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Cádiz/La amplia retahíla de insultos que el gaditano Juan Carlos Prieto profirió durante meses contra el concejal José Blas Fernández a base de vídeos que subía a la plataforma Youtube y que publicitaba en las redes sociales -bajo el pseudónimo de Karlos Puest- le sigue pasando factura. El Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz ha emitido ahora un auto en el que dispone que Prieto tiene que indemnizar al edil popular "en la cantidad que haya obtenido como consecuencia de la difusión de los vídeos recogidos en la declaración de hechos probados". Además, el mismo auto indica también que las plataformas Youtube, Facebook y Twitter tendrán que retirar de manera definitiva todos esos vídeos que han sido objeto del proceso abierto contra Juan Carlos Prieto.
Este auto que se ha conocido ahora viene a completar la sentencia anterior, emitida el pasado mes de febrero, en la que ya fue condenado a indemnizar con 3.000 euros a José Blas Fernández (tan solo un 10% de la cantidad que le reclamaba el concejal) y a abonar además una multa económica a razón de 6 euros al día durante un año, además de hacerse cargo de las costas del proceso judicial. Sí quedaba absuelto, por contra, del delito de calumnias por el que se le pedían 15 meses de prisión y la prohibición de comunicarse con el concejal por cualquier medio durante cinco años.
Estas resoluciones responden a la denuncia presentada en su día por Fernández a raíz de la proliferación de vídeos en los que se atacaba su integridad con numerosos insultos y descalificaciones, e incluso amenazas. Hasta 19 vídeos se incluyeron finalmente en la demanda. Vídeos, curiosamente, que han aportado en estos años a Karlos Puest una serie de ingresos por difusión que ahora tendrá que abonar directamente a la persona a la que iban dirigidos esos ataques verbales.
El Juzgado dictaminaba entonces que todos esos insultos (desde "asqueroso" a "cerdo", "nazi", "heredero fascista", "maleante", "tipejo", "ruin" o "puto teniente de alcalde" pasando por un amplísimo muestrario de descalificaciones) sobrepasan en mucho lo que podría considerarse una crítica racional, pese a entender que Fernández puede estar expuesto a un mayor grado de crítica por su condición política. "Estos epítetos no pueden ampararse en una pretendida libertad de expresión y son injustificables", dictaminaba el juez, que consideraba que el interés de Prieto era "perjudicar la fama o la imagen del denunciante" con expresiones "que deben considerarse como injuriosas".
Se le acumulan a Prieto, por tanto, las sentencias condenatorias por los vídeos que estuvo lanzando a la web y a las redes sociales. Al auto que completa la sentencia de la causa abierta por José Blas Fernández se le suma también la reciente condena por injurias graves contra la Policía Local (por la que debe hacer frente a 17 meses de multa y a las costas de ese juicio) y otra causa abierta contra Teófila Martínez e Ignacio Romaní.
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