El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del padre de un menor portuense tras su vacunación contra el Covid

Tribunales

Los progenitores del menor tenían distintos criterios a la hora de inocular a su hijo

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Una imagen del punto de vacunación contra el Covid instalado en El Puerto durante la pandemia.
Una imagen del punto de vacunación contra el Covid instalado en El Puerto durante la pandemia. / D.C.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles, 15 de mayo, publica una sentencia del Tribunal Constitucional mediante la cual se desestima el recurso presentado por el padre de un menor de El Puerto, de 11 años de edad en el momento de los hechos, que fue vacunado contra el Covid en contra del criterio de su progenitor.

El padre del menor interpuso recurso contra el auto dictado el 24 de febrero de 2023 por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, que confirmó íntegramente el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de El Puerto de Santa María de 22 de abril de 2022.

Los padres presentaban diferentes criterios en cuanto a la vacunación de su hijo y la madre acudió a los tribunales para defender la conveniencia de la inoculación, lo que finalmente fue respaldado primero por el juzgado portuense y después por la audiencia provincial.

El padre argumentaba contra la vacuna la ausencia de evidencia médico-científica que justificara la inoculación de los medicamentos de terapia génica para el Covid-19 en menores, atendiendo a la ausencia de gravedad de esa enfermedad en estos, en los que la tasa de mortalidad y de hospitalización era muy baja, y a los efectos adversos que podría llevar aparejada la vacuna, que según defendía podían ser muy superiores a los derivados de la ausencia de vacunación, añadiendo que en aquel momento la situación epidemiológica no era tan grave como la del año anterior.

Por su parte, el Ministerio Fiscal interesó la autorización para la administración de la

vacuna, al entender que era la decisión más adecuada para la salud del menor en atención a las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

El 22 de abril de 2022 el Juzgado de Primera Instancia número 5 de El Puerto dictó un auto en el que estimó la petición de la madre y le atribuyó la facultad de decidir sobre la inoculación de la vacuna al hijo menor de la pareja.

El padre interpuso entonces un recurso de apelación contra dicho auto, alegando la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Por su parte el Ministerio Fiscal impugnó el recurso de apelación y recordó la relevancia del interés superior del menor en cualquier decisión que afecte a su salud. Finalmente la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz dictó auto el 24 de febrero de 2023 en el que desestimó el recurso de apelación del padre.

El denunciante, tras esta decisión, acudió al Tribunal Constitucional que también ha rechazado el recurso presentado, argumentando entre otras cosas que la motivación de las resoluciones judiciales tuvo como fundamento esencial la protección del interés superior del menor en relación con la protección de su salud, teniendo en cuenta la recomendación de las autoridades sanitarias, que se mostraban a favor de la vacunación de menores haciendo una ponderación de riesgos y beneficios de la vacuna, que los órganos judiciales no estimaron desvirtuada por los informes aportados por el recurrente.

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