El Ayuntamiento de El Puerto acuerda la jornada de 35 horas con las secciones sindicales
Laboral
La Mesa de Negociación también ha aprobado la subida retribuida a 40 horas de la jornada laboral para aquellos puestos que requieren una mayor dedicación
El Ayuntamiento de El Puerto quiere adaptar los puestos de trabajo al Estatuto de Grandes Ciudades
El Puerto/El Gobierno municipal portuense ha celebrado este martes, 1 de agosto, la segunda Mesa de Negociación de Personal Funcionario y Laboral de este nuevo mandato en la que ha propuesto la reducción de la jornada laboral de 37,5 a 35 horas semanales con carácter general para los empleados del Ayuntamiento de El Puerto, cumpliendo así con una reivindicación generalizada de los trabajadores que lo llevaban tiempo solicitando para igualar sus condiciones al resto de administraciones.
Asimismo, se ha aprobado la subida retribuida a 40 horas de la jornada laboral para aquellos puestos que requieren una mayor dedicación para su desempeño, bajo demanda del jefe de servicio y con el visto bueno del concejal delegado.
Esta medida sustituirá a los complementos de Dedicación Intensiva o Dedicación Especial que debían extinguirse tal y como recoge el Texto de los Acuerdos Reguladores de las Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario, y en el Convenio Colectivo del Personal Laboral; quedando desde ahora las dedicaciones actuales de forma residual.
El concejal delegado del área de Función Pública, Javier Bello, ha presidido la Mesa en la que han estado presentes representantes del Partido Popular y Unión Portuense y las fuerzas sindicales CSIF, CCOO y UGT. También acudieron el Grupo Mixto y el Sindicato de Técnicos como invitados a la sesión.
En la Mesa ha habido unanimidad de grupos políticos y sindicatos en lo referente a la reducción de la jornada laboral de 37,5 a 35 horas, y en cuanto a la jornada general de 40 horas semanales, UGT se abstuvo, estando a favor el resto de los reunidos en torno a la Mesa de Negociación.
Cabe señalar que según la Resolución de la secretaría de Estado para la Función Pública de 28 de febrero de 2019, en su apartado 4, de aplicación a los funcionarios de Administración Local de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, regula la jornada de especial dedicación, estableciendo que “la duración de la jornada del personal que desempeñe puestos de trabajo considerado de especial dedicación será de 40 horas semanales, sin perjuicio del aumento de horario que excepcionalmente sea preciso por necesidades del servicio”.
Para el cálculo del número de horas de la jornada de 40 horas semanales frente a la de 35, se añade una hora diaria de lunes a viernes, por día de trabajo efectivo, o lo que es lo mismo, un promedio de 213,72 horas anuales (365 días - 104,28 fines de semana - 22 vacaciones - 6 asuntos propios - 14 festivos - 2 exceso de jornada - 3 días de puente).
En esencia, y excluidos los pluses de pantalla y antigüedad, el incremento salarial para los trabajadores con jornada de 40 horas semanales será del 14,28% y el horario dependerá de las necesidades del servicio, bajo demanda del jefe de servicio y con el visto bueno del concejal delegado, con la excepción del jefe de servicio que dependerá directamente del concejal delegado.
Los horarios de la plantilla municipal se distribuyen de lunes a viernes partiendo de las 09:00 y hasta las 14:00 horas y la franja horaria en la que pueden ser prestadas esas horas hasta alcanzar las 40 sería de 07:00 a 09:00 horas y en horario de tarde, de lunes a viernes de 14:00 a 22:00 horas. Los sábados se podrán prestar esas horas de 07:00 a 15:00 horas.
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