un dato muy significativo y es que antes de la pandemia, para 2021 se esperaba la declaración de concurso de apenas 5.000 empresas. Debido al Covid-19, los cálculos que hace el Ministerio de Justicia es que esa cifra puede elevarse a más de 40.000 en toda España, la mayoría pymes, lo que significaría un incremento de un 619%.
Por ello piensa que el aumento de los recursos para los juzgados de lo Mercantil “es ineludible” y en esa línea hay que circunscribir las medidas aprobadas en junio como planes de choque en el que también se le daba un impulso a los juzgados de lo Social.
A ello se le une la aprobación reciente de un texto refundido de la Ley Concursal, que también entrará en vigor el 1 de septiembre. El enfoque es facilitar, a juicio de Campo, que empresas y, sobre todo, empresarios y particulares puedan recuperarse de las deudas “diseñando mecanismos pre-concursales para evitar una eventual insolvencia”.
Las vías, en este caso, son el refuerzo de los convenios con los acreedores y el recurso en última instancia a la figura de la “nueva oportunidad”, que permitiría “salvar o reconvertir el proyecto empresarial”.
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