Ley de Bienestar Animal en Cádiz: Los animales domésticos pueden entrar desde hoy en estos transportes y edificios públicos
La normativa entra en vigor con nuevos derechos y deberes importantes para la convivencia ciudadana
División entre los gaditanos por la entrada de perros en lugares públicos
Claves: Así se la nueva Ley De Protección Animal
Este viernes, 29 de septiembre entra en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal, que incluye numerosas obligaciones para los propietarios de animales de compañía con el fin de protegerlos, pero también una serie de derechos que transforman la convivencia en determinados lugares.
Es el caso del acceso de estos animales no solo a comercios, tiendas y restaurantes, que es una situación cada vez más extendida, sino también a transportes públicos de todo tipo y a centros públicos. En todos los casos se contemplan condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad exigidas por la ley, salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior. Aquí puedes consultar dónde puedes y no puedes entrar con tu perro o gato.
Estos son los lugares a los que ya pueden acceder:
- Transporte público y privado: Según la Ley, los conductores y conductoras del servicio público del taxi o de vehículos de turismo con conductor facilitarán la entrada de animales de compañía en sus vehículos de manera discrecional, salvo circunstancias debidamente justificadas.
- Autobuses urbanos o interurbanos: Será la administración competente la que decida si pueden entrar los animales en los autobuses. En el caso de Cádiz capital, como el resto de municipios, se acoge a su Ordenanza Municipal de Protección, Tenencia y Defensa de los Animales Domésticos y de Compañía, ya en vigor, de modo que pueden llevar animales de compañía cuando no sobrepasen los 10 kilos de peso y sea portados en transportín de bolsoo rígido.
- Tranvía: Este medio de transporte que comunica a los municipios de la Bahía permite a los viajeros subirse con sus animales de compañía desde el primer día que entró en funcionamiento, por supuesto ciñéndose a determinadas normas.
- Trenes: Desde hace algún tiempo los trenes de Cercanías son los más permisivos a la hora de viajar con mascotas, de manera que se admiten mascotas sin límites de peso, pueden viajar gratis y sin billete y deben ir sujetos con una correa y bozal. No necesitan jaula o transportín, y solo puede viajar 1 por persona. En cuanto a los de media y larga distancia deben pesar menos de 10 kilos, viajar en su jaula o transportín, solo se admite una por persona y debe tener su billete expreso. En todos los casos se deben respetar las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad exigidas por la ley.
- Tiendas y establecimientos, hoteles y restaurantes: podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos. En caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento.
- Edificios públicos: Salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a dependencias públicas, una cuestión que ya recogían las ordenanzas municipales de Cádiz. Siempre conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad.
- Los albergues, refugios, centros asistenciales: según la ley, aquellos establecimientos destinados a atender a personas en riesgo de exclusión social, personas sin hogar, víctimas de violencia de género y en general cualquier persona en situación similar, facilitarán el acceso de estas personas junto con sus animales de compañías, salvo causa justificada expresamente motivada. En el caso de que el acceso con el animal de compañía no sea posible, se promoverán acuerdos con entidades de protección animal o proyectos de acogida de animales.
Playas y parques: depende del Ayuntamiento
Los Ayuntamientos promoverán el acceso a playas, parques y otros espacios públicos de aquellos animales de compañía que no constituyan riesgo para las personas, otros animales o las cosas. Si bien, están sujetos a sus ordenanzas municipales, que determinarán lugares específicamente habilitados para el esparcimiento de animales de compañía, particularmente los de la especie canina.
Prohibido en Colegios y Hospitales
La nueva ley no contempla el acceso de animales de compañía a los centros educativos ni a hospitales por razones de seguridad y salud pública. De hecho, algunos colegios gaditanos ya han advertido de la prohibición. Esto es independiente a iniciativas puntuales que se hacen en estos centros como por ejemplo en hospitales.
Otras claves: Seguro, supervisión y no dejarlo atados en la calle
La ley entra en vigor pero con algunos aspectos por perfilar puesto que el Gobierno en funciones no puede aprobar aún un reglamento en forma de decreto sobre temas fundamentales de la norma. Se trata de los que abordar el tema del seguro para perros, el curso para dueños y otros asuntos.
Otro aspecto que sí recoge son las sanciones por dejar al animal sin supervisión durante 24 horas, y se prohíbe dejarlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial de su cuidador, así como tenerlos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares, así como en vehículos.
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