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Ecologistas denuncian ante Fiscalía un carril cicloturista de la Junta sobre dunas de Cádiz

Medio ambiente

Agaden-EA pide incluso la "paralización inmediata" de las obras porque están afectando severamente a espacios naturales bajo protección y a decenas de especies, algunas en peligro de extinción

Los conservacionistas alertan de que los trabajos no cuentan con las preceptivas evaluaciones ambientales, de manera que son "afecciones de relevancia delictiva, sin título habilitante"

La consejera de Desarrollo Sostenible coloca el primer hito del Eurovelo 8 entre Cádiz y San Fernando

Carril ampliado junto a la Laguna de la Gallega, un lugar de alto valor ecológico. / Agaden-Ea
J. M.

17 de marzo 2023 - 06:00

Cádiz/Las obras del tramo 1 del carril cicloturista Eurovelo 8, que construye la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía entre Cádiz y San Fernando sobre las dunas de la playa de Cortadura, están dañando seriamente Hábitats de Interés Comunitario y especies animales y vegetales que habitan en ellos, algunas en peligro de extinción. Además, "constituirían delito, al no cumplir con la legalidad ambiental vigente". Así lo entienden en Agaden-Ecologistas en Acción, organización que ha denunciado ante la Fiscalía de Medio Ambiente de Cádiz estos trabajos sobre el cordón, según el texto legal al que ha tenido acceso Diario de Cádiz. Estos trabajos se están ejecutando desde el Ventorrillo del Chato hasta San Fernando y atravesarán el Parque Natural de la Bahía de Cádiz

Los ecologistas alertan de que las obras están afectando severamente espacios naturales bajo varias figuras de protección ambiental comunitaria, nacional y andaluza y de que no cuentan con las preceptivas evaluaciones ambientales, de manera que entienden que se trata de "afecciones de relevancia delictiva, sin título habilitante", por lo que piden incluso "la paralización de las obras de forma inmediata".

Entre los espacios gravemente afectados por estas obras que conllevan grandes movimientos de tierras, además del propio cordón dunar, se encuentra la Laguna o Charca de la Gallega. Se trata de un depósito natural de agua estacional de elevado valor ecológico donde habitan especies de anfibios y reptiles como el eslizón tridáctilo (Chalcides striatus), catalogada como amenazada en el Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, y el gallipato (Pleurodeles watl), entre otras.

También alertan los ecologistas de que entre las especies gravemente afectadas se encuentran el chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus), en peligro de extinción, y objeto de una potente campaña de recuperación liderada por Agaden-Ecologistas en Acción en la que participan ayuntamientos costeros como el de Cádiz y San Fernando, entre otros.

La primera piedra de esta obra la puso el 21 de enero de 2022 la misma consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Carmen Crespo, en un acto en el que participaron los concejales de Medio Ambiente y Urbanismo del Ayuntamiento de Cádiz, Rocío Sáez y Martín Vila, respectivamente, y la alcaldesa de San Fernando, Patricia Cavada.

Ya aquel mismo día este periódico preguntó a los responsables de la Junta y a los ediles gaditanos por el impacto de este tramo del Eurovelo 8 que, sin previo aviso ni explicación, la Junta había superpuesto al recorrido inicial previsto por el saco interior de la Bahía de Cádiz, no sobre el cordón dunar. De manera extraoficial, los responsables de la Junta respondieron que todo el proyecto cumplía con los requisitos legales necesarios, si bien no explicaron la razón del cambio en el recorrido inicial, que es la que aún constaba en la página oficial del Eurovelo https://www.eurovelospain.com/. Desde no hace mucho, un burdo trazo grueso rojo, como de rotulador, que abarca todo lo ancho del istmo entre Cádiz y San Fernando, tapa literalmente los dos trazados e impide ver exactamente por dónde discurre finalmente el carril cicloturista. Desde que se pusiese la primera piedra, hace ya más de un año, este periódico ha preguntado insistentemente a la Junta de Andalucía en Cádiz sobre el por qué de ese cambio y el impacto del nuevo trazado, sin que hasta el momento haya recibido respuesta.

