Impuesto plusvalía: El Ayuntamiento de Cádiz perderá unos 7 millones de euros al año si se anula

El equipo de gobierno lamenta un nuevo "castigo" a las administraciones municipales y critica la "dejadez" del Gobierno para reformar la Ley de Haciendas Locales con tres sentencias en contra

El alcalde lo considera un "ataque al municipalismo"

¿Tengo que pagar el impuesto de plusvalía?

Fachada del Ayuntamiento de Cádiz.
Fachada del Ayuntamiento de Cádiz. / Fito Carreto
R. D.

27 de octubre 2021 - 17:53

El impuesto de plusvalía reporta unos ingresos de entre 6,5 y 7,5 millones de euros al año al Ayuntamiento de Cádiz, que ahora podrían quedar en el aire. Así lo ha concretado el concejal de Economía y Hacienda, José Ramón Páez, que ha lamentado el "nuevo castigo" a la financiación municipal que supone la anulación de diferentes artículos de la Ley de Haciendas Locales anunciada por el Tribunal Constitucional.

El alcalde, José María González Kichi, también se ha manifestado en sus redes sociales en contra de lo que considera un "ataque al municipalismo". "Hemos sido la primera línea contra la pandemia, hemos cargado con esfuerzos y sobreesfuerzos y esta es la contrapartida". "Siempre contra el eslabón más débil, siempre contra la administración más infrafinanciada", ha dicho.

Páez, que ha recordado que se trata de un problema que afecta a todos a los ayuntamientos, ha indicado que en algunos tiene un porcentaje de impacto mayor que en otros. Así, mientras “la anulación en Cádiz supone una merma de en torno al 4% de los ingresos, en Madrid no llega al 1%”, puesto que depende del resto de ingresos que se reciben en otros conceptos". Este impuesto reporta unos ingresos anuales al Ayuntamiento gaditano que rondan entre los 6,5 y los 7,5 millones de euros, ha concretado en un comunicado donde critican la "dejadez" del Gobierno en una reforma de esta ley que ya tenía dos sentencias previas.

El concejal ha recordado que en 2017 y 2019, el TC ya hizo dos dictámenes contrarios a este impuesto y que el Gobierno se comprometió a modificar los capítulos de la ley referentes al mismo, pero “no lo ha hecho pese a que ha tenido tiempo”. Ahora se han declarado inconstitucionales y nulos los artículos que establecen un método para calcular la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal) y los expertos recomiendan que no se pague a partir de ahora.

El Gobierno ha tenido “años para resolver esta cuestión y no lo ha hecho”, apunta, lo que ha desembocado en “un nuevo revés judicial que afecta directamente a los ayuntamientos, que siguen infrafinanciados y maltratados en este sentido pese a ser la administración más cercana y que más ayuda de manera directa a la ciudadanía”.

Tras destacar la necesidad de “otro tipo de financiación diferente al sistema actual”, urge al Gobierno central a acometer “una renovación integral de la ley de financiación y de la ley de haciendas locales”, subrayando sobre esta última que lo que hace es “seguir ahondando en las brechas existentes entre las grandes ciudades y las pequeñas ciudades y pueblos, porque beneficia fundamentalmente a Madrid y Barcelona sobre el resto”.

El impuesto de plusvalía

El impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como Plusvalía, es un tributo municipal que grava directamente el incremento que experimentan dichos terrenos, hasta un periodo máximo de 20 años, desde que una persona los adquiere hasta el momento en que transmite la propiedad.

La ley presupone que, simplemente por el paso del tiempo, cualquier inmueble experimenta ese incremento mientras lo tenemos en propiedad, una idea de partida que justamente es la que ha cuestionado ahora el Tribunal Constitucional.

La plusvalía entra en juego fundamentalmente cuando se vende un inmueble, se dona o se recibe en herencia. Es un impuesto que cobra directamente el ayuntamiento del municipio y que paga, en el caso de la venta, el vendedor, y en los otros dos casos la persona que recibe la donación o la herencia.

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