Así serán las clases en la Universidad de Cádiz el próximo curso tras la pandemia
La desescalada en Cádiz
Se apuesta por el mayor número de actividades presenciales, guardando las medidas de seguridad sanitarias
El plan incluye las actuaciones a seguir en caso de un rebrote de la enfermedad
La Universidad de Cádiz, junto al resto de las universidades andaluzas y la Consejería de Educación, ha aprobado el protocolo que va a seguir de cara al nuevo curso y tras la incidencia de la pandemia de coronavirus, que interrumpió la actividad lectiva presencial el pasado mes de marzo.
La apuesta de la UCA es la de mantener el mayor número de actividades de forma presencial el próximo curso, al considerar que es más beneficio para el colectivo educativo, manteniendo la distancia de seguridad sanitaria allí donde sea posible o incrementando las medidas de limpieza. En todo caso, el documento tiene en cuenta la posibilidad de un rebrote de la pandemia, que obligaría a suspender las clases presenciales y a volver a reorganizar la actividad lectiva.
Estas son las líneas generales del funcionamiento de la UCA para el próximo curso:
Adaptación de la docencia
- 1. Las guías docentes recogerán la programación del curso 2020-21 según la modalidad verificada del título pero deberán incluir un apartado donde, atendiendo a las directrices del plan de contingencia de cada universidad, se contemplen las adaptaciones de la asignatura, salvo asignaturas totalmente virtuales según la memoria verificada, a dos posibles escenarios: un escenario de menor actividad académica presencial como consecuencia de medidas sanitarias de distanciamiento interpersonal que limiten el aforo permitido en las aulas (escenario A) y un escenario de suspensión de la actividad presencial (escenario B).
- 2. El plan de contingencia se activará en función de las normas para prevenir el contagio de la Covid-19 que se adopten por las autoridades estatales o autonómicas competentes en la materia. En el caso de enseñanzas de grado o máster con un alto porcentaje de estudiantado internacional, el plan de contingencia también podrá activarse si las restricciones a los desplazamientos internacionales por motivos sanitarios impiden o dificultan las actividades presenciales.
- 3. Para el escenario A, se adoptará un sistema multimodal o híbrido de enseñanza que combine, en todo lo posible, clases presenciales, además de clases online (sesiones síncronas) y actividades formativas no presenciales para el aprendizaje autónomo del estudiantado. Además, el plan de contingencia debe prever la transición a un sistema de docencia exclusivamente online para el caso del escenario B, de suspensión de la actividad presencial.
- 4. Todos los grupos de las asignaturas de grado o máster dispondrán de un espacio dentro de la plataforma de gestión de aprendizaje de la Universidad.
- 5. En el sistema multimodal de docencia del escenario A, la planificación de la enseñanza se guiará preferentemente por los siguientes criterios:
- a) Se mantendrá el mayor porcentaje posible de actividad presencial que permitan las restricciones sanitarias para mantener la mayor adecuación posible al plan de estudios verificado y porque se reconoce el valor de la presencialidad en la formación universitaria.
- b) Las actividades presenciales se organizarán en grupos cuyo tamaño vendrá determinado por las restricciones establecidas por las autoridades sanitarias y la capacidad de los espacios en los que tengan que desarrollarse.
- c) Si fuera necesario, se priorizará que las clases presenciales en grupos reducidos se dediquen a la docencia de carácter práctico o experimental.
- d) Se adaptarán los contenidos temáticos a esta tipología de enseñanza y se regularán los horarios para facilitar al estudiantado la compatibilidad entre docencia presencial y docencia online.
- 7. Los horarios de las asignaturas aprobados por los centros se adaptarán a los escenarios A y B y se mantendrán para cualquiera de las tipologías de enseñanza en las que se pueda desarrollar la docencia, salvo modificaciones puntuales en los horarios semanales derivados de las restricciones de espacios docentes. La guía docente debe indicar la distribución temporal, en su caso, así como las actividades objeto de la misma.
- 8. Las universidades programarán, individualmente o de manera conjunta con otras universidades, líneas de formación del profesorado que permitan mejorar o reforzar su conocimiento de las metodologías docentes no presenciales, de las herramientas tecnológicas para la docencia y evaluación online y el diseño de actividades formativas en un entorno digital.
Adaptación de la evaluación
- 1. Los instrumentos y criterios de evaluación y ponderación establecidas en la memoria verificada del título se adaptarán a los escenarios A y B. Se recomienda priorizar la evaluación continua mediante pruebas de evaluación online para facilitar el tránsito de uno a otro escenario.
