Cómo conducir seguro un patinete eléctrico, sin ser multado ni atropellar a nadie

Nueva ordenanza

Cumplir con la nueva ordenanza garantiza tanto la movilidad por toda la ciudad como la integridad física de pilotos y peatones

Cómo conducir seguro un patinete eléctrico, sin ser multado ni atropellar a nadie
Cómo conducir seguro un patinete eléctrico, sin ser multado ni atropellar a nadie / D. C.
R. D.

22 de julio 2020 - 06:00

Cádiz/La nueva Ordenanza de Circulación que entró en vigor ayer permite a los conductores de patinetes eléctricos y de cualquier otro tipo de vehículo de movilidad personal (VMP) transitar por la ciudad de Cádiz con total seguridad para ellos y para los peatones, sin que se sigan dando los casos de atropello que se han venido registrando en los últimos meses.

Para conducir uno de estos vehículos con todas las de la ley se requiere una edad mínima de 15 años, aunque los menores pueden hacerlo siempre que vayan acompañados de sus padres o tutores. Obviamente, en ningún caso montados ambos en ellos, como suele verse demasiado a menudo por las calles gaditanas en un ejercicio de imprudencia que puede acarrear graves consecuencias para todos.

El casco es obligatorio sólo para los menores de 18 años, aunque recomendable para los mayores. Cuando se conduzca por la noche, se deben llevar elementos reflectantes. Y como conductores de otros vehículos, los de VMP están sujetos a las mismas prohibiciones respecto al móvil, los auriculares o el consumo de drogas o alcohol.

Los patinetes eléctricos, sea cual sea su potencia, no pueden circular por aceras, plazas, parques, jardines o cualquier otro espacio público peatonal, salvo en zonas ciclables o compartidas, como el Paseo Marítimo, pero a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora.

El territorio legal de los VMP son las vías ciclistas, ya sean carriles o aceras bici a menos de 20 km/h o de 10 km/h, respectivamente, las calzadas de vías con limitación a 20 km/h o por otras donde esté señalado expresamente.

Para quienes infrinjan esta norma hay previstas sanciones que pueden llegar a los 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, e incluso la inmovilización y retirada del vehículo, que se podrá recuperar a través de un trámite parecido al de la grúa. En el caso de circular bajo los efectos del alcohol, las multas pueden alcanzar los 1.000 euros.

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