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El Ayuntamiento de Chiclana precinta una docena de parcelas irregulares

La original, ubicada en el camino del Serón, cuenta con una superficie de 6.375 metros cuadrados y se había dividido en 14 subparcelas, la amplia mayoría con edificaciones y piscinas

La Junta precinta seis parcelas ilegales en Chiclana

Precintadas catorce parcelas ilegales en la zona de El Marquesado de Chiclana

Imagen de uno de los precintos.

El Ayuntamiento de Chiclana procedió este jueves al precinto de una docena de pequeñas parcelas en las que se había dividido una principal de 6.375 metros cuadrados, ubicada en el camino del Serón, como consecuencia de una infracción por parcelación sin la preceptiva licencia urbanística, además de encontrarse en zona inundable.

De esta manera, inspectores de la Delegación Municipal de Urbanismo y agentes de la Policía Local se personaron a mediodía en este lugar para llevar a cabo el procedente precinto de doce de las catorce subparcelas, mientras que con otras dos no se hizo al tratarse de uso residencial.

En este sentido, hay que indicar que con fecha 17 de abril se inició el procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística. Posteriormente, el 30 de septiembre, se ordenó la inmediata paralización del uso de las diferentes edificaciones en cada una de las subparcelas, así como la suspensión del suministro eléctrico, para lo cual se notificó a E-distribución Redes Digitales. Asimismo, se inició procedimientos de restablecimiento de la legalidad. 

Según el Consistorio, buena parte de las subparcelas tiene vivienda de 100 a 35 metros cuadrados, algunas con piscina de 18 metros cuadrados, instalaciones y cerramientos. Otras incluían, además, edificaciones auxiliares de entre 16 y 1,5 metros.

Por otro lado, Urbanismo también procedió a expedir la correspondiente certificación administrativa de la incoación de expedientes sobre disciplina urbanística, a efectos de solicitar su inscripción en el Registro de la Propiedad sobre la finca registral.

Y, por último, comunicó dichos expedientes al Ministerio Fiscal a los efectos previstos en el artículo 54 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y artículo 170.3 de la LISTA, por presunto delito contra la ordenación del territorio tipificado en el artículo 319 del vigente Código Penal.

 

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