La juez ve al obispo emérito como "una víctima" y no como "un delincuente"
Bolaños ha archivado la causa contra Antonio Ceballos por los ERE por la ayuda de 300.000 euros que entregó la Junta al Obispado de Cádiz para el geriátrico de San Juan de Dios
Cádiz/La juez de instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, ha archivado la pieza separada del caso de los ERE (Expediente de Regulación de Empleo) por la ayuda que la Junta de Andalucía concedió al Obispado de Cádiz en el año 2009 por valor de 300.000 euros para los empleados del Centro Geriátrico de San Juan de Dios. En esta causa estaba investigado el obispo emérito Antonio Ceballos Atienza, entonces al frente de la Diócesis en aquel entonces.
En el auto que archiva esta causa y también la de Azucareras Reunidas de Jaén se considera que "ninguna responsabilidad penal puede tener el ciudadano" que solicita la subvención o ayuda y que, "bajo el principio de confianza en nuestras instituciones, asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administrativa, ante una irregular actuación de la administración en el proceso de concesión".
En este sentido, sobre el obispo emérito dice el auto que "no existe el más mínimo indicio de responsabilidad penal que justifique mantener la investigación abierta" sobre el mismo "ni sobre cualquier otra persona del Obispado o Consejo Económico".
Hay un hecho que parece fundamental y es que pone al Obispado en el papel de víctima: "De las diligencias practicadas en las actuaciones nada de esto queda acreditado sino todo lo contrario, que la ayuda se pide en la convicción del derecho, bajo el principio de confianza en la administración, y dando el destino a la misma para el que se otorgó, lícito y justificado", por lo que "se considera que ninguna responsabilidad penal puede atribuirse ni a los trabajadores ni al obispo o personal del Obispado, quienes, más que delincuentes, podrían considerarse víctimas o perjudicados por la actuación" de la Dirección General de Trabajo.
En este punto se muestra muy crítica por la manera de gestionar los expedientes en Trabajo, donde era director general Francisco Javier Guerrero, ya que califica la gestión y tramitación como "caótica por el desorden en la tramitación de los expedientes". No obstante, subraya que "del trámite seguido, de la falta de documentación y desorden de la Dirección de Trabajo, de lo adecuado o inadecuado del origen de la partida presupuestaria de la que procede la ayuda, no se puede responsabilizar al ciudadano, al administrado".
A su juicio, "los ciudadanos, en la gestión y solicitud de las ayudas públicas, se limitan a seguir el procedimiento que fijan las administraciones", señalando a continuación que "no cabe la menor duda de que la ayuda se solicita porque se considera justa y adecuada, con una finalidad lícita, sostener 50 puestos de trabajo, dar recursos económicos a 50 familias durante el ERTE y hasta que se reanude la actividad del geriátrico" que dependía del Obispado, de igual modo que "tampoco cabe la menor duda de que se destinan las ayudas a la finalidad para la cual se solicitan, siendo los efectivos y reales beneficiarios de las mismas los 50 trabajadores, y no el Obispado, que carecía de recursos para pagar a los trabajadores y los cuales se hubieran quedado sin cobrar, a la deriva, si no es por la ayuda de la Dirección General de Trabajo".
En este sentido, recuerda que, en su declaración, el obispo aseguró que estaba preocupado por los trabajadores. "Como cristiano, siento debilidad por los pobres, enfermos y parados", aseguró monseñor Ceballos, que mostró su preocupación por unos trabajadores a quienes el Obispado "se había comprometido a pagar mientras duraban las obras del edificio y se iniciaba la actividad por la nueva entidad que asumía la gestión del geriátrico", por lo que se solicitó y recibió una ayuda de la Junta, algo que el obispo agradeció porque "se salvan 50 puestos de trabajo que iban a la deriva".
La juez reflexiona en el auto "sobre la responsabilidad penal del ciudadano que en la creencia de su derecho se dirige, solicita y recibe de la administración pública, ya sea estatal, local o autonómica, una subvención o ayuda, ante la posible falta de competencia, irregularidad procedimental u origen de la partida presupuestaria de la que proviene la ayuda", y afirma que "tanto la empresa, en este caso el Obispado, o los trabajadores, se ajustan, en su actuar, a lo que marca o señalan las administraciones". Así, añade que "salvo superior criterio -el archivo puede ser recurrido ante la Audiencia de Sevilla-, debemos entender que ninguna responsabilidad penal puede tener el ciudadano que, bajo el principio de confianza en nuestras instituciones, asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administrativa, ante una irregular actuación de la administración en el procedimiento de concesión".
Bolaños recuerda que "no es el ciudadano el que decide qué documentación presentar o qué procedimiento seguir para solicitar una beca, una subvención o cualquier otra ayuda pública, es la administración", de forma que "si la administración actúa de forma irregular, de ello no se puede responsabilizar al ciudadano, y menos penalmente por delitos de prevaricación y malversación, salvo que nos conste fehacientemente que dicho ciudadano solicita, gestiona ante la administración a sabiendas de su ausencia de derecho y en connivencia con el concedente para obtener una ayuda a la que no tiene derecho y mediante una resolución injustificada, arbitraria y prevaricadora, dictada con la única finalidad de beneficiar a quien no tiene derecho en su propio lucro injustificado".
La Consejería de Economía abrió en 2012, tras saltar el escándalo de los ERE, una revisión de oficio de esta ayuda, y en el año 2013 se acordó el archivo de las actuaciones, con lo que la Junta renunciaba a exigir la devolución de los 300.000 euros entregado al Obispado de Cádiz.
De esta manera, el obispo recibe el archivo de la causa a sus 82 años después de verse investigado en esta causa. Para ello tuvo que ir a declarar a los juzgados de sevillanos en el mes de abril del pasado año, donde aseguró en su comparecencia de sólo diez minutos ante la juez, que había solicitado la ayuda "con buena voluntad" para los trabajadores del geriátrico.
Al inicio de la declaración el obispo emérito protagonizó una anécdota con la juez, a la que le explicó sus problemas de enfermedad: "He estado a punto de comparecer ante el otro juez, el juez de la Tierra y el Cielo que es Jesucristo, y con la misma sinceridad y transparencia comparezco hoy ante usted", expresó entonces Ceballos.
Antonio Ceballos Atienza fue obispo de la Diócesis de Cádiz y Ceuta entre 1993 y 2011, fecha en la que fue sustituido por Rafael Zornoza. Actualmente está en la residencia de la Hermanas de los Pobres de Jaén.
El Obispado continúa con la ley del silencio pese al archivo de la pieza
El Obispado de Cádiz se mantiene en su línea en el caso de la imputación del obispo emérito, Antonio Ceballos, en la causa de los ERE. A preguntas de este diario, desde Hospital de Mujeres rehusaron ayer declarar nada al respecto hasta que el proceso judicial no termine. No obstante, esta pieza ha sido archivada y el Obispado sigue sin ofrecer una versión del asunto.
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