Seguros de vida para hipotecas: ¿con quién contratarlos?

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Seguros de vida para hipotecas: ¿con quién contratarlos?
Seguros de vida para hipotecas: ¿con quién contratarlos?

15 de mayo 2023 - 00:00

A pesar de la subida de los tipos de interés y del incremento de los precios, los profesionales del sector inmobiliario consideran que las operaciones de compraventa de viviendas se mantendrán estables en 2023. Así pues, miles de ciudadanos continuarán solicitando un crédito hipotecario a entidades bancarias que, en algunos casos, condicionarán su concesión a la contratación de un seguro de vida sugerido por el banco.

Pero, ¿es obligatorio suscribir este tipo de póliza con la entidad bancaria cuando se solicita un préstamo para adquirir una casa? ¿O existe la posibilidad de seleccionar seguros de vida para hipotecas ofrecidos por aseguradoras distintas a la propuesta por el banco?

¿Es obligatorio contratar seguros de vida con los bancos?

En lo referente a la primera cuestión, si bien no es obligatorio contratar un seguro de vida para obtener un préstamo hipotecario, la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario no prohíbe que los bancos exijan dicho requisito a sus clientes. Es lo que se conoce como venta vinculada. Sin embargo, ello no significa que los usuarios interesados en este producto deban aceptar su proposición.

Muy al contrario, la norma facilita que los consumidores presenten alternativas de otras compañías aseguradoras, siempre y cuando dichas opciones sean equivalentes a la sugerida por la entidad bancaria. De igual manera, la ley señala que su aceptación por el banco no podrá ser utilizada por este último como argumento para modificar o empeorar las condiciones iniciales de la hipoteca.

Asimismo, una entidad bancaria está autorizada a ofrecer una hipoteca bonificada. Se trata de una venta combinada consistente en aplicar un descuento al tipo de interés del crédito hipotecario a cambio de contratar un seguro de vida. En este caso, queda en manos del cliente aceptarla o rechazarla.

Ventajas de contratar un seguro de vida con una aseguradora

En definitiva, no es obligatorio contratar un seguro de vida con el banco al que se solicita una hipoteca. Al respecto, los expertos del sector asegurador aconsejan estudiar otras ofertas, ya que suelen ser más ventajosas que las ofrecidas por las entidades bancarias. En este sentido, conviene saber que:

  • Algunos bancos obligan a satisfacer la prima en un único pago o brindan la opción de incluirla en el préstamo. Unas condiciones que representan una carga económica para los clientes.
  • Por el contrario, al contratar un seguro de vida con una aseguradora es posible fraccionar el pago en cuotas mensuales, trimestrales o anuales.
  • Además, un estudio de INESE pone de manifiesto que, de media, los seguros de vida que comercializan los bancos son un 91% más caros que los ofrecidos por las aseguradoras.

En resumen, los profesionales consultados recomiendan contratar seguros de vida para hipotecas distintos a los propuestos por las entidades bancarias.

Y recuerdan que estos productos aportan tranquilidad en caso de fallecimiento por causa súbita, violenta, exterior y ajena a la voluntad del tomador del seguro. O por invalidez a consecuencia de un accidente o enfermedades graves como cáncer, infarto o lesiones cerebrales. En estos supuestos, los familiares del tomador del seguro estarán protegidos frente al capital pendiente y no tendrán que asumir la carga de la hipoteca.

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