Teletrabajo: el Gobierno exigirá que las empresas costeen los gastos de sus trabajadores a distancia
El Ejecutivo elabora el borrador de un proyecto de ley que regule la actividad de los empleados que ejercen desde casa atendiendo a lo recogido en una consulta pública.
Gobierno, patronal y sindicatos acuerdan prolongar los ERTE hasta septiembre
Las facilidades del teletrabajo, preferido por muchos empleados que lo han ejercido durante el confinamiento, se ven contrarrestadas tanto por el aumento de la jornada laboral como por los costes que genera, hasta ahora asumidos por cada trabajador. El Gobierno está diseñando el borrador de un proyecto de ley derivado de un periodo de consulta pública que terminó el pasado lunes. Con él se pretende regular esta práctica laboral obligando a las empresas a costear "en su totalidad" los gastos procedentes del trabajo a distancia.
El teletrabajador, por tanto, tendrá derecho a la restitución "total de los gastos" que le ocasione el hecho de prestar sus servicios desde casa. Esto se aplica a "equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral". La cuestión de cómo compensar dichos costes descansaría en los convenios de cada especialidad.
Regulación de horarios
La norma aclara que el teletrabajo será una opción voluntaria acordada por escrito entre trabajador y empleador. Con respecto a los horarios, el empleado a distancia podrá adaptar su horario laboral a sus necesidades. Esta es una de las ventajas que concede el borrador del anteproyecto de ley, no obstante, siempre habrá una franja horaria en la que debe estar disponible.
El derecho a la desconexión está presente en esta ley. Se prohíbe a las empresas utilizar los "medios tecnológicos de comunicación" de la compañía durante los periodos de descanso del empleado para garantizar que se respeta.
Los empleados podrían optar por teletrabajar el 60% de su jornada laboral si se encuentran en una situación de "fuerza mayor familiar". La empresa, por su parte, estará obligada a establecer el teletrabajo como modo de desarrollo de su actividad en situaciones de fuerza mayor, como ha ocurrido durante la pandemia, siempre que la actividad de la empresa y los medios técnicos lo permitan. La activación de esta medida debería ser un recurso inmediato, previa a la solicitud de aplicación de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).
La norma descarta que esta modalidad perjudique la "retribución, estabilidad en el empleo y promoción profesional". Remacha que no debe haber desigualdades entre los miembros de la plantilla que teletrabajan y los que desarrollan su labor de manera presencial.
8 Comentarios