Una sentencia del Tribunal Supremo frena en seco las obras de Las Aletas

El fallo anula el acuerdo del Consejo de Ministros de 2007 que decretaba la reserva de más de la mitad del suelo del futuro parque industrial · El Consorcio rechaza recurrir la sentencia

Imagen de los primeros camiones que iniciaron las obras en el polígono.
Imagen de los primeros camiones que iniciaron las obras en el polígono.
F. S. Zambrano / F. Rufo / Cádiz

31 de octubre 2009 - 01:00

El Consorcio de Las Aletas anunció ayer la suspensión provisional de las obras iniciadas recientemente para la construcción de este parque empresarial proyectado en Puerto Real después de que el Tribunal Supremo anulara el acuerdo del Consejo de Ministros que declaraba zona de reserva más de la mitad de las 527 hectáreas que integran este área empresarial, por ser zona de dominio público marítimo-terrestre.

El fallo judicial, que en principio no va a ser recurrido ante el Tribunal Constitucional, supone un duro revés de cara al devenir futuro de la principal apuesta del Gobierno central y de la Junta de Andalucía para impulsar el desarrollo socioeconómico de la Bahía de Cádiz. Pese a ello, el Consorcio, en el que se integran las administraciones central y autonómica, garantizó ayer a través de un comunicado "el mantenimiento del compromiso con el desarrollo del proyecto de Las Aletas y el impulso de la actividad económica y el empleo en la Bahía".

La sentencia dictada por la Sección Quinta del Tribunal Supremo estima el recurso contencioso-administrativo presentado por la organización ecologista WWF-ADENA contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2007 por el que se declaraba zona de reserva una superficie de 287 hectáreas de suelo de dominio público marítimo-terrestre situada dentro de las 527 hectáreas que integran el área de Las Aletas. El Alto Tribunal no sólo anula y deja sin efecto este acuerdo del Consejo de Ministros sino que anula también la estipulación tercera del convenio suscrito el 30 de abril de 2007 entre el Gobierno y la Junta, al ser parte del mismo el suelo en litigio.

La sentencia recuerda que la preservación y protección del dominio público "es un valor prevalente" y considera sin embargo que el Consejo de Ministros realizó esta declaración de reserva "en unos términos que no son conciliables con el régimen normativo" y con una formulación "extremadamente abierta e imprecisa" al referirse a su finalidad.

Opina el Alto Tribunal que este acuerdo vulnera la Ley de Costas, entre otras cosas, porque la afirmación realizada por el Gobierno de que este suelo es la única opción viable para levantar el parque "se realiza sin el respaldo de un estudio de posibles alternativas", algo que es "inexcusable".

Y añade además que "el hecho mismo de que en el acuerdo impugnado constituya la reserva por tiempo indefinido viene a corroborar a que la finalidad de la misma no ha quedado debidamente acotada". "Se enuncia de forma tan genérica la finalidad de la reserva que resulta difícilmente conciliable con la protección del dominio público marítimo terrestre", apostilla la sentencia hecha pública en el día de ayer.

En su reacción posterior, el Consorcio de Las Aletas mostró su acatamiento a la sentencia, omitió cualquier opción de recurrirla ante el Tribunal Constitucional y adelantó que la estudiará con detenimiento "para analizar las diferentes alternativas que permitan desarrollar el proyecto".

El Consorcio entiende que la sentencia "conlleva un replanteamiento del marco jurídico del proyecto" y que por ello se van a realizar todas las modificaciones necesarias "para hacer compatible el desarrollo del proyecto con el respeto a las condiciones medioambientales propias de la zona, garantizando a la vez el desarrollo socioeconómico de la Bahía de Cádiz y el mantenimiento de su riqueza natural". Y añade que se seguirán desarrollando con normalidad aquellas actuaciones que no se han visto afectadas por la sentencia.

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