Aquel mismo día, de manera también extraoficial, los ediles gaditanos respondieron a este medio que se trata de una obra competencia exclusiva de la Junta de Andalucía, a lo que Martín Vila añadió que tenía "todos los parabienes de los ecologistas". En el mismo sentido se pronunció el edil de Urbanismo en respuesta a este periódico tras un reciente acto de protesta precisamente ecologista por el nuevo trazado del carril cicloturista y su impacto: "El Ayuntamiento no tiene que conceder ningún tipo de licencia de obra, ya que se trata de una infraestructura de la Junta de Andalucía aunque esté en el término municipal de Cádiz. Igual que si pasara una autopista por el término municipal cualquier obra dependería del ministerio, sin necesidad de autorización municipal. De igual manera, el estudio de impacto medioambiental corresponde a la consejería de Medio Ambiente", respondió el edil de Urbanismo a través de una fuente municipal.

Texto íntegro de la denuncia de Agaden ante la Fiscalía

1.- Que actualmente la Junta de Andalucía está realizando las obras correspondientes al trazado de

Eurovelo, Ruta 8 el cual abarca desde la zona del Chato, en la Playa de Cortadura, hasta el Parque

Natural Bahía de Cádiz, el cual atraviesa.

2.- Que con motivo de las obras de realización de dicho proyecto, se está afectando de forma severa

tanto a zonas de Hábitat de Interés Comunitario, en el área de la Playa de Cortadura; como son los

hábitats HIC2120- Dunas móviles de litoral con Ammophila Arenaria (Dunas Blancas) y el hábitat

2130.- Dunas costeras fijas con vegetación herbácea (Dunas Grises). Próximamente el Proyecto

continuará su ejecución dentro de los límites del PN Bahía de Cádiz (Zona de Especial Protección

para las Aves (ZEPA) y Zonas Especiales de Conservación (ZEC), espacio de la Red Natura 2000

con un alto valor ecológico.

3- Que en el caso de la Playa de Cortadura, la cual forma la barra arenosa, tómbolo o istmo que

separa el saco interno de la Bahía de Cádiz del océano Atlántico y que une Cádiz con San Fernando,

además de la presencia de los dos hábitats designados anteriormente (HIC2120 / HIC2130), se

encuentra catalogada y protegida dentro del Plan de Protección del Medio Físico de la Diputación

Provincial de Cádiz, como Complejo Litoral de Interés Ambiental; por su valor ecológico y

paisajístico, donde se encuentra fuertemente limitada la realización de actividades constructivas o

transformadoras del medio; además de estar incluida en el Plan General de Ordenación Urbana del

municipio de Cádiz como Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Legislación Sectorial

por ser, junto con la Laguna de La Gallega, los ecosistemas de «mayor fragilidad que presentan

mayores valores naturales». En definitiva, el PGOU considera estos espacios como áreas

ambientalmente relevantes que constituyen «recursos ambientales insustituibles e irremplazables

no sólo en relación con las biocenosis que sobre ellas se asientan, o por el papel ecológico que

juegan».

4.- Que en la zona de Cortadura se da la existencia de una charca, de una extensión de 1,4Has

denominada Laguna o Charca de la Gallega. Es una depresión interdunar, un depósito natural de

agua en periodos estacionales con elevado valor ecológico, debido a que proporciona condiciones

adecuadas para el establecimiento de determinadas especies faunísticas protegidas, así como

mantiene comunidades vegetales propias de sistemas lagunares.

5.- En el caso del Parque Natural Bahía de Cádiz incluida en la RED Natura 2000, la Directiva

Hábitats (Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de

los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres) indica específicamente que «Los Estados

miembros adoptarán las medidas apropiadas para evitar en las zonas especiales de conservación,

el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies», prohibiendo específicamente en

su apartado de “Protección de las especies”: el deterioro o destrucción de los lugares de

reproducción o de las zonas de descanso.

