La Guardia Civil actúa en una pelea de gallos ilegal en Chiclana: 19 animales presentaban graves lesiones y uno había muerto
La Ley de Bienestar Animal establece como infracción muy grave el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas
Los dueños de gatos están avisados: multas de hasta 200.000 euros por incumplir estas obligaciones

La Guardia Civil de Cádiz ha realizado una actuación en un reñidero de gallos organizado por una peña gallística de la localidad de Chiclana. Durante el transcurso de la inspección del local, los agentes observaron diversas infracciones por carecer de documentación legal y maltrato animal. De los 27 ejemplares ubicados en diferentes galleras, 19 ya habían participado en peleas ese mismo día de forma irregular y presentaban graves lesiones, encontrando alguno de los ejemplares muerto.
La intervención se desarrolló el pasado día 29 de marzo cuando agentes del Seprona de Chiclana junto a diversas Unidades de Seguridad Ciudadana de la Compañía de Chiclana tuvieron conocimiento de la existencia inminente de una pelea de gallos que se estaba llevando a cabo en las instalaciones de una peña gallística situada en la planta superior de un local hostelero en Chiclana de la Frontera.
Durante la inspección, los agentes pudieron comprobar que una gran cantidad de los espectadores que se encontraban en el reñidero no eran socios de la citada peña gallística ni miembros de la federación, requisito imprescindible para poder asistir a este tipo de eventos deportivos.
Los agentes hallaron 27 ejemplares ubicados en diferentes galleras, de los que 19 ya habían participado en peleas ese mismo día de forma irregular y presentaban graves lesiones, encontrando alguno de los ejemplares muerto. El evento carecía de la autorización necesaria para la concentración de aves de corral, y presentaba graves deficiencias para poder celebrar este evento deportivo, así como del control e identificación de las aves y sus propietarios.
Del mismo modo se pudo comprobar que el estado de las aves lesionadas que habían participado en las peleas era a todas luces lamentable y contrario a lo que marca el reglamento que regula dichos eventos, el cual prohíbe el maltrato de los animales y sólo autoriza la tienta de estas aves, los cuáles no eran ni si quiera asistidos por un veterinario oficial, sino que, disponían de unos botiquines rudimentarios con el que los mismos asistentes realizaban unas precarias curas.
Se da la circunstancia de que, al ser un campeonato registrado, al mismo se habían desplazado numerosos participantes de distintas provincias, algunos de cuyos animales habían muerto en peleas y sus propietarios los habían abandonado en el recinto, marchándose a los alojamientos reservados a tal fin.
Por tales hechos han sido cursadas una decena de denuncias a las Autoridades competentes por infracciones en materia de maltrato de animales a los propietarios de los mismos, y por permitir la entrada de no socios, por carecer en el momento de la inspección de licencia de apertura, de la autorización para concentración de animales y por tener numerosos animales sin identificar, al presidente del establecimiento. Los animales quedan bajo custodia de sus propietarios para que sean asistidos por un veterinario oficial. De igual forma se han formulado denuncias por consumo de alcohol y drogas, por permitir fumar en recinto público cerrado, por tenencia y porte de armas blancas y por deficiencias en materia de sanidad y consumo, además de detener a una persona con una orden de detención e ingreso en prisión.
Infracciones muy graves en la Ley de Bienestar Animal
Estas son las tipificadas por la ley:
- El incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal
- La eutanasia de animales con medios inadecuados
- El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas
- El uso de animales de compañía para consumo humano.
- Dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley.
- La cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.
- El uso de animales en actividades prohibidas, en particular en actividades culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses.
- El uso de la selección genética de animales de compañía que conlleve un detrimento para su salud.
- La comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.
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