El gigante de los contratos del Ayuntamiento de Cádiz inicia su tramitación
Licitación del pliego de limpieza
Tras la aprobación del Pleno el viernes, el pliego del futuro servicio de limpieza y recogida de basura saldrá ahora a concurso
La ciudad pagará por él casi 168 millones de euros
Una factura mensual de 1,4 millones de euros; una plantilla estimada de 331 trabajadores; un trabajo efectivo de 57.000 horas al año... El supercontrato del Ayuntamiento de Cádiz inicia su tramitación de cara a esa esperada actualización del servicio de limpieza y recogida de residuos de la ciudad. Con la aprobación por parte del Pleno de los pliegos de condiciones técnicas y administrativas el pasado viernes –y no sin críticas y un apoyo relativamente corto, con la abstención de los concejales del Partido Popular y de Ciudadanos– se pone ahora en marcha la maquinaria burocrática de cara a la selección de la empresa que se hará cargo de los servicios a partir del año 2020 (catorce años después de la llegada de la actual UTE Sufi Cointer).
El contrato de limpieza viaria y recogida de residuos sale a licitación con un precio anual de 152.681.818,20 euros, al que hay que sumar un 10% en concepto de IVA (16.795.000 euros anuales, por tanto). Teniendo en cuenta que el período de duración de este futuro contrato se firmará por diez años, el coste de la limpieza durante la próxima década para la ciudad será de casi 168 millones de euros. Con diferencia, el contrato más cuantioso de cuantos suscribe habitualmente el Ayuntamiento.
En la documentación técnica relativa a este contrato, se especifica claramente por qué el período se ha fijado en diez años, y no en la mitad de plazo que aconseja o determina la actual normativa. En la actual ley de Contratos del Sector Público, de noviembre de 2017, se fija en cinco el plazo máximo de duración de un contrato de servicios “incluyendo posibles prórrogas”. No obstante, esa misma ley establece excepciones como la del servicio de limpieza, en el que como señalan los técnicos “la recuperación de las inversiones directamente relacionadas con el contrato y que no son susceptibles de utilizarse en el resto de la actividad productiva del contratista, y que la amortización de las inversiones es un coste relevante en la prestación del servicio”.
La inversión principal de este servicio, lógicamente, es la de los vehículos que tendrá que adquirir la empresa adjudicataria para renovar la totalidad de la flota actual (del todo obsoleta y sin las prestaciones que ofrece el mercado en estos tiempos), para lo cual el Ayuntamiento estima una inversión de casi siete millones de euros, nada menos (6.749.873,03 euros, en concreto, según han determinado los técnicos).
Esos 168 millones de euros que abonará la ciudad en la próxima década se irán pagando a razón de facturas mensuales de 1.399.583,33 euros. No obstante, el pliego de condiciones establece también la posibilidad de que estos precios –que lógicamente son los de licitación, pendientes de las ofertas que presenten las empresas del sector y, en concreto, del precio que finalmente establezca la empresa adjudicataria del servicio– sean revisados.
Esta revisión se realizaría mediante una fórmula técnica que tiene en cuenta una serie de factores, como la variación salarial que establezca el sector a nivel estatal, el precio de los carburantes, o la variación del IPC de los servicios de mantenimiento y reparaciones. Esta revisión puede ser en favor de la empresa adjudicataria o en favor del Ayuntamiento. Y en cualquier caso, establece el contrato que la primera revisión podrá hacerse una vez que hayan transcurrido al menos los dos primeros años de contrato y siempre que se haya ejecutado un mínimo del 20%.
Además de esta revisión, el pliego establece una serie de sanciones a la empresa por incumplimiento del contrato, divididas en leves (desde el apercibimiento a multas de hasta 3.000 euros), graves (con multas de hasta 10.000 euros) y muy graves (con multas de 80.000 euros o la resolución del contrato). Entre las primeras estarían, por ejemplo, causar daños leves en la vía pública, no utilizar los productos establecidos en el contrato, o incumplir puntualmente la frecuencia de barrido, el horario de recogida de residuos o los itinerarios establecidos. Grave se considera sumar tres incumplimientos leves en un año, desobedecer al supervisor o dañar elementos arquitectónicos emblemáticos o protegidos, por ejemplo. Y muy grave sería cometer dos faltas graves en un año, manipular el sistema GPS, no respetar la exclusividad de los medios para el contrato en vigor (utilizar los vehículos, por ejemplo, sólo para la limpieza de la ciudad), o realizar servicios para terceros, entre otras.
El contrato que sale a licitación ahora –por segunda vez, después de denegar los tribunales el procedimiento breve que se intentó a principios de verano– inicia un recorrido administrativo que los técnicos consultados establecen en un período de nueve meses. Es decir, que el nuevo contrato de limpieza se firmará justo cuando finaliza la últimas de las prórrogas concedidas a la actual adjudicataria (hasta el 31 de julio de 2020).
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