Quique Pina, camino de otro juicio
Cádiz CF
El juez De la Mata procesa al ex consejero delegado por presunto fraude fiscal de 2,8 millones una vez cerrada la fase de instrucción de la segunda pieza desgajada del 'caso Líbero'
Granada/El ex consejero delegado del Cádiz CF, Quique Pina, va camino de sumar un segundo juicio a su cuenta de procesos abiertos en la Audiencia Nacional. El juez José de la Mata acaba de dictar un auto en el que procesa al también ex presidente del Granada por cinco posibles delitos contra la Hacienda Pública, uno por cada uno de los años en los que no presentó declaración de la renta mientras estuvo al frente del club rojiblanco y llevaba un alto tren de vida, con coches de lujo y yates. En total habría defraudado 2,8 millones de euros.
Como consecuencia del Caso Líbero, abierto en diciembre de 2016, contra Pina, otra lista de dirigentes deportivos y el propio Granada Club de Fútbol, el titular del Juzgado de Instrucción 5 de la Audiencia Nacional ha optado en los últimos meses por abrir varias piezas separadas en las que se pueden ventilar ya determinados hechos delictivos que han aflorado en esta investigación. En la primera, llamada Pina Alzamiento, el dirigente ya ha sido acusado y a las puertas del auto de enjuiciamiento.
El pasado 6 de mayo, como informó hace unos días este periódico, el magistrado De la Mata abrió una nueva pieza (Hacienda Pública) para reclamar al dirigente cadista todos los años en los que no ha contribuido con el impuesto de las personas físicas, a pesar de llevar un ritmo de vida muy alto, con coches y embarcaciones de lujo. Todo ello era camuflado mediante empresas sin actividad puestas a nombre de su hermana Elena, que actuaría así como testaferro.
En el auto, el juez aprecia la existencia de 5 posibles delitos contra la Hacienda Pública por la falta de declaraciones de 2012, 2013, 2014 y 2015 y haber presentado la correspondiente a 2016 fuera de plazo y con posterioridad a la entrada y registros practicados en esta causa. La suma de las cuotas supuestamente defraudas asciende a más de 2,8 millones de euros. Además del hecho de no pagar, cree el juez que en este asunto se da la circunstancia delictiva de la "maniobra mendaz" para ocultar la obligación fiscal.
El pasado 17 de mayo, Pina y el resto de los investigados fueron citados en la Audiencia Nacional para declarar sobre los hechos que se le imputaban en esta nueva pieza separada. El magistrado expone en su auto de transformación en procedimiento abreviado que los argumentos aportados por la defensa no han sido suficientes para contrarrestar las pruebas que se acumulan en este proceso.
El magistrado también ve indicios para juzgar por estos hechos a la hermana de Quique Pina, Elena, como cooperadora necesaria y a las sociedades Calambur Intermediaciones y Quique Sport. La resolución da un plazo de 10 días a la Fiscalía y acusaciones para formular escrito de acusación.
Señala De la Mata que las entidades Quique Sport SL y Calambur Intermediaciones SL, administradas formalmente por su hermana, “actuando como testaferro”, son sociedades “instrumentales que han servido al investigado Enrique Pina para defraudar y ocultar, canalizando los fondos generados por su actividad profesional y sustrayéndolos a la acción cobratoria de la Hacienda Pública”.
Indica el magistrado que en cada una de las anualidades entre 2012 y 2016 se ocultó una cuota tributaria superior en ambos casos a los 120.000 euros, “conociendo perfectamente su obligación de hacerlo por su experiencia en la actividad profesional y societaria, habiendo desplegado específicamente una cuidadosa estrategia para ocultar los datos reales de sus actividades tras Calambur Intermediaciones SL y Quique Sport SL y utilizando a su hermana Elena Pina Campuzano como cooperadora necesaria de sus actividades defraudatorias”.
Calambur Intermediaciones SL, apunta el juez, aparece como colaboradora necesaria en cuanto sociedad a través de la cual el deudor desvía su actividad, así como titular de los vehículos de lujo y el yate utilizados por aquel, mientras que Quique Sport, también figura como colaboradora necesaria en cuanto sociedad titular de los inmuebles que utiliza y que realiza la ampliación de capital por la que se diluye artificialmente el porcentaje de participación del deudor en la misma.
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