Los Reyes Magos llegan en patinete eléctrico, pendiente de regularizar por Tráfico
Las nuevas formas de movilidad en la ciudad
Ha sido uno de los grandes regalos navideños, especialmente en Cádiz
La Fiscalía ya ha alertado sobre su incidencia en la seguridad vial
Hace ya unos días desde el El Corte Inglés de Cádiz ya se advertía que el patinete eléctrico iba a ser uno de los principales regalos de cara a la festividad de Reyes Magos, con adelanto en Navidad para aquellos que reciben o dan también presentes de Papa Noel. El centro comercial Bahía de Cádiz se situaba, como ya informó este diario, entre los que más aparatos han vendido en toda España, incluyendo varios de los principales de la cadena.
Ayer, tras dejar los Reyes Magos sus regalos en las casas gaditanas, el buen día animó a muchos de los nuevos usuarios a probar la efectividad de los patinetes eléctricos, aprovechando que la red del carril bici ya está terminada casi en su totalidad.
La afluencia de estos vehículos llega, sin embargo, sin contar con una regularización clara sobre su uso: si deben ir por la carretera o por la acera, si pueden ir por el carril bici y a qué velocidad. Esta incertidumbre legal ha llevado a la Dirección General de Tráfico a emitir una instrucción con carácter provisional sobre la que se está apoyando el Ayuntamiento de Cádiz en su nueva normativa sobre la ordenanza de movilidad.
Ha sido la propia Fiscalía de Cádiz, que sin duda ha visualizado como cada vez son más los patinetes que circulan por las calles de la capital y de otras localidades de la provincia, la que ha llegado a alertar ante esta falta de regulación, lo que dificulta la adopción de medidas legales en caso de accidentes en los que se involucren a estos aparatos.
Se reconoce que el trabajo de la Fiscalía en este tema es escaso, pero se teme un elevado repunte, a lo que se le une un uso cada vez más intensivo de bicicletas y segway (vehículos con dos ruedas laterales y una plataforma para ir de pie). Y más con la entrada en uso del carril bici. La ausencia de una normativa superior provoca, según la Fiscalía, que "la seguridad de los peatones y, en muchos casos de los propios conductores, se vea comprometida".
Pendiente de una regularización defitinitiva, estas son las claves para el uso del patinete eléctrico en las calles de Cádiz según la ordenanza municipal.
- ¿Quién podrá circular en patinete?
A los conductores de estos patinetes eléctricos se les requerirá una edad mínima para circular de 15 años, salvo en los casos en los que los menores de esa edad vayan acompañados de sus padres o tutores. Y tendrán las mismas condiciones respecto al consumo de alcohol y estupefacientes que al resto de conductores; no pudiendo igualmente utilizar el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo.
El casco es un elemento recomendable, y pasa a ser obligatorio en los menores de 18 años. Además, se obligará al uso de elementos reflectantes a los conductores de patinetes y vehículos similares que circulen de noche.
- ¿Por dónde podrán circular?
Como regla básica, los vehículos de movilidad personal, tendrán prohibido circular “en las aceras, las plazas, los parques, los jardines y demás espacios reservados con carácter exclusivo para el tránsito, estancia y esparcimiento de los peatones”. Tampoco podrán circular por las calzadas abiertas al tráfico de vehículos a motor, salvo en aquellos casos en los que la velocidad esté limitada por debajo de 20 kilómetros por hora.
Sí podrán circular por los carriles bici de la ciudad (a menos de 10 kilómetros por hora en los casos de carriles no segregados del espacio de patones y a menos de 20 kilómetros por hora en el resto de casos), por las calles que tengan la velocidad limitada a 20 kilómetros por hora, y por vías en las que esté expresamente señalizada su posibilidad.
- ¿Dónde se podrá estacionar?
A tenor del texto de la normativa del Ayuntamiento de Cádiz, se antoja complicado aparcar un patinete en Cádiz. Sí puede hacerse en los aparcabicis (si caben), en espacios autorizados o habilitados por el Ayuntamiento (si los hubiera) y en partes no prohibidas expresamente por la ordenanza. Y no puede hacerse, porque lo prohíbe expresamente la ordenanza, atados a árboles, semáforos, farolas, bancos, contenedores, papeleras, marquesinas, elementos de mobiliario urbano, zonas de aparcamiento reservado para minusválidos, o de carga y descarga, o regulado (zona azul y naranja), en aceras inferiores a tres metros libres de obstáculos, o donde esté prohibido el estacionamiento general.
- ¿Habrá multas por no cumplir la norma?
En los casos de infracciones, la ordenanza prevé multas que pueden llegar a los 602 euros, en función de la gravedad. La Policía Local queda facultada, en base a este proyecto de ordenanza, a retirar de la circulación o inmovilizar a este tipo de vehículos, bien porque excedan las características técnicas aplicables, bien por motivos de seguridad, por interés general de los ciudadanos o cuando se considere que el vehículo está abandonado. En todos estos casos, el protocolo para la posterior recuperación del vehículo será similar al del servicio de grúa.
- ¿Cuáles son los vehículos considerados de movilidad personal?
La ordenanza municipal que está en proyecto distingue hasta seis tipos distintos de los denominados vehículos de movilidad personal: el básico (donde estaría el patinete eléctrico, junto a la rueda eléctrica y las plataformas eléctricas); un segundo tipo de vehículos de mayores dimensiones (como el segway o patinetes más grandes); y un tercer tipo que reúne a los vehículos de más de dos ruedas y que se divide, a su vez, en otros tres tipos (en función de su uso personal, para transporte de viajeros o para transporte de mercancías). Básicamente tienen las mismas normas y limitaciones cada vehículo, con determinadas precisiones que especifica la normativa.
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