La Junta de Andalucía tumba el Acuerdo Regulador aprobado por Kichi antes de las elecciones
Enumera una serie de errores y medidas que irían contra las normas autonómicas y estatales, como ya indicaran la Secretaría y la Intervención municipales
El Ayuntamiento tiene ahora un mes para anular el acuerdo o modificar los puntos señalados
El Acuerdo Regulador que justo antes de expirar su mandato acordó Kichi con los sindicatos ha tenido un recorrido bastante corto. El documento, que la propia Intervención y Secretaría del Ayuntamiento de Cádiz puso contra las cuerdas por incurrir en imprecisiones y en cuestiones que irían contra la legislación de los propios funcionarios, ha sido tumbado por la Junta de Andalucía tres meses después de aprobarse en el Pleno municipal.
La delegada del gobierno andaluz en la provincia, Mercedes Colombo, ha dirigido un escrito al alcalde, Bruno García, en el que se enumeran una serie de incorrecciones detectadas en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los Funcionarios del Ayuntamiento gaditano, otorgando un mes de plazo para "anular o adaptar a la legalidad los preceptos que se han relacionado".
Recuerda el escrito recibido en el Ayuntamiento que la Junta tiene competencias otorgadas en diversas leyes para 'entrometerse' en el acuerdo suscrito entre la administración local y su plantilla de funcionarios. Y cita, entre otras, la Ley de Bases de Régimen Local, que establece que cuando la entidad autonómica "considere que un acto o acuerdo de alguna entidad local infringe el ordenamiento jurídico, podrá requerirla, invocando expresamente el presente artículo, para que anule dicho acto en el plazo máximo de un mes". Como así ha ocurrido.
Tras recibir esa comunicación, el nuevo equipo de gobierno citó este viernes a los representantes de los trabajadores, para analizar este escenario en el que queda el Acuerdo Regulador y los caminos que tiene por delante el Ayuntamiento. La intención de Bruno García y su equipo es no abrir una batalla judicial contra la Junta de Andalucía en defensa de este documento aprobado por el anterior gobierno; entre otras cosas, porque el PP se abstuvo en base a esas consideraciones que ya señalaban Intervención y Secretaría poniendo en duda la validez del Acuerdo.
Tampoco se quiere anular el documento aprobado en mayo, lo que implicaría partir de cero nuevamente en una negociación que se ha eternizado. Por tanto, lo que se va a intentar junto a los sindicatos es realizar las modificaciones requeridas por la Junta para cerrar un nuevo Acuerdo que sí sea considerado válido y que pueda entrar en vigor.
Los 'peros' de la Junta al Acuerdo Regulador
El problema general que tiene el Acuerdo Regulador pactado por el anterior gobierno es que algunos de sus puntos y mejoras laborales amplían las condiciones que las normas estatales y autonómicas establecen para el personal funcionario. Es decir, que los funcionarios municipales superarían los límites fijados para sus puestos, algo que expresamente rechaza la normativa actual.
Así, rechaza la Junta la redacción dada a la promoción interna de la plantilla, recordando que es obligatorio "incluir en las ofertas de empleo público tanto las plazas a cubrir por personal de nuevo ingreso como por promoción interna, estando sometidas a los mismos requisitos de aprobación, de publicidad y de plazo máximo de ejecución".
El Acuerdo Regulador, y un manual anexo, incluye también medidas para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a las vacaciones, descansos, permisos y licencias que han subrayadas por la Junta de Andalucía, que recuerda que todas esas cuestiones laborales vienen recogidas en el Estatuto Básico del Empleado Público. Añade, basándose en sentencias judiciales, que los artículos del estatuto del Empleado Público "no pueden considerarse una plataforma de mínimos sobre la que poder negociar mejoras colectivas, ya que el régimen de permisos y vacaciones no pertenece a la potestad normativa y de autoorganización de las Corporaciones Locales", ya que en última instancia "las mejoras voluntarias más generosas, consistentes en el incremento de asuntos propios, ampliación de la duración de las vacaciones,... conllevan un incumplimiento de la jornada laboral".
Relacionado de algún modo con lo anterior, también se pronuncia de manera contundente la Junta en otro de los 'peros' detectados al Acuerdo Regulador: "Los funcionarios públicos sólo pueden ser retribuidos por los conceptos establecidos en la Ley". Y vincula esta rotunda premisa a una de las cuestiones que señalaba la Intervención Municipal en el informe relacionado con el Acuerdo Regulador, al indicar que la aplicación de todos los complementos y mejoras salariales previstas en el documento pactado por Kichi "superaría los límites reseñados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado".
Además, señala la Junta que el Acuerdo contempla una serie de indemnizaciones "que en el fondo no son tales, sino conceptos retributivos no previstos para los funcionarios públicos en la normativa básica reguladora de la materia". Y entre esos conceptos estaría el complemento de productividad con ocasión de la jubilación, que "como tal no sería un concepto retributivo previsto en la legislación, pudiéndose incluso incurrir en duplicidad en cuanto a su abono"; o el complemento de productividad por prestación de servicios, "que en su primera parte, también podría incurrir en duplicidad; y en la segunda, está encubriendo un premio por jubilación anticipada", indica la administración autonómica, que explica que estas gratificaciones están rechazadas por la legislación actual y han sido tumbadas por el Tribunal Supremo porque "suponen una alteración del régimen retributivo de los funcionarios al servicio de las Administraciones Locales que carece de cobertura legal".
"Tampoco se ajusta a la normativa sobre retribuciones de funcionarios lo previsto en la Disposición Final Tercera del Acuerdo Regulador", que convierte en general para toda la plantilla el complemento de productividad, concebido bajo un carácter "de incentivo eminentemente personal".
Otra medida contemplada en el Acuerdo Regulador es la jornada reducida de trabajo por proximidad a la jubilación, sobre la que recuerda la Junta "que la reducción horaria para adaptación a la jubilación conlleva reducción proporcional de retribuciones". Y sobre los anticipos también regulados en el acuerdo de la plantilla municipal remarca la Junta que "no se trata de un concepto retributivo sino de una prestación de carácter social, limitada en su cuantía y condicionada al crédito presupuestario previsto para estas finalidades".
La carrera horizontal del personal funcionario era uno de los logros del documento que más destacó el anterior gobierno. Y al respecto ha indicado la Junta que deberá regularse únicamente según lo establecido en la Ley de Función Pública de Andalucía publicada en junio y que entrará en vigor este mes de diciembre.
También rechaza la Junta el carácter retroactivo que el acuerdo concede a determinadas cuestiones, ya que "no se puede comprometer en el presupuesto actual importes derivados de gastos correspondientes a ejercicios anteriores".
Por último, rechaza también la administración autonómica los protocolos y anexos que se incluyeron al Acuerdo Regulador "y que tienen entidad y objetivos propios sujetos a procedimientos distintos, principalmente los referidos a selección de personal y provisión de puestos de trabajo", por lo que ni siquiera han sido analizados ahora. Y, por contra, falta en el expediente municipal un Plan de Igualdad que aún no tiene elaborado el Ayuntamiento.
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