“Avanzando desde Andalucía: claves para la internacionalización de pymes”
El vídeo resumen del encuentro “Avanzando desde Andalucía: claves para la internacionalización de pymes”
Madrid/Los trabajadores agrarios de zonas afectadas por inundaciones en Andalucía y Extremadura podrán cobrar el subsidio agrario aunque no hayan cubierto el cupo establecido de 35 jornadas reales de cotización.
Según informa el Ministerio de Presidencia, el Consejo de Ministros, que este viernes se reúne en Sevilla, aprobará un Real Decreto Ley que beneficiará a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social de los municipios afectados por las catástrofes provocadas por las lluvias torrenciales de los últimos meses. De este modo, estos trabajadores podrán obtener el subsidio de desempleo o la renta agraria aunque no hayan cubierto el cupo establecido de 35 jornadas reales de cotización.
No obstante, sí tendrán que cumplir determinados requisitos, como ser trabajadores por cuenta ajena, de carácter eventual, y tener cubierto en el Régimen Especial Agrario un mínimo de jornadas reales cotizadas en los doce meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo. También podrán obtener este beneficio los trabajadores residentes en ambas comunidades autónomas que puedan acreditar haber realizado las jornadas agrarias exigidas en los municipios designados, aun sin ser residentes en ellos. El Real Decreto Ley, de carácter urgente y transitorio, detallará la relación de municipios andaluces y extremeños en los que será de aplicación.
Según el Gobierno, se ha adoptado esta decisión porque las fuertes inundaciones padecidas por estas dos comunidades en diciembre pasado y los primeros meses de 2010 "han incidido de forma negativa en las actividades agrarias, afectando al empleo". "Como consecuencia de ello, los trabajadores eventuales agrarios pueden encontrarse, en muchos casos, con dificultades para acceder a las prestaciones si no se adoptan medidas específicas", añade el Gobierno.
Ésta no es la primera vez que se aplica una medida como ésta, ya que un decreto de 2005 de ayudas para paliar los daños producidos en el sector agrario por la sequía, estableció una reducción del número mínimo de jornadas reales cotizadas para acceder al subsidio por desempleo o a la renta agraria a favor de los trabajadores eventuales agrarios afectados por las heladas.
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