¿Qué pasará si supera la velocidad en el segundo puente?
Multas de tráfico
Las sanciones pueden ir desde los 100 euros sin pérdida de puntos a los 600 euros y una resta de seis
Algo más de tres años y medio después de que el Puente de la Constitución de 1812 se inaugurara, la Dirección General de Tráfico ha puesto en funcionamiento un radar móvil que limita la velocidad a 80 kilómetros por hora durante más de cerca de cuatro kilómetros, es decir, entre los puntos kilométricos 2,7 y 7 de la CA-35.
El radar se puso en funcionamiento el pasado 1 de mayo y de momento las notificaciones sólo va a tener una carácter informativo hasta el 1 de julio, fecha en la que ya se empezarán a aplicar las sanciones correspondientes. Esto lo que quiere decir es que la velocidad ya se controla en el segundo puente y aquellos conductores que sobrepasen los 80 kilómetros por hora, recibirán en su domicilio una comunicación por parte de Tráfico en la que le informa de que ha infringido la norma y a qué sanción se podría enfrentar, pero ésta no se aplicará de momento, por lo que la misiva sólo se enviará a título informativo.
¿A qué multas se puede enfrentar un conductor en el caso de que sobrepase los 80 kilómetros por hora en el tramo?
En la página web de la Dirección General de Tráfico hay un cuadro que es bastante explicativo sobre ello.
La sanción más leve es si se sobrepasa la media de velocidad en la horquilla comprendida entre los 81 y los 110 kilómetros por hora. Esta sanción no comportaría una pérdida de puntos y la multa económica sería de 100 euros. No obstante, al igual que ocurre con todas las que vamos a detallar a continuación, se puede reducir a la mitad si se hace con el pronto pago, lo que implica también la renuncia a poner posteriormente una reclamación.
A partir de los 111 kilómetros hora y hasta los 130, la sanción ya comporta una pérdida de puntos, que en este caso serían dos. En lo que se refiere al bolsillo de los conductores, la multa ascendería ya a 300 euros.
Dentro de las consideradas graves, hay dos niveles más. El situado entre los 131 y los 140 kilómetros por hora ya sube a 400 euros y el conductor perdería cuatro puntos. Si se va ya al tramo entre 141 y 150 kilómetros, aumenta a los 500 euros y el autor de la infracción se enfrenta a la perdida de hasta cinco puntos en su carnet de conducir.
A partir de ahí la sanción pasa a considerarse como muy grave. Dentro de esta categoría se incluye a los coches que vayan a partir de 151 kilómetros por hora, donde el conductor tiene que enfrentarse a una multa económica de 600 y euros y la pérdida de seis de los 15 puntos que hay en el carnet.
Hay que tener en cuenta una cosa y es que mientras que los radares móviles y fijos tienen un pequeño margen de error que hay que calcularse a la hora de aplicar la sanción, en los llamados de tramo o de velocidad controlada en tramo no hay posibilidad de equivocación. El sistema coge la matrícula cuando se accede a él y lo vuelve a hacer cuando se sale. La media debe estar en 80 kilómetros como máximo y para ello se debe cumplir en un tiempo. Todo lo que sea tardar menos, comporta sanción. Es cálculo puro y duro.
Las cámaras (una por carril) graban de forma continua a todos los vehículos a la entrada y salida de la zona de control. Las cámaras están sincronizadas por fibra óptica y con sistemas redundantes de la información.
Con los datos almacenados, se casan las matrículas iguales, se comprueban los tiempos de paso de cada vehículo y se calcula su velocidad media.
Este es el segundo radar de tramo que se pone en la provincia de Cádiz tras el que se puso en marcha hace dos años entre la autovía que circunvala San Fernando entre bahía Sur y el polígono industrial de Tres Caminos, ya en el término municipal de Puerto Real. Este también tiene una velocidad media en el tramo de 80 kilómetros hora. El otro puente de entrada o salida de Cádiz, el Carranza, también tiene un radar, aunque este es fijo de velocidad a 60 kilómetros por hora en la parte más alta de las infraestructura y en los dos sentidos de la marcha.
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