El Betis acude a la justicia ordinaria para intentar que Canales pueda jugar contra el Cádiz CF
El club sevillano pide la suspensión cautelar de la sanción hasta que resuelva el TAD
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Sevilla/El Real Betis anunció el lunes 3 de abril que ha pedido ante la justicia ordinaria la suspensión cautelar de la sanción de cuatro partidos a su centrocampista Sergio Canales, hasta conocer el fallo definitivo del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) a su recurso ante esta última instancia deportiva. El club verdiblanco apura esa vía para intentar que el futbolista pueda jugar el partido contra el Cádiz CF el próximo domingo
"Hoy hemos solicitado ante la Justicia Ordinaria la suspensión de la sanción a Sergio Canales hasta el fallo definitivo del TAD. Seguimos contigo, Sergio", publicó en su cuenta de Twitter el club sevillano.
El Tribunal Administrativo del Deporte desestimó el pasado viernes las medidas cautelares solicitadas por el Betis para suspender la sanción de cuatro partidos impuesta a Canales, quien ya cumplió ante el Atlético de Madrid el primero de esos encuentros, después de que el Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) confirmara la decisión del de Competición.
El Betis indicó entonces que no había tiempo material suficiente para recurrir a otras instancias que pudieran conceder la suspensión cautelar de dicho castigo al centrocampista cántabro, el gran referente del juego ofensivo del equipo entrenado por el chileno Manuel Pellegrini, antes del partido que los verdiblancos perdieron ante el Atlético de Madrid (1-0).
Apelación rechazó el pasado viernes el recurso presentado por Canales contra su sanción de cuatro partidos impuesta por decir, cuatro meses después de su expulsión en octubre por el árbitro Antonio Mateu Lahoz en el encuentro de Liga ante el Cádiz CF, que ésta fue premeditada.
El internacional bético pidió el archivo del expediente sin imposición de sanción, por no haber cometido la conducta tipificada como infracción grave en el Código Disciplinario de la RFEF (art.106), y solicitó adicionalmente medida cautelar urgente, para suspender la ejecución de la sanción.
Apelación desestimó su recurso y mantuvo la sanción de 4 partidos impuesta por el Comité de Competición el pasado día 29 de marzo, por unas declaraciones que hizo al término del partido de la jornada 22, contra el Valladolid, el 18 de febrero, cuando dijo que el colegiado valenciano tenía "premeditada" su expulsión en el encuentro del 19 de octubre contra el Cádiz CF.
El recurso del capitán bético se basó en que no pronunció la palabra "premeditada", sino que dijo un término "ininteligible" y que "lo que pretendía decir era que había sido sancionado de manera precipitada (las dos tarjetas fueron muy rápidas y no me dio tiempo a hablar con él), considerando que afirmar que el árbitro se precipitó, entraría dentro de los límites de la libertad de expresión", algo que acreditó con vídeos de declaraciones hechas en días posteriores.
Apelación rechazó estos argumentos, por la difusión de las declaraciones de Canales en un medio de comunicación, porque la denuncia remitida por el director de seguridad de la RFEF que originó el expediente transcribe el término "premeditada" y son la base para considerarlas como infracción grave según el artículo 106.
"Este Comité, tras haber efectuado una pormenorizada valoración probatoria de la prueba videográfica obrante en el expediente, puede concluirse que la palabra utilizada por el jugador para calificar la acción arbitral, fue “premeditada", afirma Apelación.
El Comité añade que "la imputación al Colegiado de una actuación parcial e intencionada, excede de la libertad de expresión, del derecho a la crítica, y constituyen un ataque inaceptable a la credibilidad del colectivo arbitral, de modo que no pueden quedar amparadas bajo el paraguas de la libertad de expresión".
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