Los expedientados de Cádiz Socialista reciben los cargos que se les imputan
"Falta de solidaridad", "ofensa", "opiniones opuestas", algunas de las acusaciones
Si a alguno de los doce miembros del PSOE de Cádiz pertenecientes a la corriente Cádiz Socialista expedientados por el partido le quedaba alguna duda sobre el motivo de la apertura de la sanción, este viernes recibían un listado con los cargos que se les imputa.
En el escrito que han recibido, al que ha podido tener acceso este periódico, el secretario de Actas de la Comisión Ejecutiva Provincial, Arsenio Cordero, y el de Organización y Coordinación, Juan María Cornejo, se incluye también un listado de los pops del polémico blog que han recibido el rechazo de la formación política.
Ha sido un notario de Cádiz, José Ramón Castro Reina, el que levantó acta en marzo de este año sobre los días y títulos de los espacios despreciados por el partido. El primero está fechado el 26 de octubre de 2008. Ahí, la corriente Cádiz Socialista puso ya su granito de arena de este expediente que puede significarles la futura expulsión de las filas del Partido Socialista.
En el acta recibida por cada uno de los encausados se hace igualmente referencia a los artículos de los estatutos del PSOE que han faltado con sus escritos en la red. A su vez, se les informa de las sanciones que se les podría imponer a razón de las faltas recogidas.
Los cargos imputados son: "La falta de solidaridad manifestada públicamente en contra de las decisiones o actitudes adoptadas por los órganos competentes del Partido"; "hacer públicos, por cualquier medio de difusión, opiniones, ideas o comentarios opuestos a la línea política del Partido"; "menoscabar la imagen de los cargos públicos y de instituciones del Partido Socialista Obrero Español"; "actuación en contra de acuerdos expresados adoptados por los órganos de dirección del Partido"; Utilización del blog Cádiz Socialista de los signos, emblemas, logotipos y campaña de afiliación del PSOE".
Una vez sabido todo esto, se les concede un plazo de cinco días para que hagan constar pruebas a modo de defensa.
Las faltas que se consideren graves les puede llevar a la suspensión de militancia por un período de más de dos meses y hasta 18 meses, la inhabilitación para desempeñar cargos orgánicos por un período de tiempo. Y en los supuestos de faltas muy graves se contempla la suspensión de militancia entre 18 meses y tres años, la inhabilitación para desempeñar cargos públicos por el mismo tiempo y la inhabilitación para desempeñar cargos públicos dependientes del partido y, como no podría ser de otra manera, la inmediata expulsión del partido.
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