La Medalla de Oro a la Patrona vuelve a estar en juego
Partidarios (dominicos) y detractores (Europa Laica) de la distinción municipal concedida a la Virgen del Rosario enfrentan este viernes sus posicionamientos en los juzgados
La medalla de oro de la ciudad a la Virgen del Rosario se enfrenta hoy a su tercer veredicto: después de obtener el aprobado de la comisión de honores del Ayuntamiento y del pleno de la Corporación (en junio del pasado año), ahora se enfrenta al Juzgado de lo Contencioso Administrativo, que tras la vista oral de mañana viernes (a las doce y media del mediodía en el edificio Proserpina) tendrá que dirimir si el reconocimiento a la Patrona es válido o debe quedar en suspenso.
En el juicio habrá dos partes enfrentadas: Europa Laica, que presentó recurso contencioso contra la decisión de la Corporación Municipal; y los frailes dominicos en la persona de su prior en Cádiz, Pascual Saturio, que se personó en la causa como interesado. Todo ello ante el silencio que mantiene el Ayuntamiento en todo este proceso, sin responder siquiera al recurso de reposición presentado inicialmente por Europa Laica.
La parte contraria a la concesión de la medalla pondrá sobre la mesa como principal argumento que la Virgen del Rosario no es persona física ni jurídica, lo que contradice el reglamento de Honores y Distinciones, debiendo anularse esta concesión.
Frente a ellos, la defensa de la medalla argumentará –en una curiosa, cuanto menos, estrategia– que realmente la medalla no se concedió a la Patrona sino a la orden dominica como custodia de la imagen durante todos estos siglos. Un argumento que le valió a la defensa de la condecoración policial a la Virgen del Amor de Málaga, en el reciente caso perdido precisamente por Europa Laica.
De cara a la convocatoria de esta vista oral, en los últimos días han circulado por la red social WhatsApp mensajes movilizando “a todas aquellas personas, que por cariño y devoción a nuestra amada Patrona quieran hacerse presente” en el Juzgado.
Por su parte, para apoyar la causa de los demandantes está en Cádiz el presidente de Europa Laica, Antonio Gómez, que asistirá a la vista oral. Su visita a la ciudad se completará además con una conferencia sobre el significado actual del laicismo en la sede de la Asociación de la Prensa (en la calle Ancha) a las siete de esta tarde, y una posterior ofrenda floral ante el busto de Fermín Salvochea en la plaza de Argüelles (a las ocho).
Por qué sí y por qué no hay que conceder la medalla a la Virgen del Rosario
LEGITIMIDAD DE LA DEMANDA
Europa Laica no representa a los gaditanos
Defienden los dominicos que la concesión de la medalla “es un tema exclusivo y excluyente de los ciudadanos de Cádiz”, al tratarse de un acto discrecional del Ayuntamiento, por lo que Europa Laica “no ostenta un interés legítimo”.
La defensa del laicismo legitima la demanda
“El marcado carácter religioso de la decisión municipal justifica la legitimación”, defiende Europa Laica, que defiende “que circunstancias como la fe y la confesión religiosa constituyen un atributo de la conciencia individual que han de quedar circunscritos a la esfera privada”.
LOS MÉRITOS DE LA MEDALLA
Informes técnicos rechazan los méritos
Europa Laica presenta al juicio dos informes emitidos por un epidemiólogo hablando sobre la epidemia de peste y la fiebre amarilla y un tercer informe de una diplomada en Ciencias del Mar que desacreditarían la intercesión de la Virgen en la epidemia de 1646, la fiebre de 1730 o el Maremoto de 1755.
Las crónicas oficiales así lo reflejan
“Son las crónicas oficiales las que dan fe de estos hechos catastróficos y de cómo los gaditanos de la época se encomendaron a la Virgen, y se produjo la cesación de los daños”, asevera la defensa de los dominicos; añadiendo que en nombre dela Virgen siempre fueron los dominicos los que se movilizaron y ayudaron “a la ciudadanía colaborando en ayuda a los afectados”.
LA ENTREGA DE LA MEDALLA
La Virgen no pudo ir a recoger la medalla
En un argumento un poco rocambolesco, esgrime Europa Laica varios artículos del reglamento de honores que hacen referencia al acto de entrega. “La talla carece de libertad ambulatoria y tampoco tiene capacidad de aceptar o declinar la invitación que la corporación pudiera cursarle”, llegan a indicar en su demanda.
Hay otras fórmulas para recibir la medalla
Frente a este posicionamiento, esgrime la defensa que el reglamento “no excluye que se lleve a efectos a quien le represente, o represente al colectivo, como ocurre en los supuestos de ausencia justificada o a título póstumo”.
PERSONALIDAD DE LA VIRGEN DEL ROSARIO
La imagen no es persona física ni jurídica
El reglamento municipal dice que la medalla se puede conceder “a personas y entidades”. Y Europa Laica defiende que la Patrona no es persona física ni jurídica, por lo que la concesión es nula de derecho.
No es preciso ser persona para recibir la medalla
La otra parte justifica que el término “entidades” de ese reglamento posibilita la concesión de la medalla, desgranando también toda una serie de teorías sobre el concepto de persona (de Kelsen, Savigny, O. von Gierke, Del Vecchio, R. von Ihering, M. Hauriou o Hart).
LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
La medalla a la Patrona es inconstitucional
Así lo asegura Europa Laica, argumentando el vínculo entre Estado e Iglesia responde “a un modelo preconstitucional”, indicando que en el acuerdo municipal para la concesión de la medalla “se contienen referencias religiosas de muy difícil, sino imposible, justificación a la luz del artículo 16 de la Constitución Española”.
Derecho a la libertad ideológica y religiosa
Ese mismo artículo 16 de la Constitución es esgrimido por los dominicos para defender “la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades”; defendiendo que si la medalla no se concediese podría “quebrar la convivencia” al no respetarse estos derechos.
EFECTO CONTRARIO
La medalla de oro “desincentiva” a terceros
Defiende Europa Laica que esta medalla a la Patrona no es “objetivo ni eficaz”, llegando a plantear “que provocará el efecto contrario al pretendido, desincentivando a las personas que realmente pudieran ser merecedoras de la distinción municipal por su comportamiento meritorio”.
DESTINATARIO DE LA MEDALLA
La condecoración se hace a los dominicos
Asegura la defensa que realmente la medalla de oro se concede a los dominicos, que son quienes la solicitan como “personas bajo el amparo y en la fe a la Virgen del Rosario” que han estado al servicio de la ciudad durante siglos. La Patrona sería, por tanto, “el símbolo permanente” de esa presencia dominica.
No hacía falta el “elaborado artificio”
Responde Europa Laica que en caso de haber querido reconocer a la orden dominica “no cabe el elaborado artificio interpretativo de establecer una traslación de sujetos como destinatarios de la distinción”. “Si se hubiese distinguido a la congregación religiosa se trataría de una decisión jurídicamente inatacable”, añaden.
ANTECEDENTES EN LA CIUDAD
¿Qué pasa con otras imágenes condecoradas?
“No son admisibles los recursos respecto de los actos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes”, esgrimen los dominicos, que se preguntan por las medallas al Nazareno, a la Virgen de Servitas, al Carmen, a La Palma o a Soledad de Santo Entierro.
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