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La Fiscalía de Cádiz ha alertado de la falta de regulación para atender los casos penales que puedan derivarse del creciente uso de patinetes eléctricos en las ciudades, cuya proliferación, aunque no encajen en el código penal en los delitos contra la seguridad vial, pueden derivar en delitos de lesiones por imprudencia.
En su última memoria de siniestralidad vial, a la que ha tenido acceso Efe, el Ministerio Público explica que "hasta la fecha el efecto en el trabajo de la fiscalía ha sido poco significativo", pero adelanta que la irrupción en las vías de los vehículos de movilidad personal, como patinetes, bicicletas o segway (vehículo con dos ruedas laterales y una plataforma para ir de pie) está llamada a tener una incidencia creciente en la seguridad vial.
"La circulación de este tipo de vehículos no se encuentra regulada suficientemente", advierte la memoria, que avisa también de que las características técnicas de estos vehículos permiten a algunos modelos alcanzar una velocidad considerable, a lo que se suma su uso por aceras o lugares reservados para peatones.
Esto provoca, según la Fiscalía, que "la seguridad de los peatones y, en muchos casos de los propios conductores de los vehículos de movilidad persona se vea comprometida".
Hasta ahora, la regulación de estos vehículos se encuentra en la instrucción 16/V-124 de la Dirección General de Tráfico (DGT), que remite a los ayuntamientos el establecimiento de las condiciones de circulación, según sus características, aunque ya deja claro que no se trata de ni un peatón ni de un vehículo de motor.
La DGT prevé que su circulación pueda autorizarse por calzadas y aceras, parques o por carriles especiales, así como que también se contempla la posibilidad de prohibirlos para garantizar la seguridad del resto de usuarios.
La memoria refleja que ciudades como Cádiz ya están tramitando un proyecto de reforma de la ordenanza de circulación para regularlos, con medida como limitar su uso a los carriles-bici y la calzada, excluyendo la posibilidad de circular por aceras, parques y espacios reservados a peatones.
La Fiscalía cree que "previsiblemente la proliferación de este tipo de vehículos generará conductas que, si bien no tendrán encaje penal como delitos contra la seguridad vial, recogidos en el Código Penal en los artículos del 379 al 384, sí pueden ser susceptibles de ser entendidos como delitos de lesiones por imprudencia".
Dice la memoria que "habrá que ser especialmente riguroso cuando comportamientos ilícitos afectan a colectivos vulnerables como ancianos, niños o discapacitados".
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