Derechos de los animales: Siete peticiones a los ayuntamientos de Cádiz para que se respeten

Una veintena de colectivos instan a los Gobiernos locales a cumplir con la legislación vigente en materia de bienestar animal

Entre otras medidas reclaman un servicio de urgencia eficaz y efectivo para la recogida y atención veterinaria disponible las 24 horas 

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Un perro, en una playa de la Bahía de Cádiz.
Un perro, en una playa de la Bahía de Cádiz. / F. C.

Cádiz/Una veintena de asociaciones de defensa de los derechos de los animales, protectoras, plataformas y cientos de voluntarios y particulares firman un escrito dirigido a los ayuntamientos de la provincia de Cádiz en el que les reclaman siete medidas que consideran que deben llevarse a cabo de manera urgente para el cumplimiento efectivo de las leyes de bienestar animal. 

"Hartos de la insuficiencia de medidas y actuaciones por parte de las administraciones", los firmantes de este documento destacan "la creciente sensibilidad de la ciudadanía por la necesidad de garantizar la protección de los animales que conviven con los humanos, en tanto que son seres dotados de sensibilidad cuyos derechos deben protegerse, tal y como recogen diversas normas de ámbito internacional, europeo, nacional, autonómico y local".

En este sentido, recuerdan las obligaciones que imponen las leyes garantes del bienestar animal vigentes, como la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, cuyo artículo 4, entre otros, establece las obligaciones de los poseedores de un animal, lo que incluye también a las administraciones bajo cuya titularidad se encuentren en ese momento.

Obligaciones de los dueños

Entre esas obligaciones figuran mantener al animal en buenas condiciones higiénico-sanitarias, proporcionarles condiciones de alojamiento, habitabilidad, seguridad y bienestar adecuados y protegerlos de agresiones, situaciones de peligro, incomodidades y molestas que otras personas o animales les puedan ocasionar.

También citan la Ordenanza municipal de protección, tenencia y defensa de los animales domésticos y de compañía. que regula, entre otras, las obligaciones que el Ayuntamiento debe cumplir para llevar a cabo acciones municipales de protección.

A las anteriores añaden la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los animales. Entre las prohibiciones que recoge esta norma está la de mantenerlos en lugares o instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario; atados o encadenados, así como en recintos y lugares donde no puedan ser debidamente controlados y vigilados.

Las siete peticiones

A partir de esta normativa los colectivos relaman a los Ayuntamientos:

1. Establecer protocolos de tratamiento de animales en situaciones de emergencia, no dejando recaer exclusivamente dicha labor en entidades privadas y sin ánimo de lucro.

2. En los supuestos de tener conocimiento de situaciones que pudieran ser constitutivas de delito o falta (indicios de maltrato o tortura, síntomas de agotamiento físico o desnutrición o se encontraren en instalaciones inadecuadas), dar traslado inmediato de los hechos al órgano jurisdiccional competente, así como por medio de sus agentes de la autoridad, retener con carácter preventivo a los animales para su cuidado y protección.

3. La recogida de animales extraviados y abandonados y su alojamiento en un Centro de Protección Animal, no negándose a realizar el servicio por falta de plazas y por tanto habilitando los medios materiales y económicos necesarios para hacerlo efectivo.

4. Contar con un servicio de urgencia eficaz y efectivo para la recogida y atención veterinaria de estos animales, disponible las 24 horas del día.

5. Establecer un Programa Territorial de Protección Animal que aborde las siguientes acciones, así como establecer evaluaciones periódicas de los progresos y eficacia de las siguientes medidas:

- Promover la tenencia y convivencia responsable.

- Desarrollar actividades informativas.

- Luchar contra el maltrato y el abandono.

- Impulsar la adopción y el acogimiento.

- Programa de Gestión de Colonias Felinas. En este punto recuerdan que la Ley 7/2023 impone a los Ayuntamientos la obligación de identificar con microchip y esterilizar a los gatos de colonias.

6. Habilitar zonas en los jardines y parques públicos, idóneas y debidamente señalizadas tanto para el paseo como para el esparcimiento de los animales. E igualmente cuidar de que los citados espacios se mantengan en perfectas condiciones de seguridad e higiénico-sanitarias.

7. Que se lleve a cabo una inspección más eficaz de centros para el cuidado temporal de los animales de compañía, incluidos los que presten servicios a los Ayuntamientos.

Entre los colectivos firmantes están  #Playasdogfriendlycadiz, la Plataforma Sin Miedo, SOS Callejeros, No me abandones y varias protectoras de animales y de colonias de gatos ferales.

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