Coronavirus Cádiz: El pádel sale del confinamiento
Pese a la falta de concreción para algunos deportes en la fase 1, numerosos clubes alquilan ya sus pistas respetando las normas generales de distanciamiento social e higiene
Las directrices federativas no marcan franjas horarias y permiten jugar sólo a dos personas porque no queda claro que se contemple una flexibilización si se trata de convivientes
Cádiz/El pádel sale del confinamiento. Con matices, pero sale. La entrada desde el pasado lunes en la fase 1 en provincias como Cádiz ha conllevado la apertura de instalaciones deportivas al aire libre para el ejercicio de actividades que estaban vetadas cuando en la fase 0, una semana antes, se permitió la salida de la población de 14 años en adelante para pasear o hacer deporte de manera individual. Un escalón más en la desescalada de la crisis del coronavirus.
Sin embargo, la falta de concreción en la Orden Ministerial de Sanidad, publicada en el BOE el pasado sábado, ha generado demasiadas incertidumbres respecto a determinados deportes, obligando a elevar consultas a nivel federativo para despejar dudas. El pádel no es una excepción.
De hecho, en las primeras horas de la fase 1 se encuentran clubes que actúan con el denominador común de la seguridad sanitaria impuesta y con la siempre de agradecer prudencia a la que invita la responsabilidad, aunque con criterios diferentes respecto a otras condiciones.
Así, la Asociación Deportiva Valdesport de El Puerto, con sede en el Colegio Guadalete, en Valdelagrana, presume de seguir al pie de la letra las directrices marcadas por la Federación Española para la práctica no profesional del pádel en las circunstancias actuales. Miguel Ángel Rodríguez, Bufa, monitor y uno de los responsables de la entidad, explica los detalles. “Hasta el fin de semana todo han sido preguntas sin respuestas, pero tras gestiones realizadas hasta última hora en la Federación se ha aclarado el panorama”.
Condiciones algo más precisas, más allá de las recogidas en el artículo 41 de la orden ministerial. “Más que jugar al pádel, que es un deporte por parejas, lo que se puede es hacer uso de la pista de pádel, pero con un máximo de dos personas. El entrenador no es alguien aparte. Al decir dos personas, si una de ellas es un entrenador, pues entonces sólo habrá un alumno”.
Más medidas de seguridad. “La mascarilla es recomendable siempre y de uso obligado al llegar a la instalación, pero una vez dentro de la pista, no. En cuanto a los guantes, al menos hay que llevarlo en la mano con la que no se empuña la pala”.
A falta de vestuarios, solución hidroalcohólica. “Cada vez que se cambia de lado de pista, además de mantener la distancia entre las dos personas que están jugando, ambas tienen que lavarse las manos con el gel”.
Por su parte, el Real Club Tenis Cádiz, que alberga en su instalación pistas de tenis y pádel, ha empezado aplicando criterios más laxos. Su presidente, José Antonio Jover, apela al sentido común para defender sus argumentos. Tampoco le falta razón. “Han dejado muy claras las normas de seguridad sanitaria en cuanto a la limpieza de la instalación y la no utilización de vestuarios, pero no tanto en otras cuestiones”.
Nada oficial. “Nosotros hicimos la pertinente consulta a la Federación pero no nos han contestado. De momento hemos tomado nuestras decisiones. En el tenis no hay problema, pero en el pádel sí que surgía la controversia”.
Pádel en familia. “Este lunes alquilamos la pista a cuatro miembros de una misma familia por pura lógica. ¿Se pueden desplazar en el mismo coche sin mascarilla pero no pueden utilizar una pista de pádel al mismo tiempo? Hemos actuado así pero no sé qué pasará, si habrá alguna inspección o algo”.
Para unos y para otros, para todos, lo que sí parece claro -no cristalino pero sí meridianamente claro- es que, al igual que sucede con las salidas a terrazas de bares, que se pueden producir a cualquier hora al margen de las franjas establecidas para municipios de más de 5.000 habitantes, en el caso del deporte en instalaciones al aire libre, en general, y del pádel, en concreto, desaparecen las franjas horarias. De este modo, un niño podrá jugar fuera del tramo de 12:00 a 19:00; una persona de 14 años en adelante podrá hacerlo fuera del matinal de 6:00 a 10:00 y del vespertino y nocturno de 20:00 a 23:00, y los mayores de 70, sin atender a sus franjas de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00.
El artículo 41 de la Orden Ministerial
El artículo 41 de la Orden Ministerial publicada el pasado sábado día 9 en el BOE, de Apertura de instalaciones deportivas al aire libre, desgrana las condiciones aunque sin despejar infinidad de dudas. Estos son los 9 puntos del artículo. 1. Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas al aire libre para la realización de actividades deportivas con las limitaciones que recoge este artículo. 2. Podrá acceder a las mismas cualquier ciudadano que desee realizar una práctica deportiva, incluidos los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo. 3. A los efectos de esta orden se considera instalación deportiva al aire libre, toda aquella instalación deportiva descubierta, con independencia de que se encuentre ubicada en un recinto cerrado o abierto, que carezca de techo y paredes simultáneamente, y que permita la práctica de una modalidad deportiva. Quedan excluidas de lo dispuesto en este artículo las piscinas y las zonas de agua. 4. Antes de la reapertura de la instalación se llevará a cabo su limpieza y desinfección. 5. La actividad deportiva requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. 6. En las instalaciones deportivas al aire libre, se podrá permitir la práctica deportiva individual o aquellas prácticas que se puedan desarrollar por un máximo de dos personas en el caso de modalidades así practicadas, siempre sin contacto físico manteniendo las debidas medidas de seguridad y protección, y en todo caso la distancia social de seguridad de dos metros. Asimismo, se respetará el límite del treinta por ciento de capacidad de aforo de uso deportivo en cada instalación, tanto en lo relativo al acceso, como durante la propia práctica, habilitándose un sistema de acceso que evite la acumulación de personas y que cumpla con las medidas de seguridad y protección sanitaria. 7. Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador en el caso de que resulte necesario, circunstancia que deberá acreditarse debidamente, con excepción de las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante. 8. Se procederá a la limpieza y desinfección de las instalaciones de acuerdo con lo señalado en el artículo 6. Asimismo, a la finalización de cada turno se procederá a la limpieza de las zonas comunes y, en cada turno, se deberá limpiar y desinfectar el material compartido después de cada uso. Al finalizar la jornada se procederá a la limpieza de la instalación, reduciéndose la permanencia del personal al número mínimo suficiente para la prestación adecuada del servicio. 9. En todo caso, los titulares de la instalación deberán cumplir con las normas básicas de protección sanitaria del Ministerio de Sanidad. Si en la instalación deportiva se realizan otras actividades, o se prestan otros servicios adicionales no deportivos, deberán cumplir con la normativa específica que en cada caso corresponda.
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