Una sentencia judicial obliga al Ayuntamiento de Cádiz a retomar una oposición paralizada por Kichi
La denuncia de una de las aspirantes deja sin efecto la decisión del gobierno anterior de paralizar los procesos selectivos
El Ayuntamiento va a retomar el proceso de selección para la contratación de siete nuevos funcionarios. Siete auxiliares administrativos que serán seleccionados mediante el sistema de concurso-oposición, en un proceso que corresponde a la Oferta de Empleo Público de los años 2016 y 2017, y que no va a poner en marcha la administración local de motu propio, sino por un mandato judicial obligado por sentencia dictada recientemente.
Esas siete plazas formaban parte de otros muchos procesos iniciados por el anterior gobierno en relación con las Ofertas Públicas de Empleo de varios ejercicios. En este caso, la oferta de empleo salió publicada en el Boletín Oficial del Estado el 12 de marzo de 2020 y llegaron a aprobarse los listados provisionales de admitidos y excluidos en marzo de 2021.
Un año más tarde de publicarse esos listados (en abril de 2022) el equipo de gobierno de entonces acordó suspender todos los procedimientos abiertos. Decisión que afectaba a miles de personas, las que se habían inscrito para concursar en las oposiciones previamente convocadas. Pero de todas ellas, una vino a plantear demanda contra el Consistorio, que ahora ha visto ganada, obligando a la administración local a volver a ese abril de 2022 y en lugar de acordar la suspensión del proceso, seguir con el mismo hasta incorporar a la plantilla municipal a esos siete auxiliares administrativos que resulten adjudicatarios de las plazas.
En concreto, el equipo de gobierno de Kichi decidió suspender la convocatoria de cuatro plazas de auxiliar administrativo correspondientes a la Oferta Pública de Empleo de 2016; tres plazas más de auxiliar administrativo y siete de subalternos de la oferta de 2017; y 6 plazas de subalternos y estabilización de otra veintena de este puesto de la oferta de 2018.
Denuncia al Juzgado
La persona que concursaba para obtener una de esas siete plazas de auxiliar administrativo es la que inició un proceso judicial en el que se ha puesto en balanza el derecho de esta concursante a una oposición pública y el de la administración de revocar los procedimientos. Y en este punto, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Cádiz señala a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para afirmar que “basta con que exista un solo interesado para que el mantenimiento de un acto sea favorable”. “Una vez convocado ha de terminarse inexorablemente y ser resuelto entre quienes concurrieron válidamente en él”, señala la sentencia (a la que ha tenido acceso este periódico) avalando que el Ayuntamiento “no puede aplicar el procedimiento de revocación” de los concursos de esas siete plazas.
De hecho, precisa que “el momento temporal hasta el que puede realizar la revocación de una Oferta de Empleo Público ya aprobada por meros motivos de oportunidad o conveniencia es el inmediatamente anterior al de la publicación de esa convocatoria del proceso selectivo en el BOE”. Momento superado en este caso, que fue publicado en el boletín estatal en 2020.
Esta revocación de los concursos que hizo el anterior gobierno local venía motivada por el proceso de estabilización de plazas que se quería iniciar entonces, lo que iba a provocar que la oposición para las siete plazas de auxiliares administrativos (y del resto de las incluidas en esa Oferta Pública de Empleo) quedara anulada para, en su lugar, incorporar a la plantilla municipal al personal hasta ahora interino.
También se ha manifestado el Juzgado sobre esta cuestión, asegurando que “no se alcanza a comprender que el interés general municipal sea que determinadas plazas ya convocadas públicamente, y con ello contribuyendo a la reducción de la tasa de temporalidad, sean revocadas, perjudicando a terceros para que su acceso se realice a través de un sistema excepcional como es el concurso de méritos”. Es decir, que el Juzgado considera que la decisión de suspender esas oposiciones “no es ajustada a derecho y/o carece de motivación suficiente”, obligando al Ayuntamiento a volver al momento anterior a ese acuerdo de la Junta de Gobierno Local y, desde ahí, retomar el proceso.
Esta sentencia pudiera haber tenido consecuencias muchos más graves para el Consistorio, pero el Juzgado limita el fallo a aquellos procesos denunciados por la persona que se había inscrito para obtener una de las siete plazas de auxiliares administrativos (las 4 de la OEP de 2016 y las 3 de la OEP de 2017).
Fiscalía ya conoce los hechos
Lo ocurrido en el Ayuntamiento con las Ofertas Públicas de Empleo que fueron revocadas está actualmente en manos de la Fiscalía, que pudiera ahora abrir una investigación sobre lo ocurrido por un “posible delito de prevaricación en la adopción de un acuerdo por cargos públicos en el Ayuntamiento de Cádiz”. Así lo establece la Oficina Andaluza Antifraude, que recibió una denuncia anónima al respecto de lo ocurrido el pasado mes de noviembre. Este órgano concluye que el caso denunciado no es de su competencia, “al no describirse ningún fraude, corrupción, conflicto de intereses o cualquier otra actividad ilegal que vaya en detrimento de intereses públicos o financieros”. Y ha sido la propia oficina la que ha dado traslado a Fiscalía porque sí aprecia un posible caso de prevaricación, sobre el que en todo caso tendría ahora que pronunciarse el Ministerio Fiscal de oficio.
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