Zona Franca incluirá cláusulas sociales y medioambientales para su contratación pública
Consorcio
Esta guía da homogeneidad a los criterios incluidos en las licitaciones
La Zona Franca de Cádiz ha dado un paso más en su apuesta social y medioambiental con la aprobación en el último Comité Ejecutivo del año, celebrado la semana pasada, de un Manual de Instrucciones para impulsar la incorporación de cláusulas de ambas materias en su contratación pública y la de su grupo de empresas participadas.
Con esta medida, el Consorcio homogeneiza cláusulas y condiciones que ya se incluían en sus pliegos por normativa –Ley de Contratos del Sector Público; Directiva 2014/24/UE; y Orden PCL/566/2019– y sobre todo amplía e impulsa su aplicación real, ofreciendo a los técnicos de la institución una herramienta que facilita la implementación de este tipo de cláusulas y especificaciones técnicas durante la redacción de los pliegos de contratación, siempre que sean adecuadas al objeto del contrato.
Tanto para las cláusulas sociales como ambientales se incorporan dos tipos, unas que serán de inclusión obligatoria y otras que son recomendaciones para incorporar atendiendo al tipo de prestaciones que se quiera contratar.
Entre las cláusulas medioambientales, destacan medidas destinadas a la reducción del nivel de emisión de gases de efecto invernadero; medidas de ahorro, eficiencia energética y utilización de renovables durante la ejecución del contrato; y acciones para el mantenimiento o mejora de los recursos naturales que puedan verse afectados.
Por su parte, como cláusulas sociales el manual pretende fomentar a través de distintas vías la inserción socio-laboral de personas con discapacidad o situación de riesgo de exclusión social; planes de igualdad de género y fomento de la contratación femenina; conciliación de la vida laboral, personal y familiar; mejora de las condiciones laborales y salariales; la estabilidad en el empleo y la contratación de un mayor número de personas para la ejecución del contrato.
Asimismo, destaca una serie de recomendaciones atendiendo a los diferentes objetos del contrato como aconsejar la inclusión de criterios de sostenibilidad en los productos textiles en una doble vertiente: tanto desde el punto de vista de sus materias primas y componentes cumplan la limitación de sustancias químicas, promuevan fibras recicladas y reduzcan embalaje en la cadena de distribución, como que procedan de un proceso de producción que respete las convenciones básicas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
También recomienda establecer estándares de sostenibilidad en los equipos informáticos, homogeneizando los criterios en torno a un menor consumo de energía y la reducción de emisiones; e incluir criterios de sostenibilidad en la compra y el consumo de papel, en los contratos de redacción de proyectos y ejecución de obras, en la limpieza y la recogida selectiva de residuos de oficinas o criterios de sostenibilidad en la adquisición de vehículos o en contratos de servicios que requieran del uso de vehículos.
Un apartado importante del manual pone el foco en potenciar la contratación con centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción social a través de la contratación menor. Y ello por considerarla una de las vías más adecuadas –por su sencillez y rapidez de tramitación– para fomentar la participación de este tipo de centros y empresas y cumplir con la reserva establecida por la Ley de Contratos del Sector Público.
Así, los técnicos de la Zona Franca y su grupo de empresas participadas al iniciar una contratación deberán cotejar el objeto contractual con la existencia de empresas de inserción o centros especiales de empleo que operen en dicho sector de actividad y cuenten con capacidad adecuada para prestar o ejecutar debidamente el contrato y, en el caso de estos puedan ejecutar el servicio, obra o suministro, se les reservará la adjudicación.
Hay que resaltar que el Manual aprobado por la Zona Franca hace un recorrido exhaustivo para la inclusión de este tipo de cláusulas en las distintas partes y fases de la contratación (condiciones especiales de contratación, subcontratación, criterios de valoración de ofertas, etc.), atendiendo a la naturaleza y características del contrato. Además, establece un sistema de control de la ejecución de las mismas que incluye consecuencias por el incumplimiento de estos criterios sociales y medioambientales.
Ante la puesta en marcha de esta instrucción-guía de cláusulas sociales y medioambientales, el delegado del Estado en la Zona Franca de Cádiz, Fran González, ha subrayado que “el Consorcio hace realidad con hechos la apuesta por una gestión más sostenible y con un claro tamiz social. No nos quedamos en la filosofía sino que implementamos con un completo manual cómo los técnicos pueden y deben recoger en la contratación pública criterios y recomendaciones que promuevan obras y servicios más respetuosos con nuestro entorno, con el futuro del planeta y que cumplan los derechos sociales y laborales, los convenios colectivos y la inclusión social”.
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