Las comunidades de vecinos de Cádiz pueden prohibir los pisos turísticos en sus fincas

El Tribunal Supremo dicta dos nuevas sentencias donde establece que se pueden vetar este tipo de viviendas por mayoría de 3/5 partes

Otras seis multas de 10.000 euros a viviendas turísticas ilegales en Cádiz

Una campaña pasada contra las VFT.
Una campaña pasada contra las VFT. / Julio González

El Tribunal Supremo ha dictado otras dos nuevas sentencias en las que declara que las comunidades de propietarios pueden prohibir las viviendas de alquiler turístico mediante acuerdos adoptados en junta por mayoría de tres quintos. El alto tribunal ha unificado la doctrina en torno al alcance de la palabra “limitar”, contenida en el artíciulo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).

La propia norma establece, eso sí, que estos acuerdos no pueden tener efectos retroactivos, por lo que no afectarán a aquellos que vinieran realizando la actividad de forma legal con anterioridad a la aprobación del acuerdo de la comunidad de propietarios.

Las modificaciones estatutarias en las comunidades de propietarios requieren unanimidad, pero desde 2019 (mediante Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler) se permite que dichas “limitaciones” a los pisos turísticos puedan ser aprobadas con una doble mayoría cualificada de 3/5.

¿Cómo pueden las comunidades limitar las VFT?

Según la Ley de Propiedad Horizontal la Junta de Propietarios puede decidir prohibir el uso de los pisos de la finca como inmuebles de alquiler vacacional. No obstante, se deben reunir una serie de condiciones para ello:

  • Debe convocarse una Junta de Propietarios cuyo orden del día incluya el punto acerca de discutir la potencial prohibición.
  • Debe votarse la medida y debe aprobarse por una mayoría de 3/5 de los propietarios.
  • La medida nunca tendrá efecto retroactivo. Es decir, si una vivienda ya se está empleando para alquiler turístico, la prohibición no podrá hacerse efectiva.
  • La prohibición solo vinculará, después de adoptado el acuerdo comunitario, a los propietarios que quieran destinar su vivienda a dicha actividad tras dicho acuerdo.
  • Si, finalmente, el acuerdo se aprueba, debe inscribirse en el Registro de la Propiedad para que tengan conocimiento de él futuros compradores.

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Si se desea restituir la libertad que tenían los propietarios para efectuar un alquiler vacacional, podrá hacerse consiguiendo 3/5 de los votos a favor de eliminar la prohibición de manera definitiva. Deberá acudirse al Registro para informar de la nueva situación.

La situación en Cádiz

En Cádiz capital el registro de VFT de la Junta de Andalucía suma 2.380 viviendas con 11.411 plazas, aunque se desconoce el número real destinado a este fin, pues existen viviendas usadas con este fin que no están registradas, y viviendas registradas que no tienen este uso.

Recordar que el Ayuntamiento de Cádiz ha habilitado en la lucha contra las VFT ilegales un buzón ciudadano, donde los vecinos pueden denunciar cualquier sospecha de actividad ilícita de viviendas turísticas que no estén inscritas oficialmente en el registro. Hasta el momento se han impuesto una docena de multas de 10.000 euros gracias a esta medida, para la que se ha destinado un inspector.

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