- 2. En el escenario A, las pruebas de evaluación finales de las asignaturas que estuvieran previstas en la guía docente se realizarán preferentemente de forma presencial, aunque teniendo en cuenta el nivel de ocupación del espacio autorizado por las autoridades sanitarias.
- 3. Las pruebas de evaluación no presenciales incluirán mecanismos de garantía de la autoría de las pruebas por parte del estudiantado. Los sistemas informáticos que vayan a utilizarse para la realización de las pruebas deberán estar publicados para su conocimiento por el estudiantado antes de la matriculación. En todo caso, se preservarán siempre las garantías legales y de seguridad adecuadas, con respeto a los derechos fundamentales a la intimidad y privacidad, observando el principio de proporcionalidad.
Prácticas externas curriculares
- 1. Las prácticas externas curriculares se mantendrán en los mismos términos que estén establecidos en la memoria verificada del título y en los convenios existentes con las entidades colaboradoras. Siempre que las circunstancias lo permitan, y las entidades colaboradoras satisfagan las condiciones sanitarias exigidas, las prácticas curriculares se desarrollarán presencialmente en las entidades colaboradoras.
- 2. En el escenario A, si hubiera de limitarse el número de horas de presencia en la entidad colaboradora por limitaciones en el aforo, se combinarán las actividades presenciales con un volumen razonable de resultados de aprendizaje que garanticen una adquisición suficiente de competencias, con otro tipo de actividad (proyectos, memorias, programas formativos, etc.) que puedan ser evaluadas.
- 3. Si no fuera posible la presencia física en la entidad colaboradora, se procurará que los objetivos formativos se mantengan con actividades en línea desarrolladas con la entidad colaboradora, siempre que ésta lo facilite. El calendario y metodología deberá ser acordado con los tutores externos.
- 4. En caso de que las prácticas curriculares se tengan que interrumpir por necesidades de confinamiento temporal, la adquisición de las competencias podrá completarse mediante el desarrollo de actividades formativas alternativas siempre que se den las condiciones adecuadas para ello. En este caso, los tutores internos intensificarán su labor de seguimiento de las prácticas. Cuando no sea posible la adaptación de las prácticas a una tipología de enseñanza no presencial, la Universidad podrá prorrogar el periodo de realización de manera intensiva en aquellos periodos donde la situación sanitaria lo permita.
- 5. Para las prácticas externas de larga duración de titulaciones profesionalizantes reguladas se tendrán en cuenta las recomendaciones y acuerdos que se alcancen por las conferencias nacionales de decanos y decanas, procurando las universidades andaluzas adoptar las soluciones propuestas por dichas conferencias, a fin de que las competencias adquiridas por el estudiantado sean similares en todo el territorio nacional.
Evaluación de TFG y TFM
- 1. La defensa de los Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de Máster (TFM) será presencial cuando sea compatible con las garantías sanitarias que deban respetarse o adaptarse a una modalidad online, garantizando en todo caso la identificación del estudiantado y la publicidad, siguiendo los protocolos que aprueben las universidades.
- 2. En el caso de un escenario no presencial, los tutores de TFG y TFM deben velar especialmente por mantener un adecuado seguimiento del trabajo del estudiantado, programando sesiones de tutorización mediante mecanismos de comunicación que estén al alcance de este.
- 3. Los TFG y TFM experimentales o que requieran prácticas de campo se tratarán acorde a las limitaciones de presencialidad que se establezcan por las autoridades sanitarias en cada momento.
- 4. Si las prácticas externas del estudiantado se han tenido que retrasar por la imposibilidad de su adaptación a la tipología de enseñanza no presencial durante las fechas previstas, se permitirá que el estudiantado pueda presentar el TFG o TFM aun sin tener superadas las prácticas, con los cambios transitorios en la normativa académica que ello requiera.
Defensa de tesis doctorales
- 1. En el escenario B de suspensión de la actividad presencial, las universidades aplicarán su normativa o protocolos para la defensa no presencial de las tesis doctorales y de los planes de investigación, en su caso, garantizando plenamente la identidad del doctorando y la publicidad del acto.
- 2. Se mantendrá igualmente, en los casos de defensa no presencial, la garantía del plazo de exposición pública previsto en la normativa de doctorado de cada Universidad, con el fin de que cualquier doctor pueda examinarla y en su caso formular por escrito cuantas alegaciones estime oportunas.
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