El héroe de la explosión de Cádiz que se quedó sin Cruz
Historia de Cádiz
El Archivo Histórico Provincial dedica un documento al juicio contradictorio que impidió que Pascual Pery fuera condecorado con la Laureada de San Fernando
Otros detalles del fondo documental del almirante
Cádiz/El documento destacado elegido por el Archivo Histórico Provincial de Cádiz para los meses de julio y agosto está relacionado con la explosión de Cádiz y con el papel inmediato y decisivo que jugó el almirante Pery Junquera. Fue en la noche del 18 de agosto de 1947 cuando tuvo lugar la explosión de las minas submarinas depositadas en el almacén número 1 de la Base de Defensas Submarinas. Como consecuencia, se produjo un incendio en el interior del almacén número 2, cuyas minas no habían hecho explosión. Este incendio fue afrontado y extinguido por el capitán de corbeta Pascual Pery, al frente de un pequeño grupo de marineros. Por tales hechos, recuerda el documento del Archivo que está firmado por Avelina Benítez Barea, fue propuesto para recibir la Cruz Laureada de la Orden de San Fernando, incoándose un Expediente de Juicio Contradictorio con el objeto de esclarecer si los actos merecían tal galardón. El documento reconstruye aquella tramitación y la resolución final, que resultó negativa pese a la heroica acción.
El documento forma parte de la colección documental del almirante Pascual Pery Junquera, cuyos hijos y herederos donaron este mismo año para que se incorporara a los fondos del Archivo Provincial.
El documento destacado explica: “Lo que denominamos como Expediente de Juicio Contradictorio pro concesión de la Cruz Laureada de San Fernando no es en sí el expediente formado en la administración militar encargada de tramitarlo, sino la recopilación de todos los documentos que el Almirante Pascual Pery recibió, encontró y recogió a lo largo de los años relacionados con el citado expediente, por lo que incluye tanto documentos oficiales (originales y copias) como escritos personales y borradores, correspondencia oficial y particular y prensa sobre el asunto; lo cual, si cabe, resulta aún más interesante, pues aporta nuevos datos y contextualiza los documentos añadiendo a lo estrictamente administrativo la aportación personal del almirante”.
El expediente comienza con su publicación en la Orden General del Departamento Marítimo de Cádiz, de 14 de diciembre de 1947, para el que se nombró juez instructor al capitán de navío Faustino Ruiz González, director de la Escuela de Suboficiales.
En el texto del trabajo realizado por el Archivo Histórico se recuerda: “Para poder dictaminar en consecuencia se debían realizar por el juez instructor una serie de diligencias encuadradas en tres apartados: aportación testifical, aportación documental y aportación pericial. Es decir, se tomaría declaración a todos aquellos que hubieran sido testigos presenciales de los hechos y los que, aun no siéndolos, hubieran tenido algún conocimiento de él; igualmente, se incluirían en el expediente planos, fotografías y croquis del lugar de los hechos e informes técnicos sobre la posibilidad de una segunda explosión, distancia del fuego a las minas, temperatura probable existente, tamaño del incendio y tiempo que duró la actuación del capitán de corbeta Pascual Pery”.
Así, entre la aportación documental, en un plano de se indica detalladamente el recorrido seguido por Pery Junquera desde su casa a la Base de Defensas Submarinas, y se señalan los lugares que ocupaban en el puerto los buques de guerra que se encontraban la noche de la explosión, así como la localización de los incendios en los Astilleros Echevarrieta y en la propia Base de Defensas Submarinas.
“A la vista del plano –explica el documento–, se comprueba lo expuesto por el capitán de corbeta Pery Junquera de que desde el muelle se pudo dar cuenta de que el buque de su mando, el cañonero ‘Calvo Sotelo’, no se hallaba en peligro, extremo que sin duda pudo comprobar con más precisión durante el resto de su recorrido hasta la Base de Defensas Submarinas por la Cuesta de las Calesas”.
Entre la aportación pericial figura un informe en el que se dice, en relación con la posibilidad de que se produjeran explosiones en los lugares de actuación de Pascual Pery debido a los explosivos allí almacenados, que estiman que no solo existía la posibilidad de explosión, sino que tienen el convencimiento de que “de no haber sido extinguido con toda rapidez el incendio, con el evidente riesgo de los que tomaron parte en esta operación, la explosión de las minas se hubiera producido”.
Una vez terminado el expediente por el juez instructor, el capitán general del Departamento Marítimo de Cádiz lo elevó al ministro de Marina, quien se ratificó en su propuesta, enviándolo al presidente de la Orden de San Fernando.
Y prosigue el texto del Archivo: “El fiscal militar del Consejo Supremo de Justicia Militar, que actuó como ponente en el Pleno de la Asamblea, en su preceptivo dictamen previo, manifiesta que, si bien todas las declaraciones abogan por la concesión de la recompensa, él opina lo contrario pues no encuentra apropiado su encuadramiento en base a los artículos 51, 67 y 74 del Reglamento en cuestión, indicando, además, que eran limitadísimos los casos de concesión de Cruz Laureada en tiempos de paz en toda la existencia de la Orden. No obstante, concluye que “por cuanto de humanitarismo tuvo su valerosa y admirable actuación” es digno de que al citado marino se le abra expediente para ingresar en la Orden Civil de Beneficencia”.
Bajo el peso de este dictamen, se celebró el 18 de noviembre de 1949 el pleno de la Asamblea de la Orden, cuya sesión fue “larga y acalorada” y en la que en su votación, nominal, a falta del voto ‘de calidad’ del presidente, la cuestión se dirimía entre 10 votos favorables a la concesión y 9 en contra: “A pesar de que lo usual en los tribunales militares de Justicia era que el presidente se inclinase por la mayoría, en esta ocasión su voto fue negativo, tras lo cual no prosperó la propuesta de Cruz Laureada individual a favor del capitán de corbeta Pery Junquera y colectiva a favor de los marineros que participaron en los hechos”.
Aquel disputado acuerdo pasó al ministro del Ejército, en lugar de al de Marina, que era el proponente, para que el jefe del Estado, el dictador Francisco Franco, diera su conformidad. Esta anomalía, explica el Archivo, impidió que el ministro de Marina pudiera conocer los motivos alegados para informar desfavorablemente su propuesta y de poder plantear cualquier tipo de disconformidad o impugnación.
Como conclusión se recuerda: “Pascual Pery, confiado en que la propuesta prosperaría, sufrió un profundo desengaño y con el tiempo consideró que este error en la tramitación de la fase final de su expediente, que en su día pasó inadvertido, había sido una maniobra orquestada de una forma muy sutil en su contra para que no recibiera tal recompensa; reflexiones y comentarios que plasmó en su vejez en diferentes documentos que conservamos hoy en nuestro Archivo. Como contraprestación, en mayo de 1950 se le concedió la Medalla Naval, cuyo Reglamento solo autorizaba su concesión por hechos de guerra. Cádiz, no obstante, siempre reconoció, valoró y agradeció su arrojo, nombrándolo Hijo Adoptivo de la ciudad y dedicándole un paseo marítimo”.
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