¿Puedo ir a la cárcel por no acudir a una mesa electoral?
Sólo en Cádiz capital 21 personas fueron denuncias por incomparecencia
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Cádiz/Aún sigue dando coletazos la resaca electoral de los comicios municipales del pasado 28 de mayo cuando la convocatoria, por adelantado, de las elecciones generales para el próximo 23 de julio ha venido a remover aún más el panorama político tanto local como regional y nacional.
Al celebrarse las elecciones en un mes estival, en el que muchas personas están de vacaciones, el rechazo a ser elegido miembro de una mesa electoral es mayor si cabe que en otras ocasiones. Pese a ello, esa designación no deja de ser una obligación, salvo por las excepciones que contempla la Ley Electoral.
Justo en los últimos comicios municipales fueron denunciadas 21 personas en la capital gaditana por incomparecer a la constitución de la mesa electoral, ya fueran titulares o suplentes. Según fuentes judiciales consultadas por este medio, se ha acordado remitir cada uno de estos casos al juzgado de guardia para que abra los correspondientes procedimientos penales por delito electoral.
Tal y como estipula el artículo 143 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, las penas por incomparecencia van de tres meses a un año de prisión o multa de seis a 24 meses.
De las 21 denuncias cursadas, se estima que aproximadamente la mitad quedará archivada porque exista algún tipo de justificación que acredite legalmente el motivo de la incomparecencia de la persona citada. Sin embargo, la otra mitad puede derivar en una condena –en la mayoría de los casos, multa– que genere unos antecedentes penales vigentes por dos años.
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