6.- Que, además, con estas obras se está produciendo la fragmentación del istmo de Cortadura

además de una pérdida sustancial de terreno. El proyecto en sí crea durante todas y cada una de sus

fases fragmentación de hábitats y el denominado “efecto borde” asociado a la misma. Al

fragmentarse un hábitat, lo que ocurre es que se incrementa su perímetro, creándose nuevas

fronteras y produciéndose así un aumento del efecto de borde que no es más que un hábitat de mala

calidad donde, debido tanto a la infraestructura en sí, como al uso antrópico de la misma, esa zona

colindante no será empleada como área de cría ni alimentación de las especies allí presentes. Por

ejemplo, el hecho de que con el carril se reduzca la zona posterior del sistema dunar, hace que el

área potencial de cría de una especie como es el chorlitejo patinegro, ave catalogada en el Libro

Rojo de la aves de España como “En peligro de extinción”, se vea reducida; pues aunque se coloque

dicho carril en elevado, sobre pasarela, la calidad de ese territorio desde el punto de vista de esta

especie en cuestión, se vea reducida, legado realmente a perderse una área que hasta ahora le ha

servido como área de alimentación y refugio para los pollos.

7.- Que actualmente se está ejecutando el Tramo I del proyecto, el cual está causando un grave

impacto en la zona trasera del sistema dunar, así como en la Laguna temporal de la Gallega;

afectando a especies florísticas como la grama marina (Elymus faratus), el cardo de mar (Eryngium

maritimus) y la azucena o lirio de mar (Pancratium maritimun), especie esta última con

catalogación de “casi amenazada” incluida en la lista Roja de la Flora Vascular de Andalucía y la

cual la Junta de Andalucía indica, con especial mención, que este tipo de flora necesita de medidas

in situ de protección ya que se encuentran fuera de las figuras de protección de espacios naturales

protegidos.

Que entre la fauna que podemos encontrar en la zona de dunas, destacan la Lagartija colirroja

(Acanthodactylus arythrunus), el Eslizón ibérico (Chalcides bedriagai), ambos listados en la

categoría de Amenaza en el catálogo Andaluz, o el Camaleón común (Chamaeleo chamaeleon),

especie catalogada como “En Peligro de Extinción en España” y listado en la categoría de

“Amenazada” en el catálogo Andaluz.

En cuanto a las aves que se observan en el istmo y que utilizan la zona para cría y/o alimentación,

destacamos las aves limícolas como el Chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus), varias

especies de correlimos, Ostreros (Haematopus ostralegus), Charrancito común (Sterna albifrons),

Charrán patinegro (Sterna sandvicensis) o la Pagaza piquirroja (Sterna caspia), listados todos ellos

en la categoría de “Amenazados” en el catálogo Andaluz.

Que entre la fauna que hace uso de la Laguna de La Gallega tanto para alimentarse como para

reproducirse e incluso como invernante, podemos encontrar: Avifauna: Cigüeñuela común (Himantopus himantopus), Aguja colinegra (Limosa limosa), Chorlitejo grande (Charadrius hiaticula), Chorlitejo patinegro (Charadrius alexandrinus), Garceta común (Egretta garzetta), Lavandera blanca (Motacilla alba), Cogujada común (Galerida cristata), Abubilla (Upupa epops), Cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), Curruca cabecinegra (Sylvia melanocephala), Lavandera boyera (Motacilla flava), Golondrina común (Hirundo rustica), Vencejo (Apus apus), Tarabilla (Saxicola torquata), todos ellos listados igualmente en el Listado

Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Además cuenta con la presencia

de Ánade azulón (Anas platyrrhinchos), Gaviota patiamarilla (Larus cachinnas), Gaviota reidora

(Larus ridibundus) ), Jilguero europeo (Carduelis carduelis), Pardillo común (Linaria cannabina) e

Urraca (Pica pica) entre otras.

