La sentencia de Quality deja sin efecto el pago de 13,3 millones a García Gallardo
Caso Quality Food
Zona Franca debía abonar la cantidad tras un procedimiento por la vía civil que determinó el valor de la empresa alimenticia salida de la media entre los informes de dos auditoras
La Zona Franca de Cádiz aparece como la gran triunfadora en la sombra del proceso por Quality Food. La celebración del juicio y la posterior sentencia por el caso de esta empresa alimentaria que fundara Manuel García Gallardo, hoy condenado a diez años de prisión por estafa, falsedad en documento mercantil y apropiación indebida, era seguido muy de cerca por el Consorcio. No sólo es que estaba personada a través de la Abogacía del Estado como acusación, sino que había una espada de damocles que pendía sobre las arcas de esta institución pública.
Así, la Zona Franca tenía que afrontar un pago de 13,4 millones de euros a Manuel García Gallardo por el pago de las acciones y que era resultante de la valoración por parte de dos auditoras de reconocido prestigio. Con los intereses la cifra podría estar en torno a los 17 millones de euros.
En la sentencia se declara “la nulidad de los acuerdos adoptados en la Juntas Generales de Quality Food Industria Alimentaria desde el 17 de septiembre de 2001 hasta el 23 de diciembre de 2003”. Según las fuentes jurídicas consultadas, esto inhabilita el fallo judicial que empezó en lo Mercantil y acabó en el Tribunal Supremo.
Precisamente en esta última fecha es cuando se llega a un acuerdo entre la Zona Franca, que participaba a través de su sociedad Sogebaq en la empresa alimentaria, y Manuel García Gallardo, con la que se prepara el paso como accionista mayoritario del Consorcio. Lo que se hizo fue dictaminar que cada parte eligiera a una empresa de reconocido prestigio que hiciera una valoración de la empresa y de la media entre los dos, se decidiera el precio de cada acción. En función de lo que saliera, Zona Franca tendría que pagar a García Gallardo o al contrario.
Eso sí, se dejaba al final un poder de decisión a Manuel García Gallardo y su familia y es que tenía una cláusula por la que podrían vender las acciones y que la Zona Franca las tuviera que comprar todas, o lo contrario, que la familia se hiciera con toda la propiedad. La fiscalía decía en el juicio que Sogebaq no conseguía ninguna contrapartida a cambio.
Las dos empresas auditoras fueron elegidas por la Zona Franca de Cádiz , ya que García Gallardo no ejerció su derecho a nombrar a una. Las dos compañías fueron Ernst&Young y Price Waterhouse.
La primera le dio un valor negativo a Corporación Alimentaria Quality de menos 1.256.000 euros, mientras que la otra era positiva de 7,8 millones. Según lo que aparece en la sentencia de la Audiencia Provincial, la media era de 3.272.000 . Esto quería decir que según los cálculos a los que tenía que salir la acción en la ampliación de capital, Manuel García Gallardo y la empresa familiar del mismo Hortofrutícola Vega La Apreciada tenían que transferir sin coste y libre de cargas acciones por valor de más de 3,5 millones de euros, lo que representaría la totalidad de sus títulos.
Para conseguir esto, Sogebaq interpuso una demanda en el Juzgado de lo Mercantil para el cumplimiento de este compromiso. La sorpresa se produce cuando se concluye que el informe elaborado por Ernst & Young “no era una valoración a los efectos del acuerdo alcanzado el 23 de diciembre de 2003 sino un informe especial de constatación de hechos concretos”.
Eso obliga al tribunal a encargar otra valoración, que se hace con KPMG, que también estaba en la terna de las posibles. Esta es la mayor de todas con un valor de 18.892.595 euros, por lo que si la de Price Waterhouse era de 7,8 millones, se estableció una media de 13.346.297 euros, lo que ponía el valor de cada acción en 5.330 euros, muy por encima de lo que establecía la anterior media, que era de 1.306 euros.
García Gallardo tuvo claro ejercer su opción de venta de las acciones por el que la Zona Franca tenía que pagarle esta cantidad. El inicio del proceso penal paralizó este pago que hoy en día que da suspendido por la sentencia de la Audiencia Provincial a la espera de recursos.
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