Las nuevas ayudas Covid del Ayuntamiento de Cádiz excluyen a los que recibieron la primera
Hasta 143 actividades o profesiones podrán acogerse a esta nueva convocatoria, que mantiene las cantidades de 1.000 euros para autónomos y 2.000 para empresas con hasta cinco trabajadores
La ayuda directa del Ayuntamiento a los comerciantes, hosteleros y autónomos cuya actividad se ha visto afectada a causa de la pandemia se va a limitar a 1.000 euros para los que no tienen empleados a su cargo y a 2.000 euros para aquellos que tengan hasta cinco trabajadores. Después de un primer paquete de ayudas, el Consistorio ha excluido a los beneficiarios del segundo paquete cuyas bases ya están publicadas y cuya convocatoria se espera para septiembre.
Esta es la gran novedad de la nueva línea de ayudas que ya avanzó el concejal de Fomento, Carlos Paradas, hace unos días y que pretende repartir hasta 375.000 euros entre comerciantes, hosteleros y otros autónomos y microempresas gaditanas. Casi el doble del dinero que ha concedido en la primera convocatoria de ayudas, donde tenía reservado el Ayuntamiento hasta 214.000 euros pero solamente ha concedido 194.000 euros.
De este modo, con los autónomos y empresas que ya se acogieron a la primera convocatoria de ayudas Covid excluidos, el Ayuntamiento volverá a conceder ayudas de 1.000 euros para los autónomos sin trabajadores y 2.000 euros para los que emplean hasta cinco personas, en un proceso que desde el Consistorio se anuncia más sencillo que el anterior, cuya tramitación se alargó durante meses.
Hasta 143 actividades y profesiones distintas podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas, según detalla las bases de la convocatoria que este martes han salido publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia. Los potenciales beneficiarios deberán cumplir varios requisitos, varios de ellos relacionados con el empleo. Así, a la fecha de la solicitud deben mantener “el número medio de trabajadores que tenía a 1 de enero de 2021”; y durante los próximos nueves deberán mantener el funcionamiento de la empresa y el mismo número de trabajadores con las mismas condiciones.
Además, estas ayudas de 1.000 o de 2.000 euros tendrán que ser justificadas debidamente, siendo susceptible de justificación los siguientes conceptos: alquiler del local o hipoteca o préstamo concedido para su compra; suministros “directamente vinculados al desarrollo de la actividad empresarial”, como telefonía, internet, agua o electricidad; recibos de seguros obligatorios para el desarrollo de la actividad empresarial; cuotas de autónomos, seguros sociales y salarios de los trabajadores contratados; inversiones en equipos o aplicaciones informáticas y tecnológicas que se hayan dirigido a la implantación del teletrabajo; inversiones de adaptación del local vinculadas a la pandemia; o cuotas mensuales de préstamos obtenidos para hacer frente a inversiones necesarias para el desarrollo de la actividad empresarial.
Concretan las bases de estas ayudas que no serán gastos subvencionables los gastos financieros “de ningún tipo, incluidos el leasing, renting y otros de similares características”; los intereses, recargos y sanciones; ni tampoco los impuestos indirectos “susceptibles de recuperación” (principalmente, el IVA).
Al ser subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, se han elaborado unos baremos de puntuación que tendrán en cuenta el tipo de actividad o de negocio, así como la realidad contractual de sus trabajadores.
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