La Herpetofauna asociada a la laguna encontramos el Sapo de espuelas (Pelobates cultripes),

Culebra de herradura (Coluber hippocrepis), Culebra bastarda (Malpolon monspessulanus), Eslizón

tridáctilo (Chalcides striatus), con grado de protección de amenazada, incluidos en el Listado

Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial; Gallipato (Pleurodeles watl),

Rana verde ibérica (Rana perezi), Eslizón ibérico (Chalcides bedriagazi).

Entre la vegetación de la zona encontramos, destacan el Ranúnculo acuático (Ranuncullus peltatus),

Junco redondo (Juncus acutus), Castañuela (Scirpus maritimus), Taraje (Tamarix sp.), Hongo de

Malta (Cynomorium coccineum) con catalogación como vulnerable en Andalucía y que cuenta con Plan de Recuperación y Conservación de Especies Amenazadas Dunas y Arenales Costeros; así mismo también encontramos el Barrón (Ammophila arenaria) y Narciso de mar (Pancratium marítimum).

8.- Que con las obras que se están llevando acabo, al margen de la afección en cada una de las

especies que hemos nombrado, queremos señalar el hecho de que las puestas de este año y los

adultos de la especie Camaleón común (Chamaeleo chamaeleon) se han visto afectadas, no

pudiendo actualmente ni determinar el grado de afección debido a que las máquinas ya han

aplanado zonas y eliminado vegetación. Además, la zona de obras es zona de alimentación con los pollos del chorlitejo patinegro (Charandrius alexandrinus), pues en sus dietas cuentan la ingesta de insectos. Hechos constatados por este colectivo durante los seguimientos de la población de esta ave limícola, a lo largo de la

Paya de Cortadura.

9.- Que en el caso de la Laguna de la Gallega, se ha producido con las obras afección al perímetro

de dicha laguna. Siendo afectada la zona de desagüe de la laguna; además de haber destrozado la

valla protectora y eliminada la vegetación circundante.

10.- Que, aunque solo sirva de referencia, el proyecto no cuenta con las preceptivas evaluación

ambiental adecuada, ex art. 6.3 de la Directiva Hábitats y ex art. 46.4 de la Ley 42/2007 del

Patrimonio Natural, ni evaluación de impacto ambiental simplificada que impone el art. 7.2 b) de

la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental y, por lo tanto, tal como dispone su artículo 9.1, la

resolución de aprobación del Proyecto es nula de pleno derecho o, lo que es lo mismo, la

Administración, en opinión de esta Asociación, está ejecutando estas afecciones de relevancia

delictiva, sin título habilitante: 'Carecerán de validez los actos de adopción, aprobación o autorización de los planes, programas y proyectos que, estando incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley no se

hayan sometido a evaluación ambiental...'

"Además, advertimos que dicho proyecto también debería haber sido sometido previamente a

evaluación de los efectos sobre el DPMT y de los efectos del cambio climático como disponen

los arts. 42.2 y 44.2 de la Ley de Costas y los arts. 85.2 y 92.1 y 2 del Reglamento General de

Costas.

10. Que adjuntamos fotografías de las afecciones actuales que el proyecto está creando en la zona: https://drive.google.com/drive/folders/1XYXH5gExl6Prz4p9bX69iG5g9fdxEeqQ?usp=share

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Por lo expuesto, y considerando que estos hechos denunciados pudieran constituir, en nuestra

opinión, una vulneración de los artículos 330, 332 y 334 del Código Penal,

SOLICITAMOS:

PRIMERO: Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y ordene la comprobación

de los hechos denunciados, la determinación de los responsables y la instrucción del

correspondiente expediente o expedientes. De manera especial pedimos que se realicen las diligencias precisas para concretar las afecciones a la fauna y flora que esta obra está causando a los HIC 2120 y HIC 2130 y las afecciones a la Laguna de La Gallega. Llegado el momento y de ser el caso, con objeto de evitar mayores perjuicios, inste la paralización de las obras de forma inmediata.

SEGUNDO: Que en su caso, se nos notifique la eventual denuncia ante el juzgado, con indicación

del número de juzgado, para facilitar nuestra personación en dicho procedimiento.

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